Contingut no disponible en català
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1, y su artículo 31, apartado 1,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
|
(1) |
El 12 de diciembre de 2003, el Consejo Europeo adoptó la Estrategia de la UE contra la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (en lo sucesivo, «Estrategia de la UE»), que contiene, en su capítulo III, una lista de medidas para combatir dicha proliferación. |
|
(2) |
La Unión está aplicando con empeño la Estrategia de la UE y ejecutando las medidas enumeradas en el capítulo III, en particular, las relacionadas con la universalización, la aplicación y el fortalecimiento de la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (Biológicas) y Toxínicas y sobre su Destrucción (en lo sucesivo, «Convención sobre las Armas Bacteriológicas y Toxínicas» o CABT). |
|
(3) |
La Brújula Estratégica para la Seguridad y la Defensa de 2022 hace referencia a la amenaza persistente de la proliferación de armas de destrucción masiva y sus vectores, y expresa el objetivo de la Unión de reforzar acciones concretas en apoyo de los objetivos de desarme, no proliferación y control de armamentos. |
|
(4) |
Dentro del marco de la Estrategia de la UE, el Consejo adoptó en apoyo de la CABT las Acciones Comunes 2006/184/PESC (1) y 2008/858/PESC (2) y las Decisiones 2012/421/ PESC (3), (PESC) 2016/51 (4), (PESC) 2019/97 (5), (PESC) 2024/349 (6) y (PESC) 2025/494 (7). A través de dichas acciones y decisiones, la Unión contribuyó a la creación de una capacidad multilateral para investigar el presunto empleo de armas biológicas. Dicho apoyo de la Unión debe mantenerse. |
|
(5) |
El Mecanismo del Secretario General de las Naciones Unidas para la Investigación del Presunto Empleo de Armas Químicas y Biológicas (en lo sucesivo, «Mecanismo del Secretario General») se refiere a la autoridad conferida al secretario general de las Naciones Unidas por la Resolución A/RES/42/37C de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Esa autoridad para efectuar una investigación en respuesta a los informes que cualquier Estado miembro de las Naciones Unidas ponga en conocimiento del secretario general de las Naciones Unidas para determinar los hechos relacionados con un presunto empleo de dichas armas se confirmó en la Resolución 620 (1988) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. |
|
(6) |
En su Agenda para el Desarme «Asegurar nuestro futuro común», presentada el 24 de mayo de 2018, el secretario general de las Naciones Unidas señaló que la CABT no tiene un único órgano permanente con competencia para efectuar investigaciones con el fin de determinar si se han empleado o no armas biológicas en violación de la CABT. Por ello, la Agenda para el Desarme establece acciones destinadas a contribuir al desarrollo de un marco que garantice una respuesta internacional coordinada al empleo de armas biológicas, así como a crear una capacidad permanente de coordinación para efectuar investigaciones independientes sobre el presunto empleo de armas biológicas. |
|
(7) |
En este contexto y en el marco de la Estrategia de la UE, el Consejo también adoptó la Decisión (PESC) 2020/732 (8) en apoyo del Mecanismo del Secretario General con miras a reforzar la capacidad multilateral para investigar el presunto empleo de armas biológicas. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
1. En el contexto de la ejecución de la Estrategia de la UE contra la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, la Estrategia Global sobre Política Exterior y de Seguridad de la Unión Europea y la Brújula Estratégica para la Seguridad y la Defensa, la Unión seguirá apoyando las actividades de la Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas (UNODA) mediante una acción operativa en apoyo del refuerzo del Mecanismo del Secretario General de las Naciones Unidas para la Investigación del Presunto Empleo de Armas Químicas, Biológicas o Toxínicas (en lo sucesivo, «Mecanismo del Secretario General»).
2. Los principios rectores de la presente Decisión son los siguientes:
|
a) |
aprovechar e integrar las enseñanzas extraídas y la experiencia adquirida con las Decisiones 2012/421/PESC, (PESC) 2016/51 y (PESC) 2020/732 del Consejo; |
|
b) |
maximizar la complementariedad y las sinergias entre los programas y proyectos de la UNODA apoyados por la UE, incluidos los relacionados con la Convención sobre las Armas Bacteriológicas y Toxínicas (CABT) y la Resolución 1540 (2004) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; |
|
c) |
dar prioridad a la ejecución de los elementos fundamentales de las medidas preparatorias que son esenciales para mantener y mejorar la preparación operativa y el funcionamiento efectivo del Mecanismo del Secretario General; |
|
d) |
garantizar la participación útil y sostenida de expertos cualificados, asesores expertos y laboratorios de análisis del Sur Global en todas las iniciativas y actividades importantes; |
|
e) |
fortalecer las asociaciones estratégicas con instituciones nacionales y organizaciones internacionales pertinentes para reforzar la coherencia, la coordinación y las capacidades colectivas. |
3. El objetivo general de la acción a que se refiere el apartado 1 es fortalecer la capacidad mundial para investigar el presunto uso de armas biológicas o toxínicas mejorando la preparación operativa del Mecanismo del Secretario General y contribuir así a establecer una arquitectura internacional más eficaz, que permita impedir el uso de armas biológicas y dar respuesta a posibles vulneraciones del Protocolo de Ginebra de 1925.
