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Documento DOUE-L-2026-81054

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2023/1543 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2023, sobre las órdenes europeas de producción y las órdenes europeas de conservación a efectos de prueba electrónica en procesos penales y de ejecución de penas privativas de libertad a raíz de procesos penales.

Publicado en:
«DOUE» núm. 90580, de 13 de julio de 2026, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2026-81054

TEXTO ORIGINAL

 

1) En la página 126, considerando 50, segunda frase:

donde dice:

«Excepcionalmente, en los casos urgentes tal como se definen en el presente Reglamento, cuando el establecimiento designado o el representante legal de un prestador de servicios no reaccione al certificado que acompaña a la orden europea de producción (EPOC, por sus siglas en inglés de European Production Order Certificate) o al certificado de orden europea de conservación (EPOC-PR, por sus siglas en inglés de European Preservation Order Certificate) en los plazos establecidos o no haya sido designado dentro de los plazos establecidos en la Directiva (UE) 2023/1544, debe ser posible remitir …»,

debe decir:

«Excepcionalmente, en los casos urgentes tal como se definen en el presente Reglamento, cuando el establecimiento designado o el representante legal de un prestador de servicios no reaccione al certificado que acompaña a la orden europea de producción (EPOC, por sus siglas en inglés de European Production Order Certificate) o al certificado de orden europea de conservación (EPOC-PR, por sus siglas en inglés de European Preservation Order Certificate) en los plazos establecidos, debe ser posible remitir …».

2) En la página 138, artículo 5, apartado 2:

donde dice:

«2.   La orden europea de producción será necesaria y proporcionada a efectos de los procesos a que se refiere el artículo 2, apartado 3, teniendo en cuenta […].»

,

debe decir:

«2.   La orden europea de producción será necesaria y proporcionada a efectos de los procesos a que se refiere el artículo 2, apartado 2, teniendo en cuenta […].».

3) En la página 141, artículo 9, apartado 4, primera frase:

donde dice:

«4.   En caso necesario, el EPOC o el EPCO-PR se traducirán a una lengua oficial de la Unión aceptada por el destinatario tal como establece el artículo 4 de la Directiva 2023/1544.»

,

debe decir:

«4.   En caso necesario, el EPOC o el EPOC-PR se traducirán a una lengua oficial de la Unión aceptada por el destinatario tal como establece el artículo 4 de la Directiva 2023/1544.».

4) En la página 154, anexo I, sección B («Destinatario»), tercera casilla:

donde dice:

«La presente orden se emite en un caso urgente al destinatario indicado porque el establecimiento designado o el representante legal de un prestador de servicios no ha reaccionado al EPOC en los plazos establecidos en el artículo 10 del Reglamento (UE) 2023/1543 o no ha sido designado en los plazos establecidos en la Directiva (UE) 2023/1544 del Parlamento Europeo y del Consejo (2)

(2)  Directiva (UE) 2023/1544 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2023, por la que se establecen normas armonizadas para la designación de establecimientos designados y de representantes legales a efectos de recabar pruebas electrónicas para procesos penales (DO L 191 de 28.7.2023, p. 181).»,

debe decir:

«La presente orden se emite en un caso urgente al destinatario indicado porque el establecimiento designado o el representante legal de un prestador de servicios no ha reaccionado al EPOC en los plazos establecidos en el artículo 10 del Reglamento (UE) 2023/1543.».

5) En la página 165, anexo II, sección B («Destinatario»), tercera casilla:

donde dice:

«La presente orden se emite en un caso urgente al destinatario indicado porque el establecimiento designado o el representante legal de un prestador de servicios no ha reaccionado al EPOC-PR en los plazos establecidos o no ha sido designado en los plazos establecidos en la Directiva (UE) 2023/1544 del Parlamento Europeo y del Consejo (2)

(2)  Directiva (UE) 2023/1544 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2023, por la que se establecen normas armonizadas para la designación de establecimientos designados y de representantes legales a efectos de recabar pruebas electrónicas para procesos penales (DO L 191 de 28.7.2023, p. 181).»,

debe decir:

«La presente orden se emite en un caso urgente al destinatario indicado porque el establecimiento designado o el representante legal de un prestador de servicios no ha reaccionado al EPOC-PR en los plazos establecidos.».

6) En la página 169, anexo II, sección F («Datos de la autoridad emisora»), cuarta casilla, primera frase:

donde dice:

«El presente EPOC se emitió para los datos de abonados o para los datos solicitados con el único fin de identificar al usuario, o para ambos, en un caso urgente debidamente justificado sin validación previa, ya que esta no pudo obtenerse a tiempo.»,

debe decir:

«El presente EPOC-PR se emitió en un caso urgente debidamente justificado sin validación previa, ya que esta no pudo obtenerse a tiempo.».

 

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2023/1543, de 12 de julio (Ref. DOUE-L-2023-81097).
Materias
  • Administración de Justicia
  • Certificaciones
  • Comunicaciones electrónicas
  • Cooperación judicial internacional
  • Enjuiciamiento Criminal
  • Formularios administrativos
  • Presos y penados
  • Procedimiento administrativo

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