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Documento DOUE-M-2023-81062

Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1499 del Consejo de 20 de julio de 2023 por el que se aplica el Reglamento (UE) 2020/1998 relativo a medidas restrictivas contra violaciones y abusos graves de los derechos humanos.

Publicado en:
«DOUE» núm. 183, de 20 de julio de 2023, páginas 30 a 34 (5 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-M-2023-81062

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2020/1998 del Consejo, de 7 de diciembre de 2020, relativo a medidas restrictivas contra violaciones y abusos graves de los derechos humanos (1), y en particular su artículo 14, apartado 1,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 7 de diciembre de 2020, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2020/1998.

(2)

El 8 de diciembre de 2020, en la Declaración del Alto Representante, en nombre de la Unión Europea, relativa al régimen general de sanciones de la UE en materia de derechos humanos, la Unión y sus Estados miembros reiteraron su firme compromiso con la promoción y protección de los derechos humanos en todo el mundo. El régimen general de sanciones de la UE en materia de derechos humanos subraya la determinación de la Unión de reforzar su papel a la hora de hacer frente a violaciones y abusos graves de los derechos humanos en todo el mundo. Hacer realidad el disfrute efectivo de los derechos humanos por parte de todos es un objetivo estratégico de la Unión. El respeto de la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad y el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos son valores fundamentales de la Unión y de su política exterior y de seguridad común.

(3)

En sus Conclusiones de 14 de noviembre de 2022, el Consejo manifestó su preocupación por el efecto desproporcionado que los conflictos armados siguen teniendo en las mujeres y las niñas de todo el mundo, así como por la prevalencia de la violencia sexual y la violencia de género, en particular la violencia sexual relacionada con los conflictos, tanto en línea como fuera de línea. Se comprometió a redoblar sus esfuerzos de prevención y lucha contra ese tipo de violencia con el fin de asegurar la plena rendición de cuentas y luchar contra la impunidad. Asimismo, en sus Conclusiones de 5 y 6 de junio de 2014, el Consejo destacó que la lucha contra todas las formas de violencia contra la mujer y su eliminación requiere una coordinación de las políticas en todos los niveles pertinentes y un planteamiento general que aborde los problemas fundamentales de la prevención, la escasez de denuncias, la protección, la ayuda a las víctimas y el enjuiciamiento de los autores, además de otras intervenciones. Con el uso estratégico de medidas restrictivas se refuerza ese planteamiento, al ejercerse una mayor presión para evitar que se cometan nuevas violaciones y abusos, y, en coordinación con otros instrumentos de la Unión pertenecientes al conjunto de instrumentos en materia de derechos humanos, se llama la atención sobre ese tipo de violaciones y abusos y sobre sus autores.

(4)

En este contexto, debe incluirse a seis personas en la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo I del Reglamento (UE) 2020/1998.

(5)

Por lo tanto, procede modificar el Reglamento (UE) 2020/1998 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (UE) 2020/1998 se modifica de conformidad con lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 20 de julio de 2023.

Por el Consejo

El Presidente

J. BORRELL FONTELLES

 

(1)  DO L 410 I de 7.12.2020, p. 1.

ANEXO
En el anexo I del Reglamento (UE) 2020/1998, se añaden a la lista de personas físicas de la sección A («Personas físicas») las entradas siguientes:

 

Nombre (transliteración al alfabeto latino)

Nombre

Datos informativos a efectos de identificación

Motivos de inclusión en la lista

Fecha de inclusión en la lista

«57.

Habibullah AGHA

Alias:

Mawlawi, Maulvi, Hadith, Sheikh

حبیب الله اغا

(ortografía pastuna)

Cargo(s): ministro talibán de Educación en funciones

Fecha de nacimiento: 1954 o 1955

Lugar de nacimiento: Vach Bakhto, Shah Wali Kot, provincia de Kandahar, Afganistán

Nacionalidad: afgana

Sexo: masculino

Habibullah Agha fue nombrado ministro talibán de Educación en funciones en septiembre de 2022. Como tal, Habibullah Agha ha aplicado la política talibán de negar el acceso a la educación secundaria a las niñas, al extender la prohibición de que las estudiantes cursen la enseñanza secundaria más allá del 6.o curso.