4. La acción a que se refiere el apartado 1 tendrá los siguientes objetivos específicos:
|
a) |
fortalecer las competencias y la interoperabilidad de los expertos para que las investigaciones sean eficaces; |
|
b) |
armonizar los sistemas de validación y colaboración con el Mecanismo del Secretario General de los laboratorios de análisis; |
|
c) |
reforzar el apoyo logístico y en materia de equipos para las investigaciones y la formación; |
|
d) |
impulsar acciones colaborativas por medio de actividades de divulgación y de coordinación estratégicas. |
5. En el anexo figura una descripción detallada de la acción a que se refiere el apartado 1.
1. El Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, «Alto Representante») será responsable de la ejecución de la presente Decisión.
2. La ejecución técnica de la acción a que se refiere el artículo 1, apartado 1, se confiará a la UNODA. Esta efectuará dicho cometido bajo la responsabilidad del Alto Representante. Para ello, el Alto Representante suscribirá los acuerdos necesarios con la UNODA.
1. El importe de referencia financiera para la ejecución de la acción a que se refiere el artículo 1, apartado 1, será de 800 000 EUR.
2. Los gastos financiados con cargo al importe de referencia establecido en el apartado 1 se gestionarán de conformidad con los procedimientos y las normas aplicables al presupuesto general de la Unión.
3. La Comisión supervisará la correcta gestión de los gastos a que se refiere el apartado 2. A tal efecto, la Comisión celebrará un acuerdo de financiación con la UNODA. En el acuerdo de financiación se estipulará que la UNODA debe garantizar que la proyección pública de la contribución de la Unión sea acorde con su cuantía.
4. La Comisión procurará celebrar el acuerdo de financiación a que se refiere el apartado 3 lo antes posible tras la entrada en vigor de la presente Decisión. Informará al Consejo de cualquier dificultad que surja para ello, así como de la fecha de celebración del acuerdo de financiación.
El Alto Representante informará al Consejo de la ejecución de la presente Decisión basándose en los informes periódicos elaborados por la UNODA. Dichos informes servirán de base para la evaluación que realice el Consejo. La Comisión proporcionará información sobre los aspectos financieros de la acción a que se refiere el artículo 1, apartado 1. La UNODA informará al Consejo cada seis meses.
1. La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
2. La presente Decisión expirará a los treinta y seis meses de la fecha de celebración del acuerdo de financiación a que se refiere el artículo 3, apartado 3, o a los seis meses de su fecha de adopción en caso de que en ese plazo no se haya celebrado ningún acuerdo de financiación.
Hecho en Bruselas, el 28 de septiembre de 2026.
Por el Consejo
La Presidenta
K. KALLAS
(1) Acción Común 2006/184/PESC del Consejo, de 27 de febrero de 2006, en apoyo de la Convención sobre Armas Bacteriológicas y Toxínicas en el marco de la Estrategia de la UE contra la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (DO L 65 de 7.3.2006, p. 51, ELI: http://data.europa.eu/eli/joint_action/2006/184/oj).
(2) Acción Común 2008/858/PESC del Consejo, de 10 de noviembre de 2008, en apoyo de la Convención sobre Armas Bacteriológicas y Toxínicas en el marco de la ejecución de la Estrategia de la UE contra la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (DO L 302 de 13.11.2008, p. 29, ELI: http://data.europa.eu/eli/joint_action/2008/858/oj).
(3) Decisión 2012/421/PESC del Consejo, de 23 de julio de 2012, en apoyo de la Convención sobre Armas Bacteriológicas y Toxínicas en el marco de la Estrategia de la UE contra la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (DO L 196 de 24.7.2012, p. 61, ELI: http://data. europa.eu/eli/dec/2012/421/oj).
(4) Decisión (PESC) 2016/51 del Consejo, de 18 de enero de 2016, en apoyo de la Convención sobre Armas Bacteriológicas y Toxínicas (CABT) en el marco de la Estrategia de la UE contra la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (DO L 12 de 19.1.2016, p. 50, ELI: http://data. europa.eu/eli/dec/2016/51/oj).
(5) Decisión (PESC) 2019/97 del Consejo, de 21 de enero de 2019, en apoyo de la Convención sobre Armas Bacteriológicas y Toxínicas en el marco de la Estrategia de la UE contra la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (DO L 19 de 22.1.2019, p. 11, ELI: http://data. europa.eu/eli/dec/2019/97/oj).
