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Documento DOUE-L-2026-81486

Decisión de Ejecución (PESC) 2026/2172 del Consejo, de 28 de septiembre de 2026, por la que se aplica la Decisión 2010/788/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en la República Democrática del Congo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 2172, de 29 de septiembre de 2026, páginas 1 a 5 (5 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2026-81486

TEXTO ORIGINAL

 

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 31, apartado 2,

Vista la Decisión 2010/788/PESC del Consejo, de 20 de diciembre de 2010, relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en la República Democrática del Congo (1), y en particular su artículo 6 y su artículo 7, apartado 1,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 20 de diciembre de 2010, el Consejo adoptó la Decisión 2010/788/PESC.

(2) El 14 de julio de 2026, el Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, creado en virtud de la Resolución 1533 (2004) de dicho Consejo de Seguridad, decidió incluir a seis personas y dos entidades en la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas. Cuatro de esas personas y una de esas entidades ya figuran en el anexo II de la Decisión 2010/788/PESC. Por consiguiente, deben eliminarse del anexo II e incluirse en el anexo I de dicha Decisión.

(3) Por lo tanto, procede modificar la Decisión 2010/788/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 2010/788/PESC se modifica como sigue:

1) El anexo I se modifica de conformidad con el anexo I de la presente Decisión.

2) El anexo II se modifica de conformidad con el anexo II de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 28 de septiembre de 2026.

Por el Consejo

La Presidenta

K. KALLAS

(1)   DO L 336 de 21.12.2010, p. 30, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2010/788/oj.

ANEXO I

El anexo I de la Decisión 2010/788/PESC se modifica como sigue:

1) En el epígrafe «a) Lista de personas a que se refiere el artículo 3, apartado 1» se añaden las entradas siguientes:

«47.

Charles SEMATAMA

(alias: Sebanyana)

Cargo o grado: a) coronel; b) comandante y jefe militar de Twirwaneho.

Fecha de nacimiento: 1975.

Lugar de nacimiento: aldea de Kalunyo, en las inmediaciones de la localidad de Kamombo, Kivu del Sur, República Democrática del Congo.

Nacionalidad: República Democrática del Congo.

Dirección: Hauts Plateaux, Kivu del Sur, República Democrática del Congo.

Sexo: masculino.

Fecha de inclusión en la lista por las Naciones Unidas: 14 de julio de 2026.

Otros datos: Charles Sematama es comandante y jefe militar de Twirwaneho, un grupo armado congoleño implicado en atrocidades cometidas en la provincia de Kivu del Sur de la RDC, entre ellas el asesinato de civiles, el reclutamiento de niños y actividades que amenazan la paz y la seguridad del pueblo de la RDC. Enlace de la notificación especial de Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas: https://www.interpol.int/es/Como-trabajamos/Notificaciones/Ver-las-notificaciones-especiales-de-INTERPOL-y-el-CSNU-sobre-personas.

48.

Gustave KUBWAYO

[alias: a) Sirkoof; b) Surcouf; c) Surkof]

Cargo o grado: a) coronel; b) comandante de las FDLR-FOCA.

Fecha de nacimiento: 1969.

Lugar de nacimiento: a) municipio de Karago, prefectura de Gisenyi, Ruanda; b) distrito de Nyabihu, provincia del Oeste, Ruanda.

Nacionalidad: Ruanda.

Dirección: República Democrática del Congo.

Sexo: masculino.

Fecha de inclusión en la lista por las Naciones Unidas: 14 de julio de 2026.

Otros datos: al ser uno de los principales comandantes de las Fuerzas democráticas de Liberación de Ruanda – Fuerzas Combatientes Abacunguzi (FDLR-FOCA) y el nuevo comandante del “Commando de Recherche et d’Action en Profondeur” (CRAP), Gustave KUBWAYO, alias Sirkoof, está implicado en la planificación, difusión y apoyo de las actividades del grupo armado, como ataques deliberados contra civiles, secuestros para el cobro de rescates y explotación ilegal de recursos naturales. Enlace de la notificación especial de Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas: https://www.interpol.int/es/Como-trabajamos/Notificaciones/Ver-las-notificaciones-especiales-de-INTERPOL-y-el-CSNU-sobre-personas.

