EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1, y su artículo 41, apartado 2,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
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La Decisión (PESC) 2021/509 del Consejo (1) establece el Fondo Europeo de Apoyo a la Paz (FEAP) para la financiación, por los Estados miembros, de acciones de la Unión en el marco de la política exterior y de seguridad común (PESC) encaminadas a mantener la paz, prevenir los conflictos y fortalecer la seguridad internacional, de conformidad con el artículo 21, apartado 2, letra c), del Tratado. En particular, con arreglo al artículo 1, apartado 2, de la Decisión (PESC) 2021/509, el FEAP se ha de utilizar para financiar medidas de asistencia tales como las acciones para reforzar las capacidades de terceros Estados y organizaciones regionales e internacionales en relación con asuntos militares y de defensa. |
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El 5 de mayo de 2023, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2023/927 (2), por la que se establece una medida de asistencia para apoyar a las Fuerzas Armadas de Ucrania mediante el suministro de disparos de artillería de calibre 155 mm así como, si así se solicita, de misiles, adquiridos de forma conjunta de la industria europea de defensa de la forma más rápida posible. Los Estados miembros garantizaron las entregas de disparos de artillería a Ucrania sobre la base de contratos de adquisición u órdenes de compra. |
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Sobre la base de los datos sobre la ejecución de la medida de asistencia prevista en la Decisión (PESC) 2023/927, debe modificarse el importe de referencia financiera establecido en dicha Decisión para que corresponda a la incidencia financiera para el FEAP de los pedidos admisibles para las entregas de municiones a Ucrania.
A la luz de la actual guerra de agresión de la Federación de Rusia contra Ucrania, el resto del importe de referencia financiera establecido en la Decisión (PESC) 2023/927, es decir, 670 971 859,54 EUR, debe asignarse a la medida de asistencia prevista en la Decisión (PESC) 2022/338 del Consejo (3) para cubrir la financiación del suministro de equipos militares diseñados para producir efectos letales.
Por lo tanto, procede modificar la Decisión (PESC) 2023/927 en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
En la Decisión (PESC) 2023/927, el artículo 2 se modifica como sigue:
1) El apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
«1. El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con la medida de asistencia será de 329 028 140,46 EUR».
2) El apartado 3 se sustituye por el texto siguiente:
«3. Con arreglo al artículo 29, apartado 5, de la Decisión (PESC) 2021/509, el administrador de las medidas de asistencia podrá reclamar, una vez adoptada la presente Decisión, contribuciones por un importe de hasta 329 028 140,46 EUR. Los fondos reclamados por el administrador de las medidas de asistencia solo se utilizarán para el pago de gastos dentro de los límites aprobados por el Comité creado en virtud de la Decisión (PESC) 2021/509 en los presupuestos anuales y rectificativos oportunos correspondientes a la medida de asistencia.».
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Luxemburgo, el 26 de octubre de 2026.
Por el Consejo
El Presidente
M. HEYDON
(1) Decisión (PESC) 2021/509 del Consejo, de 22 de marzo de 2021, por la que se crea un Fondo Europeo de Apoyo a la Paz y se deroga la Decisión (PESC) 2015/528 (DO L 102 de 24.3.2021, p. 14, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2021/509/oj).
(2) Decisión (PESC) 2023/927 del Consejo, de 5 de mayo de 2023, sobre una medida de asistencia con cargo al Fondo Europeo de Apoyo a la Paz para apoyar a las Fuerzas Armadas ucranianas mediante el suministro de munición (DO L 123 de 8.5.2023, p. 27, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2023/927/oj).
(3) Decisión (PESC) 2022/338 del Consejo, de 28 de febrero de 2022, relativa a una medida de asistencia en el marco del Fondo Europeo de Apoyo a la Paz para el suministro a las Fuerzas Armadas ucranianas de equipos y plataformas militares diseñados para producir efectos letales (DO L 60 de 28.2.2022, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2022/338/oj).
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