(6) Decisión (PESC) 2024/349 del Consejo, de 16 de enero de 2024, en apoyo de la Convención sobre Armas Bacteriológicas y Toxínicas (DO L, 2024/349, 17.1.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/349/oj).
(7) Decisión (PESC) 2025/494 del Consejo, de 11 de marzo de 2025, en apoyo de la Convención sobre Armas Bacteriológicas y Toxínicas, de su programa entre períodos de sesiones y de la preparación de su décima conferencia de examen (DO L, 2025/494, 12.3.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2025/494/oj).
(8) Decisión (PESC) 2020/732 del Consejo, de 2 de junio de 2020, en apoyo del Mecanismo del Secretario General de las Naciones Unidas para la Investigación del Presunto Uso de Armas Químicas y Biológicas o Toxínicas (DO L 172 I de 3.6.2020, p. 5, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2020/732/oj).
Contribución de la Unión Europea en apoyo del refuerzo del Mecanismo del Secretario General de las Naciones Unidas para la Investigación del Presunto Uso de Armas Químicas y Biológicas
I. ANTECEDENTES
El Mecanismo del Secretario General de las Naciones Unidas para la Investigación del Presunto Uso de Armas Químicas y Biológicas creado en virtud de la Resolución A/42/37 C (1987) de la Asamblea General (en lo sucesivo, el «Mecanismo del Secretario General») tiene el mandato de investigar sin demora presuntos usos de armas químicas, bacteriológicas (biológicas) o toxínicas a raíz de denuncias de cualquier Estado miembro cuando dicho uso pueda constituir una vulneración del Protocolo de Ginebra de 1925 o de otras normas pertinentes de Derecho internacional consuetudinario. Este mandato fue reafirmado posteriormente por la Resolución 620 (1988) del Consejo de Seguridad. El Mecanismo del Secretario General sigue siendo el único mecanismo internacional independiente y con base científica para investigar el presunto uso de armas biológicas y toxínicas.
El Mecanismo del Secretario General está compuesto por expertos cualificados, asesores expertos y laboratorios de análisis designados por los Estados miembros, a los que se podrá convocar con escaso preaviso para apoyar investigaciones de las Naciones Unidas sobre el presunto uso de armas biológicas. Estos componentes se refuerzan mutuamente y cuentan con el apoyo de los Estados miembros y de organizaciones internacionales pertinentes. Esta estructura multicomponente integrada proporciona al secretario general los recursos necesarios para establecer rápidamente una misión capaz de llevar a cabo investigaciones exhaustivas y objetivas de conformidad con las directrices y los procedimientos del Mecanismo refrendados por la Resolución A/RES/45/57 C (1990) de la Asamblea General.
La Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas (UNODA) actúa como garante del Mecanismo del Secretario General y desempeña un cometido esencial para mantener al día las medidas preparatorias establecidas en las directrices y los procedimientos. Dicho cometido incluye gestionar la lista de expertos cualificados, asesores expertos y laboratorios de análisis; facilitar la formación y los ejercicios destinados a mejorar la preparación, coordinarse con los Estados miembros y las organizaciones internacionales; y reforzar los sistemas administrativos, logísticos y operativos necesarios para un establecimiento rápido, garantizando así la cohesión entre los componentes del Mecanismo del Secretario General.
Con la entrada en vigor de la Convención sobre las Armas Químicas (CAQ) en 1997, la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ) asumió la responsabilidad de investigar el uso de armas químicas, excepto en casos en los que estén involucrados Estados que no sean Partes de dicha Convención. Por consiguiente, la prioridad de las medidas preparatorias del Mecanismo del Secretario General ha sido la preparación para las investigaciones relacionadas con armas biológicas o toxínicas.
El Mecanismo del Secretario General desempeña un papel crucial en la defensa y el refuerzo de las normas mundiales que prohíben el uso de armas biológicas. Mantener su preparación operativa es esencial, no solo para posibilitar investigaciones rápidas y creíbles si se presentan denuncias, sino también para que sirva de elemento disuasorio del uso de armas biológicas.
II. MARCO GENERAL
La Estrategia de la UE contra la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva de 2003 es plenamente acorde con los objetivos del Mecanismo del Secretario General, ya que hace hincapié en la importancia de reforzar los mecanismos de verificación existentes que son necesarios para garantizar una detectabilidad efectiva de las infracciones y disuadir del incumplimiento. Por lo tanto, la UE ha prestado un apoyo sustancial al Mecanismo del Secretario General, en particular a través de proyectos financiados con arreglo a las Decisiones 2012/421/PESC, (PESC) 2016/51 y (PESC) 2020/732. El proyecto parte de esta base y tiene por objeto seguir consolidando y mejorando los resultados obtenidos mediante anteriores ayudas de la UE.
