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Documento DOUE-Z-2014-70009

Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 11 de junio de 2014 — Comisión Europea/Consejo de la Unión Europea (Asunto C-377/12)

Publicado en:
«DOUE» núm. 282, de 25 de agosto de 2014, páginas 3 a 3 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-Z-2014-70009

TEXTO ORIGINAL

(Asunto C-377/12) (1)

Recurso de anulación - Decisión 2012/272/UE del Consejo relativa a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo marco de Colaboración y Cooperación entre la Unión Europea y la República de Filipinas - Elección de la base jurídica - Artículos 79 TFUE, 91 TFUE, 100 TFUE, 191 TFUE y 209 TFUE - Readmisión de nacionales de terceros países - Transportes - Medio ambiente - Cooperación al desarrollo

2014/C 282/04

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: S. Bartelt, G. Valero Jordana y F. Erlbacher, agentes)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: A. Vitro y J.-P. Hix, agentes)

Partes coadyuvantes en apoyo de la parte demandada: República Checa (representantes: M. Smolek, D. Hadroušek y E. Ruffer, agentes), República Federal de Alemania (representantes: T. Henze, J. Möller y N. Graf Vitzthum, agentes), Irlanda (representantes: E. Creedon y A. Joyce, agentes, asistidos por A. Carroll, Barrister), República Helénica (representantes: S. Chala y G. Papagianni, agentes), República de Austria (representante: C. Pesendorfer, agente), Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (representantes: inicialmente A. Robinson, posteriormente E. Jenkinson y M. Holt, agentes, asistidos por J. Holmes, Barrister)

Fallo

1) Anular la Decisión 2012/272/UE del Consejo, de 14 de mayo de 2012, relativa a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo marco de Colaboración y Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Filipinas, por otra, en la medida en que el Consejo de la Unión Europea añadió a la misma las bases jurídicas relativas a la readmisión de nacionales de terceros países, a los transportes y al medio ambiente.

2) Condenar en costas al Consejo de la Unión Europea.

3) La República Checa, la República Federal de Alemania, Irlanda, la República Helénica, la República de Austria y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte cargarán con sus propias costas.

____________________________

(1) DO C 319, de 20.10.2012.

ANÁLISIS

  • Rango: Sentencia
  • Fecha de disposición: 11/06/2014
  • Fecha de publicación: 25/08/2014
Referencias anteriores
  • ANULA lo indicado de la Decisión 2012/272, de 14 de mayo (Ref. DOUE-L-2012-80886).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Cooperación internacional
  • Filipinas
  • Unión Europea

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