Además, Habibullah Agha personalmente ha endurecido las políticas talibanes de discriminación de género existentes, al ordenar el cierre de centros educativos privados y gestionados por ONG que anteriormente habían servido como centros de enseñanza para niñas. Por lo tanto, es personalmente responsable de violaciones de los derechos humanos en Afganistán, en particular la imposición de una represión sistemática por motivos de género en el sector educativo, así como de la continua violación del derecho fundamental de las niñas afganas a la educación secundaria y del derecho a la igualdad de trato entre niños y niñas en el ámbito de la educación secundaria, excluyendo así aún más a las niñas de la sociedad.

Por consiguiente, en calidad de ministro talibán de Educación en funciones, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos en Afganistán, en particular la violación del derecho de las niñas y las mujeres a la enseñanza y del derecho de igualdad de trato entre hombres y mujeres.

20.7.2023

58.

Abdul Hakim HAQQANI

Alias:

Mawlawi Sheikh Abdul Hakim Haqqani Ishaqzai;

“Shaikhul Hadis” Maulvi Abdul Hakim “Haqqani”

شیخ الحدیث مولوي عبدالحکیم حقاني

لقضات شیخ عبدالحکیم حقاني

(ortografía pastuna)

Cargo(s): presidente talibán en funciones del Tribunal Supremo de Afganistán

Qazi al-Quzzat (juez supremo)

Fecha de nacimiento: 1967

Lugar de nacimiento: Panjwayi, provincia de Kandahar, Afganistán

Nacionalidad: afgana

Sexo: masculino

Abdul Hakim Haqqani es el actual presidente talibán en funciones del Tribunal Supremo, nombrado por los dirigentes talibanes en 2021. Como tal, en la práctica ha utilizado el sistema jurídico para llevar a cabo la represión de género contra las mujeres al excluir a las juezas del sistema judicial afgano y al restringir sistemáticamente el acceso de las mujeres a la justicia, violando así el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres.

Más allá de su papel de presidente talibán en funciones del Tribunal Supremo, Abdul Hakim Haqqani actúa como líder ideológico para los talibanes. Gracias a su acceso personal al líder talibán Haibatullah Akhundzada ha ejercido influencia política en la configuración de la ideología talibán por lo que respecta a la represión de género, en particular, mediante la publicación de orientaciones para la exclusión sistemática de mujeres y niñas de la vida pública en Afganistán.

Por consiguiente, en calidad de presidente talibán en funciones del Tribunal Supremo de Afganistán, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos en Afganistán, en particular la violación de los derechos de las niñas y las mujeres al acceso a la justicia y del derecho de igualdad de trato entre hombres y mujeres.

20.7.2023

59.

Abdul-Hakim SHAREI

Alias:

Sharae; Sharie; Shara’i

عبدالحکیم شریری

(ortografía pastuna)

Cargo(s): ministro talibán de Justicia en funciones

Título: Shaikh-al-Hadith Mawlawi

Fecha de nacimiento: 1961

Lugar de nacimiento: Ayub-Khil, provincia de Khost, Afganistán

Nacionalidad: afgana

Sexo: masculino

Tras la toma de poder de los talibanes en Afganistán, Abdul-Hakim Sharei, en calidad de ministro talibán de Justicia en funciones, ha iniciado un esfuerzo concertado para volver el sistema judicial nacional contra las mujeres afganas. De hecho, ha obstaculizado la colegiación de las abogadas y la posibilidad para las mujeres de recibir representación legal y retiró a mujeres de puestos en el sistema judicial. Su instrucción de revisar todo el marco jurídico de Afganistán también ha puesto fin a la aplicación de la Ley sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.

Estas políticas constituyen un esfuerzo concertado para utilizar la denegación de la justicia como un instrumento eficaz para fomentar un sistema de represión por motivos de género, al exponer a las mujeres y las niñas a una situación de desamparo e impunidad, del que Abdul-Hakim Sharei es responsable directa y personalmente.