La ejecución del proyecto se regirá por los siguientes principios:
|
(a) |
aprovechar e integrar las enseñanzas extraídas y la experiencia adquirida con las Decisiones 2012/421/PESC, (PESC) 2016/51 y (PESC) 2020/732; |
|
(b) |
maximizar la complementariedad y las sinergias entre los programas y proyectos de la UNODA apoyados por la Unión, en particular los relacionados con la Convención sobre las Armas Bacteriológicas y Toxínicas (CABT) y la Resolución 1540 (2004) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; |
|
(c) |
dar prioridad a la ejecución de los elementos fundamentales de las medidas preparatorias que son esenciales para mantener y mejorar la preparación operativa y el funcionamiento efectivo del Mecanismo del Secretario General; |
|
(d) |
garantizar la participación útil y sostenida de expertos cualificados, asesores expertos y laboratorios de análisis del Sur Global en todas las iniciativas y actividades importantes; |
|
(e) |
fortalecer las asociaciones estratégicas con instituciones nacionales y organizaciones internacionales pertinentes para reforzar la coherencia, la coordinación y las capacidades colectivas. |
III. OBJETIVOS Y RESULTADOS
Objetivo general / impacto
El objetivo general del proyecto es fortalecer la capacidad mundial para investigar el presunto uso de armas biológicas o toxínicas mejorando la preparación operativa del Mecanismo del Secretario General y contribuir así a establecer una arquitectura internacional más eficaz que permita impedir el uso de armas biológicas y dar respuesta a posibles vulneraciones del Protocolo de Ginebra de 1925.
Resultados previstos
Dado que se trata de un mecanismo integrado por múltiples componentes interdependientes, la eficacia del Mecanismo del Secretario General depende de que esos elementos se refuercen continuamente y sean capaces de funcionar de manera cohesionada como una estructura de investigación unificada. Mediante el refuerzo de los componentes principales y de los vínculos entre ellos, el proyecto tiene por objeto lograr un Mecanismo del Secretario General coherente, bien integrado y sólido desde el punto de vista operativo, capaz de llevar a cabo investigaciones rigurosas con base científica cuando sea necesario.
Los resultados previstos de este proyecto son los siguientes:
|
1. |
las competencias y la interoperabilidad de los expertos cualificados se refuerzan y se ponen en práctica para respaldar la realización de investigaciones exhaustivas y eficaces; |
|
2. |
se desarrollan modalidades armonizadas de validación para evaluar las competencias de los laboratorios de análisis y modalidades de colaboración entre estos y el Mecanismo del Secretario General, y los laboratorios las aplican de manera sistemática; |
|
3. |
se mejora el acceso al equipo y los suministros para formación e investigación, así como su gestión y su distribución; |
|
4. |
se refuerza la colaboración con las partes interesadas mediante actividades de divulgación, asociaciones y medidas de coordinación estratégicas. |
IV. PROYECTOS, LOGROS Y ACTIVIDADES
1. Refuerzo de las competencias y la interoperabilidad de los expertos para que las investigaciones sean eficaces
1.1. Finalidad
Los expertos cualificados llevan a cabo investigaciones sobre el presunto uso de armas biológicas o toxínicas de conformidad con las directrices y los procedimientos. Cuando se les convoca, se cuenta con que trabajen de manera colaborativa y apliquen los métodos y procesos específicos del Mecanismo del Secretario General para garantizar la imparcialidad y la credibilidad de la investigación, incluida la recogida de muestras, información y otras pruebas pertinentes, los interrogatorios de testigos y la colaboración con las autoridades y las partes interesadas pertinentes.
Los expertos cualificados se proponen para su inclusión en la lista del Mecanismo del Secretario General en función de las esferas de especialización recogidas en las directrices y los procedimientos, que abarcan disciplinas como la medicina, la medicina veterinaria, la sanidad vegetal, la microbiología, la química, la toxicología y la epidemiología. Estas esferas de especialización reflejan las amplias competencias técnicas necesarias para investigar el presunto uso de armas biológicas o toxínicas. Dado que los expertos proceden de sistemas nacionales distintos, sus niveles de preparación e interoperabilidad pueden ser dispares como consecuencia de las diferencias entre los países en lo que respecta a las normas, los procedimientos y la experiencia en investigaciones internacionales y los métodos específicos del Mecanismo del Secretario General.
