EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2023/1529 del Consejo, de 20 de julio de 2023, relativo a medidas restrictivas habida cuenta del apoyo militar de Irán a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y a grupos y entidades armados en la región de Oriente Próximo y el mar Rojo, así como de las acciones de Irán que menoscaban la libertad de navegación en Oriente Próximo (1), y en particular su artículo 7, apartados 3 y 4,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) El 20 de julio de 2023, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2023/1529.
(2) Sobre la base de la revisión de su Decisión (PESC) 2023/1532 (2), el Consejo ha decidido prorrogar hasta el 27 de julio de 2027 las medidas restrictivas que en ella se establecen.
(3) El Consejo ha concluido que deben suprimirse del anexo III del Reglamento (UE) 2023/1529 las entradas relativas a cuatro personas que figuran en la lista de dicho anexo.
(4) Por lo tanto, procede modificar el Reglamento (UE) 2023/1529 en consecuencia.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
El anexo III del Reglamento (UE) 2023/1529 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 24 de julio de 2026.
Por el Consejo
El Presidente
T. BYRNE
(1) DO L 186 de 25.7.2023, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2023/1529/oj.
(2) Decisión (PESC) 2023/1532 del Consejo, de 20 de julio de 2023, relativa a medidas restrictivas habida cuenta del apoyo militar de Irán a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y a grupos y entidades armados en la región de Oriente Próximo y el mar Rojo, así como de las acciones de Irán que menoscaban la libertad de navegación en Oriente Próximo (DO L 186 de 25.7.2023, p. 20, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2023/1532/oj).
En el anexo III del Reglamento (UE) 2023/1529, bajo el epígrafe «A. Personas físicas», se eliminan las entradas siguientes:
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2. |
Mohammad Shahab KHANIAN |
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8. |
Gholam Ali RASHID |
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13. |
Behnam SHAHRIYARI |
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14. |
Ali SHADMANI |
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