En la página 2, en el considerando 7:
donde dice:
«plata maciza»,
debe decir:
«plata masiva».
En la página 2, en el considerando 11, primera frase:
donde dice:
«Dada la clasificación de la plata maciza, el polvo de plata y las nanopartículas de plata como sustancias CMR de la categoría 2, la exención específica que se ha pedido únicamente para las partículas micrométricas de plata y el dictamen pertinente del CCSC, debe modificarse la entrada 1727 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 1223/2009 a efectos de incluir la plata maciza y la plata en nanopartículas.»,
debe decir:
«Dada la clasificación de la plata masiva, el polvo de plata y las nanopartículas de plata como sustancias CMR de la categoría 2, la exención específica que se ha pedido únicamente para las partículas micrométricas de plata y el dictamen pertinente del CCSC, debe modificarse la entrada 1727 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 1223/2009 a efectos de incluir la plata masiva y la plata en nanopartículas.».
En la página 4, en el anexo, punto 1, letra c), que sustituye la entrada 1727 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 1223/2009, en el cuadro, en la fila correspondiente a la entrada 1727, segunda columna, párrafo segundo:
donde dice:
«Plata (maciza)»,
debe decir:
«Plata (masiva)».
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