Para paliar estas disparidades y velar por que los equipos puedan funcionar de manera cohesionada en entornos complejos, la UNODA pone en práctica un concepto de formación progresiva en materia de preparación destinado a armonizar los conocimientos especializados, estandarizar las competencias básicas y proporcionar una base común a todos los expertos que puedan ser convocados. La UNODA aplica este concepto de formación en asociación con los Estados miembros de las Naciones Unidas, entidades de las Naciones Unidas y organizaciones internacionales, así como con entidades no gubernamentales especializadas.
1.2. Descripción
El concepto de formación en materia de preparación tiene un itinerario con varios niveles:
Nivel 1 – Formación básica: un curso básico en el que se presentan el mandato, las modalidades operativas y los requisitos técnicos del Mecanismo del Secretario General. Los participantes aprenden el marco mundial que prohíbe las armas biológicas, la estructura y las funciones del Mecanismo del Secretario General y los pasos que deben seguirse para emprender una investigación. Varios módulos prácticos abordan la planificación de la misión y la presentación de informes, la recogida y la manipulación de muestras y pruebas, la detección y el análisis sobre el terreno y la evaluación de riesgos y la seguridad personal.
Nivel 2 – Formación en competencias: cursos especializados adaptados a las funciones y los ámbitos de especialidad técnica de los expertos. Los módulos actuales incluyen:
|
— |
Descontaminación |
|
— |
Gestión del lugar del delito biológico |
|
— |
Interrogatorios de investigación |
|
— |
Toma de muestras y transporte de sustancias infecciosas y tóxicas |
|
— |
Seguridad sobre el terreno (SSAFE) |
Nivel 2 avanzado – Ejercicios de simulación: ejercicios basados en escenarios que permiten que los expertos apliquen competencias técnicas y operativas en contextos de investigación realistas. Estos ejercicios preparan a los participantes para los ejercicios de nivel 3 a escala real y ayudan a valorar su capacidad para operar en condiciones complicadas y variadas.
Nivel 3 – Ejercicio sobre el terreno a escala real (Capstone): una simulación global del ciclo de vida completo de una investigación, diseñada para evaluar el nivel de preparación colectiva y la coherencia operativa del mecanismo.
En el marco de este proyecto se impartirán dos cursos de formación y ejercicios de simulación de nivel 2 a treinta y dos expertos cualificados.
1.3. Resultados
El proyecto contribuirá a la disponibilidad de expertos cualificados formados por medio del concepto de formación multinivel en materia de preparación. Esto garantizará que los equipos de investigación estén integrados por especialistas que compartan una base de conocimientos técnicos uniforme, sigan normas operativas comunes y comprendan claramente sus funciones y responsabilidades, de manera que el secretario general pueda establecer equipos multidisciplinares capaces de realizar investigaciones exhaustivas.
2. Armonización de los sistemas de validación y colaboración de los laboratorios de análisis
2.1. Finalidad
Se podrá solicitar a los laboratorios de análisis designados para su inclusión en la lista del Mecanismo del Secretario General que realicen análisis rigurosos desde el punto de vista científico de las muestras recogidas por los expertos cualificados en el curso de una investigación, aplicando métodos validados y requisitos estrictos en materia de cadena de custodia y garantía de la calidad. Por lo tanto, deben cumplir los requisitos de validación y evaluación del funcionamiento establecidos en las directrices y los procedimientos, en particular mediante estudios de verificación entre laboratorios diseñados para demostrar la validez y la precisión de sus métodos analíticos. Dichos estudios sirven para evaluar la competencia de cada laboratorio y determinar el nivel de preparación y capacidad colectivas para detectar e identificar todos los agentes biológicos y toxinas que pueden encontrarse en el curso de una investigación. Asimismo, los Estados miembros en los que estén situados los laboratorios de análisis deben garantizar el traslado sin trabas de muestras y otras pruebas, incluido el paso de los materiales por aduanas, autoridades nacionales y servicios de cuarentena sin retrasos ni riesgos para su integridad.
Varios Estados miembros han apoyado estudios entre laboratorios y actividades relacionadas. Como respuesta, la UNODA ha trabajado con estos Estados para garantizar una participación regional equilibrada, en particular promoviendo la participación de laboratorios de análisis en ejercicios anuales y plataformas pertinentes.
Sin embargo, con algunas excepciones, estas iniciativas entre laboratorios se han llevado a cabo mayoritariamente de manera ad hoc. Además, es necesario establecer modalidades operativas claras y armonizadas entre la UNODA y los laboratorios de análisis designados, con el fin de regular la interacción, la colaboración y el transporte seguro y sin trabas de muestras y pruebas para investigaciones y ejercicios de preparación.
Así pues, el proyecto tiene por fin subsanar estas deficiencias reforzando la coordinación con los proveedores de asistencia, racionalizando las actividades relacionadas con los laboratorios e integrándolas sistemáticamente en las iniciativas más generales en materia de preparación del Mecanismo del Secretario General.