Por consiguiente, en calidad de ministro talibán de Justicia en funciones, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos en Afganistán, en particular, la violación de los derechos de las niñas y las mujeres al acceso a la justicia y del derecho de igualdad de trato entre hombres y mujeres.

20.7.2023

60.

James Mark NANDO

 

Cargo(s): general de división, Fuerzas de Defensa del Pueblo de Sudán del Sur (FDPSS)

Lugar de nacimiento: Ezo, condado de Ezo, Ecuatoria Occidental, Sudán del Sur

Dirección: Juba, Sudán del Sur

Nacionalidad: sursudanesa

Sexo: masculino

James Nando es un alto mando de las Fuerzas de Defensa del Pueblo de Sudán del Sur (FDPSS) y ostenta el rango de general de división. Está al mando de las fuerzas en el Estado de Ecuatoria Occidental de Sudán del Sur que llevaron a cabo ataques generalizados contra la población civil. Sus fuerzas emplearon sistemáticamente la violencia sexual y de género como medio para amedrentar a la población.

Por consiguiente, en calidad de general de división, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos en Sudán del Sur, en particular violencia sexual y de género.

20.7.2023

61.

Mahamat SALLEH Adoum Kette

Alias:

Mahamet Salleh

 

Cargo(s): general del Frente Popular para el Renacimiento de la República Centroafricana (FPRC)

Nacionalidad: centroafricana

Lugar de nacimiento: Prefectura de Haute-Kotto, República Centroafricana

Sexo: masculino

En calidad de figura destacada del Frente Popular para el Renacimiento de la República Centroafricana (FPRC), Mahamat Salleh ha estado al mando de fuerzas en la República Centroafricana que han llevado a cabo ataques generalizados contra la población civil. Durante años, Salleh y las fuerzas bajo su mando han cometido reiteradamente delitos de violencia sexual y de género a gran escala como medio para amedrentar a la población civil.

Por consiguiente, en calidad de general del FPRC, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos en la República Centroafricana, en particular, violencia sexual y de género.

20.7.2023

62.

Igor Leonidovich KOLEDA

Iгор Леонiдович КОЛЕДА

(Ukrainian spelling)

Игорь Леонидович

КОЛЕДА

(ortografía rusa)

Cargo(s): comandante de la 30.a Brigada de Infantería Motorizada

Rango: coronel

Fecha de nacimiento: 11.12.1973.

Nacionalidad: rusa

Sexo: masculino

Número de identificación de las fuerzas armadas: 540530367155

Igor Leonidovich Koleda es comandante de la 30.a Brigada de Infantería Motorizada de las Fuerzas Armadas rusas y ostenta el rango de coronel. La brigada bajo su mando participó en la invasión ilegal de Ucrania por parte de Rusia a principios de 2022.

A principios de 2022, los miembros de la 30.a Brigada de Infantería Motorizada llevaron a cabo actos de violencia sexual y de género contra la población civil ucraniana, incluyendo, al menos, un menor. Las autoridades ucranianas han identificado a un miembro de la 30.a Brigada de Infantería Motorizada como sospechoso de violencia sexual contra mujeres.

La magnitud y gravedad de los actos de violencia sexual que se producen en las zonas de Ucrania ocupadas por Rusia sugieren que se ha efectuado una planificación sistemática y que los mandos rusos son conscientes de los actos de violencia sexual cometidos por el personal militar en Ucrania y en algunos casos los fomentan o incluso ordenan.

En calidad de comandante de la 30.a de Infantería Motorizada, Igor Koleda es, por tanto, responsable de violaciones de derechos humanos en Ucrania, en particular, violencia sexual y de género.

20.7.2023».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Reglamento 2020/1998, de 7 de diciembre (Ref. DOUE-M-2020-81793).
Materias
  • Afganistán
  • Cuentas bloqueadas
  • Derechos Humanos
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • República Centroafricana
  • Rusia
  • Sanciones
  • Sudán del Sur

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