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Documento DOUE-L-2026-81522

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/2226 de la Comisión, de 29 de septiembre de 2026, por el que se aprueba una modificación de la Unión del pliego de condiciones de la indicación geográfica protegida Collines Rhodaniennes de conformidad con el Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 2226, de 6 de octubre de 2026, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2026-81522

TEXTO ORIGINAL

 

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para productos agrícolas, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1308/2013, (UE) 2019/787 y (UE) 2019/1753, y se deroga el Reglamento (UE) n.o 1151/2012 (1), y en particular su artículo 21, apartado 2, y su artículo 24, apartado 6,

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con el artículo 15, apartado 4, y el artículo 24, apartado 6, del Reglamento (UE) 2024/1143, se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea (2) la solicitud de Francia de aprobación de una modificación de la Unión del pliego de condiciones de la indicación geográfica protegida «Collines Rhodaniennes».

(2) La Comisión no ha recibido ninguna declaración de oposición con arreglo al artículo 17 del Reglamento (UE) 2024/1143, en relación con el artículo 24, apartado 6, de dicho Reglamento.

(3) Procede, por tanto, aprobar la modificación de la Unión.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda aprobada la modificación del pliego de condiciones de la indicación geográfica protegida (IGP) «Collines Rhodaniennes» publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 29 de septiembre de 2026.

Por la Comisión,

en nombre de la Presidenta,

Christophe HANSEN

Miembro de la Comisión

(1)   DO L, 2024/1143, 23.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1143/oj.

(2)   DO C, C/2026/3197, 15.6.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/3197/oj.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Reglamento 2024/1143, de 11 de abril (Ref. DOUE-L-2024-80556).
Materias
  • Denominaciones de origen
  • Francia
  • Vinos

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