2.2. Descripción
La UNODA llevará a cabo consultas preliminares con los laboratorios de análisis, los asesores expertos, los Estados miembros y las instituciones asociadas pertinentes. Estas consultas servirán de base para elaborar y perfeccionar los proyectos de modalidades y procedimientos para la validación de los laboratorios de análisis y para la interacción entre estos y el Mecanismo del Secretario General.
En cuanto a la elaboración de las modalidades armonizadas de validación —incluidos los estudios de verificación entre laboratorios, los ejercicios externos de garantía de calidad y los ensayos de aptitud de los laboratorios—, las consultas preliminares servirán para hacer un inventario de las prácticas de validación existentes y explorar posibles vías para elaborar métodos coherentes para planificar, realizar y revisar los ejercicios de validación.
En cuanto a la elaboración de los procedimientos estructurados de interacción, las consultas servirán para examinar las prácticas existentes de colaboración e intercambio de información, las directrices voluntarias ofrecidas por los Estados miembros y las limitaciones operativas que afectan a la circulación segura de muestras y pruebas. Estas consultas serán la base para elaborar los métodos estructurados y los procedimientos de transporte, manipulación y eliminación de muestras.
La UNODA también aprovechará la función consultiva de los asesores expertos seleccionando a personas incluidas en la lista del Mecanismo del Secretario General que tengan los perfiles técnicos necesarios para apoyar las medidas de preparación de los laboratorios y proporcionar información especializada durante todo el proceso. Todas las consultas se llevarán a cabo de forma virtual, excepto una reunión, que se celebrará en persona.
Dado que se necesitan conocimientos técnicos altamente especializados para ejecutar esta tarea, la UNODA contratará los servicios de un consultor externo durante un máximo de cinco (5) meses. El consultor apoyará la planificación y realización de las consultas; examinará y realizará un inventario de las prácticas existentes de validación, ensayo de aptitud y garantía de calidad de los laboratorios; analizará la información recabada mediante las consultas y los trabajos de documentación; y proporcionará asesoramiento técnico para la elaboración de los proyectos de modalidades y procedimientos de validación de laboratorios y de interacción entre estos y el Mecanismo del Secretario General. El consultor también prestará asistencia en la preparación de documentos de referencia e informes de reuniones, y contribuirá a la redacción y el perfeccionamiento de recomendaciones, documentos de orientación y disposiciones de procedimiento relacionadas con la preparación de los laboratorios, los procedimientos de transporte, manipulación y eliminación de muestras y otros resultados relacionados en el marco de esta tarea.
Asimismo, la UNODA continuará promoviendo y garantizando una participación amplia y equilibrada geográficamente en los ejercicios entre laboratorios y las plataformas ofrecidas por los Estados miembros, en particular ofreciendo un máximo de ocho (8) plazas patrocinadas para facilitar la participación de los laboratorios de análisis en talleres anuales y otras actividades relacionadas.
2.3. Resultados
Al iniciar la elaboración de modalidades coherentes de planificación, realización y revisión de ejercicios de validación de laboratorios de análisis, así como de sistemas estructurados de interacción y colaboración con los laboratorios, el proyecto contribuirá a mejorar la capacidad de la UNODA para verificar y determinar la fiabilidad, precisión y preparación operativa de los laboratorios designados. Estas modalidades también ayudarán a los laboratorios a cumplir con mayor claridad, coherencia y previsibilidad las funciones que se les asignen con arreglo a las directrices y los procedimientos del Mecanismo del Secretario General. Asimismo, el proyecto apoyará la participación continuada de laboratorios de análisis procedentes de regiones subrepresentadas en iniciativas relacionadas promovidas por Estados miembros.
3. Reforzar el apoyo logístico y en materia de equipos para las investigaciones y la formación
3.1. Objeto
Los equipos y los suministros son facilitadores esenciales para las investigaciones y las actividades de preparación del Mecanismo del Secretario General, dado que permiten a las misiones operar con seguridad y eficiencia y de conformidad con las normas científicas y operativas aplicables. Puesto que los requisitos de investigación varían de una misión a otra, los equipos del Mecanismo deben tener acceso oportuno a una gama flexible y completa de equipos, suministros y artículos de protección individual que puedan distribuirse rápidamente en diversos entornos operativos.
En consonancia con las directrices y los procedimientos del Mecanismo, el Secretario General es responsable de garantizar que la reserva de equipos colectivos proporcionados en especie por los Estados miembros sea suficiente para apoyar cualquier investigación y para despachar medios alternativos cuando existan lagunas. Sin embargo, el Mecanismo del Secretario General carece actualmente de un marco operativo consolidado que defina cómo se adquieren, verifican, almacenan, mantienen y distribuyen los equipos proporcionados en especie por los Estados miembros o adquiridos por la UNODA, lo que abarca las especificaciones técnicas, los procedimientos y los flujos de trabajo normalizados asociados. La falta de un marco de ese tipo y la ausencia de reservas esenciales ha afectado también a la formación y los ejercicios en materia de preparación, que hasta la fecha han recurrido a suministros facilitados de forma puntual por socios en el ámbito de la formación.