49.

Corneille NANGAA YOBELUO

[alias: a) Corneille Nangaa; b) Corneille Yobeluo]

Cargo o grado: dirigente de la “Alliance Fleuve Congo” (AFC)

Fecha de nacimiento: 9 de julio de 1970.

Lugar de nacimiento: Bagboya, Alto-Uele, República Democrática del Congo.

Nacionalidad: República Democrática del Congo.

Número de pasaporte: a) República Democrática del Congo OP1097934; b) República Democrática del Congo DP0000149; c) República Democrática del Congo DP0003850.

Dirección: a) Boulevard Biangala, n.o 36 Q, Salongo Sud C, Lemba, Kinshasa, República Democrática del Congo; b) Kivu del Norte, República Democrática del Congo.

Sexo: masculino.

Fecha de inclusión en la lista por las Naciones Unidas: 14 de julio de 2026.

Otros datos: Corneille Nangaa Yobeluo es el dirigente de la “Alliance Fleuve Congo” (AFC), un movimiento político-militar aliado con el Movimiento 23 de Marzo/Ejército Revolucionario Congoleño (M23/ARC), sancionado por las Naciones Unidas (CDe.006). Enlace de la notificación especial de Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas: https://www.interpol.int/es/Como-trabajamos/Notificaciones/Ver-las-notificaciones-especiales-de-INTERPOL-y-el-CSNU-sobre-personas.

50.

John Imani NZENZE

Cargo o grado: a) coronel; b) jefe de inteligencia del M23.

Fecha de nacimiento: 6 de agosto de 1978.

Nacionalidad: a) República Democrática del Congo; b) Ruanda.

Número de pasaporte: a) República Democrática del Congo OP0204168 (expira el 5 de julio de 2022); b) República Democrática del Congo OB0072391 (expira el 28 de diciembre de 2014).

N.o de identificación nacional: Ruanda 1 1978 8 0137555 3 27.

Dirección: Kivu del Norte, República Democrática del Congo.

Sexo: masculino.

Fecha de inclusión en la lista por las Naciones Unidas: 14 de julio de 2026.

Otros datos: al ser uno de los dirigentes del M23, John Imani NZENZE está implicado en la planificación, difusión y apoyo de las actividades del grupo armado. Enlace de la notificación especial de Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas: https://www.interpol.int/es/Como-trabajamos/Notificaciones/Ver-las-notificaciones-especiales-de-INTERPOL-y-el-CSNU-sobre-personas.».

2) En el epígrafe «b) Lista de entidades a que se refiere el artículo 3, apartado 1», se añade la entidad siguiente:

«11.

ALLIANCE FLEUVE CONGO (AFC)

Dirección: parte oriental de la República Democrática del Congo.

Fecha de inclusión en la lista por las Naciones Unidas: 14 de julio de 2026.

Otros datos: Alliance Fleuve Congo (AFC) es un movimiento político-militar activo en el este de la RDC y asociado al Movimiento 23 de Marzo/Ejército Revolucionario Congoleño (M23/ARC) sancionado por las Naciones Unidas. Creada en 2023. Enlace de la notificación especial de Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas: https://www.interpol.int/es/Como-trabajamos/Notificaciones/Ver-las-notificaciones-especiales-de-INTERPOL-y-el-CSNU-sobre-entidades.».

ANEXO II

El anexo II de la Decisión 2010/788/PESC se modifica como sigue:

1) En la sección «A. Personas» se suprimen las entradas correspondientes a las personas siguientes:

«20.

Charles SEMATAMA;

30.

Gustave KUBWAYO;

35.

Corneille NANGAA YOBELUO;

39.

John Imani NZENZE».

2) En la sección «B. Entidades» se suprime la entrada correspondiente a la entidad siguiente:

«1.

Alliance Fleuve Congo (AFC)».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA los anexos I y II de la Decisión 2010/788, de 20 de diciembre (Ref. DOUE-L-2010-82379).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • República Democrática del Congo
  • Sanciones

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