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(Lengua de procedimiento: francés)
(Traducción provisional; la traducción definitiva se publicará
en la «Recopilación de la jurisprudencia del Tribunal
de Justicia»)
En el asunto 7/87, Comisión de las Comunidades Europeas
(Agentes: Sres. H. Étienne y D. Gouloussis) contra
Consejo de las Comunidades Europeas (Agente: Sr. J.
Carbery), que tiene por objeto la anulación del Reglamento
(CEE, Euratom, CECA) n° 3619/86 del Consejo,
de 26 de noviembre de 1986, por el que se adaptan los
coeficientes correctores que se aplican en Dinamarca, la
República Federal de Alemania, Grecia, Irlanda, Italia,
los Países Bajos y el Reino Unido a las retribuciones y
pensiones de los funcionarios y otros agentes de las Comunidades
Europeas (DO n° L 336, p. 1), el Tribunal de
Justicia de las Comunidades Europeas, integrado por los
Sres. Mackenzie Stuart, Presidente; G. Bosco y O. Due,
Presidentes de Sala; U. Everling, K. Bahlmann, Y. Galmot
y R. Joliet, Jueces; Abogado General: Sr. J. L. da
Cruz Vilaca; Secretario: Sr. H. A. Rühl, Administrador
principal, ha dictado el 28 de junio de 1988 una sentencia
cuyo fallo es el siguiente:
1. Se anula el Reglamento (CEE, Euratom, CECA)
n° 3619/86 del Consejo, de 26 de noviembre de 1986
(DO n° L 336, p. 1).
2. Se mantienen los efectos del citado Reglamento hasta
que el Consejo promulgue las medidas que está obligado
a adoptar para asegurar la ejecución de la presente sen-
tencia.
3. Cada parte cargará con sus propias costas.
(1) DO n° C 39 de 17. 2. 1987.
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