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Documento DOUE-Z-2012-70006

Sentencia del Tribunal General de 21 de marzo de 2012 — Fiskeri og Havbruksnæringens Landsforening y otros/ Consejo (Asunto T-115/06).

Publicado en:
«DOUE» núm. 133, de 5 de mayo de 2012, páginas 22 a 22 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-Z-2012-70006

TEXTO ORIGINAL

(«Dumping — Importaciones de salmón originario de Noruega — Regla del derecho inferior — Cálculo de los precios mínimos a la importación y de los derechos fijos»)

(2012/C 133/41)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Fiskeri og Havbruksnæringens Landsforening (Oslo); Norske Sjømatbedrifters Landsforening (Trondheim, Noruega); Salmar Farming AS (Kverva, Noruega); Hydroteck AS (Kristiansund, Noruega); Hallvard Lerøy AS (Bergen, Noruega); y Lerøy Midnor AS (Hestvika, Noruega) (representantes: B. Servais y T. Paulsen, abogados)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: J.-P. Hix y B. Driessen, agentes, asistidos por G. Berrisch, abogado)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: inicialmente P. Stancanelli y K. Talabér-Ritz, posteriormente K. Talabér-Ritz, T. Scharf y H. van Vliet, agentes, asistidos por E. McGovern, Barrister)

Objeto

Anulación del Reglamento (CE) n o 85/2006 del Consejo, de 17 de enero de 2006, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de salmón de piscifactoría originario de Noruega (DO L 15, p. 1).

Fallo

1) Anular el Reglamento (CE) n o 85/2006 del Consejo, de 17 de enero de 2006, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de salmón de piscifactoría originario de Noruega, en la medida en que afecta a la Fiskeri og

Havbruksnæringens Landsforening, la Norske Sjømatbedrifters Landsforening, Salmar Farming AS, Hydroteck AS, Hallvard Lerøy AS y Lerøy Midnor AS.

2) Desestimar el recurso en todo lo demás.

3) El Consejo de la Unión Europea cargará con sus propias costas y con las de la Fiskeri og Havbruksnæringens Landsforening, la Norske Sjømatbedrifters Landsforening, Salmar Farming, Hydroteck, Hallvard Lerøy y Lerøy Midnor AS.

4) La Comisión Europea cargará con sus propias costas.

______________________

( 1 ) DO C 143, de 17.6.2006.

ANÁLISIS

  • Rango: Sentencia
  • Fecha de disposición: 21/03/2012
  • Fecha de publicación: 05/05/2012
Referencias anteriores
Materias
  • Derechos antidumping
  • Importaciones
  • Noruega
  • Pescado
  • Piscicultura

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