En proyectos anteriores, la UNODA inició consultas y colaboraciones con socios en el ámbito de la formación, organizaciones internacionales y entidades internas de las Naciones Unidas para revisar una lista consolidada de equipos y suministros y hacer un inventario provisional de las disposiciones para adquirirlos y administrarlos. Basándose en esa labor inicial, el proyecto empezará a elaborar un marco operativo exhaustivo que rija la adquisición y la administración de las contribuciones en especie y de los equipos y los suministros de los que dispongan las Naciones Unidas.
3.2. Descripción
La UNODA seguirá consultando a asesores expertos, el equipo de tareas interno de las Naciones Unidas del Mecanismo del Secretario General, entidades logísticas y de adquisición pertinentes de las Naciones Unidas, organizaciones internacionales pertinentes y socios en materia de formación para crear un marco preliminar que oriente la adquisición, la administración y la distribución de equipos y suministros, incluidos aquellos aportados en especie por los Estados miembros. Las consultas abordarán procedimientos prácticos para registrar y comprobar las contribuciones en especie; administrar el almacenamiento y el mantenimiento; establecer especificaciones técnicas; y definir modalidades de movilización, distribución y repatriación de equipos, así como las funciones, las responsabilidades y los flujos de trabajo asociados. Esas consultas se llevarán a cabo de forma virtual y en paralelo a los foros internacionales pertinentes, en su caso.
La UNODA hará también un inventario de las capacidades disponibles a través de las entidades de las Naciones Unidas responsables del apoyo operativo y logístico y a través de las organizaciones internacionales asociadas que hayan expresado su disposición a ofrecer apoyo operativo y en materia de asesoramiento mediante sus centros logísticos mundiales.
Dado que es necesario recurrir a conocimientos técnicos altamente especializados para ejecutar esta tarea, la UNODA contratará los servicios de un consultor externo durante un máximo de cuatro (4) meses. El consultor apoyará la planificación y la realización de las consultas; realizará una revisión y un inventario de las capacidades operativas y logísticas; y apoyará la elaboración y el perfeccionamiento de un marco que regule el registro, la verificación, el almacenamiento, el mantenimiento, la movilización, la distribución y la repatriación de equipos y suministros, incluidas las contribuciones en especie de los Estados miembros.
3.3. Resultados
El proyecto contribuirá al desarrollo del marco operativo necesario para reforzar la capacidad del Mecanismo del Secretario General de recibir, adquirir, administrar y distribuir equipos y suministros en apoyo de las investigaciones y las actividades de preparación.
4. Impulsar acciones colaborativas por medio de actividades de divulgación y de coordinación estratégicas
4.1. Objeto
Las directrices y los procedimientos del Mecanismo del Secretario General enumeran varias partes interesadas que participan en la aplicación de las medidas preparatorias y las misiones de investigación. Entre ellas figuran los Estados miembros que nombran a expertos y laboratorios de análisis y prestan apoyo técnico y operativo; asesores expertos que prestan apoyo técnico y consultivo al secretario general; y organizaciones internacionales que aportan conocimientos especializados y asistencia operativa en el marco de su mandato respectivo.
En los últimos años, las iniciativas continuas de divulgación de la UNODA han reforzado la representación del Sur Global, en particular de África, América Latina y el Caribe y la región de Asia y el Pacífico, en el Mecanismo del Secretario General. A consecuencia de ello, la representación de estas regiones en la lista del Mecanismo del Secretario General ha aumentado notablemente, lo que ha mejorado el equilibrio geográfico y ha ampliado la diversidad de conocimientos especializados.
La UNODA ha ampliado su colaboración con entidades gubernamentales y no gubernamentales para apoyar el refuerzo continuo de todos los aspectos de las medidas preparatorias basándose en conocimientos y experiencias diversos para detectar problemas emergentes y mejores prácticas de interés para el Mecanismo del Secretario General.
El refuerzo de la colaboración con estas partes interesadas y entre ellas sigue siendo esencial para aprovechar plenamente los conocimientos especializados y los recursos, garantizar una acción coherente y complementaria y aprovechar los conocimientos y las capacidades de todas las regiones.
4.2. Descripción
La UNODA aprovechará los foros multilaterales y las conferencias sobre la cuestión para trabajar con un amplio abanico de partes interesadas y organizar actos paralelos cuando sea posible. Entre esos foros figuran la reunión de los Estados Partes en la Convención sobre las Armas Biológicas, las reuniones del Grupo de Trabajo de la Alianza Mundial contra la Propagación de Armas y Materiales de Destrucción Masiva y otras plataformas similares.
