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Documento DOUE-L-2026-81246

Reglamento (UE) 2026/1891 del Consejo, de 30 de julio de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2023/1529 relativo a medidas restrictivas habida cuenta del apoyo militar de Irán a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y a grupos y entidades armados en la región de Oriente Próximo y el mar Rojo, así como de las acciones de Irán que menoscaban la libertad de navegación en Oriente Próximo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 1891, de 31 de julio de 2026, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2026-81246

TEXTO ORIGINAL

 

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 215,

Vista la Decisión (PESC) 2026/1892 del Consejo, de 30 de julio de 2026, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2023/1532 relativa a medidas restrictivas habida cuenta del apoyo militar de Irán a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y a grupos y entidades armados en la región de Oriente Próximo y el mar Rojo, así como de las acciones de Irán que menoscaban la libertad de navegación en Oriente Próximo (1),

Vista la propuesta conjunta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 20 de julio de 2023, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2023/1532 (2) y el Reglamento (UE) 2023/1529 (3), relativos a medidas restrictivas habida cuenta del apoyo militar de Irán a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y a grupos y entidades armados en la región de Oriente Próximo y el mar Rojo.

(2)

El 14 de mayo de 2024, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2024/1336 (4), por la que se modificó la Decisión (PESC) 2023/1532 y se amplió el ámbito de aplicación de las medidas restrictivas con el fin de incluir a las personas que suministren, vendan o participen de otro modo en la transferencia de vehículos aéreos no tripulados o de misiles de Irán u otras tecnologías relacionadas o sus componentes a grupos y entidades armados que socaven la paz y la seguridad en la región de Oriente Próximo y el mar Rojo o infrinjan la Resolución 2216 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

(3)

Habida cuenta de la gravedad de la situación, y en respuesta a las acciones de Irán que socavan la libertad de navegación en Oriente Próximo, incluidos los derechos de paso en tránsito y de paso inocente, el 22 de mayo de 2026 el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2026/1157 (5), por la que se modificó la Decisión (PESC) 2023/1532, a fin de introducir nuevas medidas restrictivas con respecto a dicho país y modificar el título de dicha Decisión.

(4)

El 30 de julio de 2026, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2026/1892, por la que se introduce una excepción a la prohibición de la venta, suministro, transferencia o exportación de determinados productos y programas informáticos (software) para permitir el uso en Irán de productos y programas informáticos que sean necesarios para los fines específicos de las representaciones diplomáticas de la Unión y de los Estados miembros, incluidas las delegaciones, embajadas y misiones, en Irán, en particular a efectos de la tramitación de las solicitudes de visado.

(5)

Por lo tanto, procede modificar el Reglamento (UE) 2023/1529.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el artículo 2 del Reglamento (UE) 2023/1529 el apartado 3 se sustituye por el apartado siguiente:

«3.   Como excepción a lo dispuesto en los apartados 1 y 2 del presente artículo, y sin perjuicio de los requisitos de autorización establecidos en el Reglamento (UE) 2021/821, cuando proceda, las autoridades competentes podrán autorizar la venta, el suministro, la transferencia, el tránsito o la exportación de los productos y la tecnología mencionados en el apartado 1 o la prestación de asistencia técnica o financiera conexas para un uso no militar y para un usuario final no militar, tras haber concluido que tales productos o tecnología o la asistencia técnica o financiera conexas son necesarios para:

 a) fines médicos o farmacéuticos, o

 b) fines humanitarios, emergencias sanitarias, la urgente prevención o mitigación de un acaecimiento que pueda tener una repercusión grave e importante en la salud y seguridad humanas o en el medio ambiente, o como respuesta a catástrofes naturales, o

 c) fines oficiales de las representaciones diplomáticas de la Unión y de los Estados miembros, incluidas las delegaciones, embajadas y misiones, en Irán.».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 30 de julio de 2026.

Por el Consejo

El Presidente

T. BYRNE

(1)   DO L, 2026/1892, 31.7.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2026/1892/oj.

(2)  Decisión (PESC) 2023/1532 del Consejo, de 20 de julio de 2023, relativa a medidas restrictivas habida cuenta del apoyo militar de Irán a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y a grupos y entidades armados en la región de Oriente Próximo y el mar Rojo, así como de las acciones de Irán que menoscaban la libertad de navegación en Oriente Próximo (DO L 186 de 25.7.2023, p. 20, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2023/1532/oj).

(3)  Reglamento (UE) 2023/1529 del Consejo, de 20 de julio de 2023, relativo a medidas restrictivas habida cuenta del apoyo militar de Irán a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y a grupos y entidades armados en la región de Oriente Próximo y el mar Rojo, así como de las acciones de Irán que menoscaban la libertad de navegación en Oriente Próximo (DO L 186 de 25.7.2023, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2023/1529/oj).

(4)  Decisión (PESC) 2024/1336 del Consejo, de 14 de mayo de 2024, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2023/1532 relativa a medidas restrictivas habida cuenta del apoyo militar de Irán a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania (DO L, 2024/1336, 15.5.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/1336/oj).

(5)  Decisión (PESC) 2026/1157 del Consejo, de 22 de mayo de 2026, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2023/1532 relativa a medidas restrictivas habida cuenta del apoyo militar de Irán a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y a grupos y entidades armados en la región de Oriente Próximo y el mar Rojo (DO L, 2026/1157, 26.5.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2026/1157/oj).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el art. 2.3 del Reglamento 2023/1529, de 20 de julio (Ref. DOUE-L-2023-81074).
Materias
  • Autorizaciones
  • Cuentas bloqueadas
  • Exportaciones
  • Irán
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Rusia
  • Sanciones
  • Tecnología

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