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Documento DOUE-L-2026-81654

Decisión (PESC) 2026/2362 del Consejo, de 26 de octubre de 2026, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2021/509 por la que se crea un Fondo Europeo de Apoyo a la Paz.

Publicado en:
«DOUE» núm. 2362, de 27 de octubre de 2026, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2026-81654

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1, su artículo 41, apartado 2, su artículo 42, apartado 4, y su artículo 30, apartado 1,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, con el apoyo de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Decisión (PESC) 2024/890 del Consejo (1), que modifica la Decisión (PESC) 2021/509 (2) por la que se establece un Fondo Europeo de Apoyo a la Paz (FEAP), incrementó el límite financiero del FEAP en un importe de 5 000 millones EUR (a precios corrientes) destinado a seguir abordando las necesidades de las Fuerzas Armadas de Ucrania mediante apoyo al suministro de apoyo y formación militares tanto letales como no letales (en lo sucesivo, «Fondo de Ayuda a Ucrania»). Los límites anuales para compromisos establecidos en el anexo I de la Decisión (PESC) 2021/509 se adaptaron mediante la Decisión (PESC) 2024/890 para permitir una movilización del Fondo de Ayuda a Ucrania en tres años, de 2025 a 2027.

(2)

En vista del acuerdo político alcanzado por el Comité Político y de Seguridad (CPS), el 25 de septiembre de 2026, sobre la movilización de los fondos del FEAP disponibles para Ucrania, también en el marco del Fondo de Ayuda a Ucrania, es necesario revisar la distribución de los límites anuales para compromisos de la Decisión (PESC) 2021/509.

(3)

Por lo tanto, procede modificar la Decisión (PESC) 2021/509 en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión (PESC) 2021/509 se modifica como sigue:

1)

En el artículo 2, se inserta el título siguiente:

«Artículo 2

Límite financiero».

2)

El anexo I se sustituye por el texto siguiente:

«ANEXO I

LÍMITES FINANCIEROS ANUALES

Los créditos anuales se autorizarán sin perjuicio del artículo 17, apartados 3 y 3 bis, y en observancia del artículo 73, apartados 2 y 10, dentro de los límites de los siguientes importes:

Precios corrientes, en millones de euros

 

2021

2022

2023

2024

2025

2026

2027

Precios corrientes

399

591

971

2 082

1 644

5 079

6 274 ».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Luxemburgo, el 26 de octubre de 2026.

Por el Consejo

El Presidente

M. HEYDON

 

(1)  Decisión (PESC) 2024/890 del Consejo, de 18 de marzo de 2024, que modifica la Decisión (PESC) 2021/509 por la que se crea un Fondo Europeo de Apoyo a la Paz (DO L, 2024/890, 19.3.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/890/oj).

(2)  Decisión (PESC) 2021/509 del Consejo, de 22 de marzo de 2021, por la que se crea un Fondo Europeo de Apoyo a la Paz y se deroga la Decisión (PESC) 2015/528 (DO L 102 de 24.3.2021, p. 14, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2021/509/oj).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 2 y el anexo I de la Decisión 2021/509, de 22 de marzo (Ref. DOUE-L-2021-80367).
Materias
  • Cooperación militar
  • Financiación comunitaria
  • Fondo CE
  • Pacificación
  • Política Exterior y de Seguridad Común

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