A través de esas interacciones, la UNODA se esmerará por promover el Mecanismo del Secretario General en las regiones con menos representación en la lista y movilizar el apoyo de los Estados miembros y las entidades asociadas y por garantizar que ese apoyo se coordine, simplifique y adecue con respecto a las prioridades definidas, lo que permitirá optimizar el uso de los recursos, incrementar la sostenibilidad y reforzar las asociaciones en un marco coherente.
4.3. Resultados
Se prevé que el proyecto fortalecerá el apoyo técnico y operativo al Mecanismo del Secretario General mediante la ampliación de la representación regional, el aumento de la diversidad de los conocimientos especializados en todo el Mecanismo y la mejora activa de la coordinación y la colaboración con las partes interesadas y entre ellas.
V. DOTACIÓN DE PERSONAL
La ejecución del proyecto requerirá una dotación de personal sostenida y dedicada en la UNODA para lograr resultados oportunos, eficientes y de calidad en todas las actividades. El equipo de apoyo del Mecanismo del Secretario General está actualmente compuesto por tres puestos con cargo a recursos extrapresupuestarios basados en Nueva York: uno de oficial superior de Asuntos Políticos (P-5), uno de oficial de Asuntos Políticos (P-3) y uno de auxiliar de Programas (G-6). Los puestos se financian actualmente con una contribución voluntaria de un Estado miembro hasta finales de 2027. El equipo se completa con un puesto financiado con cargo al presupuesto ordinario dedicado en parte a funciones relacionadas con el Mecanismo del Secretario General.
Dado el amplio alcance del proyecto propuesto y las necesidades más amplias en materia de preparación operativa del Mecanismo del Secretario General, la UNODA reconoce la necesidad de aumentar la capacidad por encima de los niveles actuales de dotación de personal. No obstante, la propuesta contempla mantener dos de los tres puestos extrapresupuestarios existentes durante la duración del proyecto y que la UE contribuya a los gastos de personal durante doce meses, de enero a diciembre de 2028. Esos puestos son el de oficial de Asuntos Políticos (P-3) y el de auxiliar de Programas (G-6).
Para asegurar el acceso a los conocimientos técnicos altamente especializados necesarios para ejecutar eficazmente los componentes del proyecto, la UNODA trabajará con consultores externos para tareas sustantivas específicas de forma limitada en el tiempo, según sea necesario.
VI. INFORMES
La UNODA presentará informes de situación anuales sobre la ejecución del proyecto.
VII. DURACIÓN
La duración total prevista de la ejecución del proyecto será de treinta y seis meses.
VIII. VISIBILIDAD
La UNODA adoptará todas las medidas necesarias para hacer saber que el proyecto está financiado por la UE. Todas las acciones de visibilidad se ejecutarán de conformidad con el Manual de comunicación y visibilidad de la Unión Europea en la acción exterior, lo que garantizará una representación precisa del apoyo de la Unión y el pleno cumplimiento de los requisitos de marca, uso de los símbolos y reconocimiento.
Se destacará claramente la contribución de la UE en todas las publicaciones, presentaciones y productos de información pública sobre la cuestión producidos en el marco del proyecto. La UNODA integrará también la visibilidad de la UE en sus canales de comunicación generales. Esto abarca el reconocimiento activo del apoyo de la UE en declaraciones oficiales, documentos de trabajo y observaciones públicas formuladas durante las actividades relacionadas con el proyecto. El apoyo de la UE figurará además en el boletín semestral del Mecanismo del Secretario General, en el sitio web de la UNODA y en todas las plataformas de medios sociales de la UNODA, lo que garantizará que las partes interesadas y el público general estén sistemáticamente informados de la función de la Unión en el refuerzo del Mecanismo del Secretario General.
IX. BENEFICIARIOS
El principal beneficiario del proyecto es el Mecanismo del Secretario General: aumentará su preparación operativa y se mejorarán sus capacidades en todos los componentes principales, como los expertos cualificados, los asesores expertos y los laboratorios analíticos. Los Estados miembros de las Naciones Unidas también se beneficiarán de forma notable, dado que el proyecto refuerza su capacidad para contribuir eficazmente al Mecanismo del Secretario General mediante el nombramiento de expertos, laboratorios y otras contribuciones en especie, y garantiza que estas contribuciones se integren en una arquitectura mundial de investigación coherente. De esta forma, el proyecto refuerza tanto el Mecanismo del Secretario General en su conjunto como a los Estados miembros que se basan en su funcionamiento eficaz y contribuyen activamente a él.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid