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Documento DOUE-L-2026-80872

Decisión (UE) 2026/1199 del Consejo, de 11 de mayo de 2026, relativa a la aprobación de las modificaciones del Convenio Internacional del Cacao.

Publicado en:
«DOUE» núm. 1199, de 15 de junio de 2026, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2026-80872

TEXTO ORIGINAL

 

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 207, apartado 3, y su artículo 207, apartado 4, párrafo primero, en relación con su artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a),

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Vista la aprobación del Parlamento Europeo (1),

Considerando lo siguiente:

(1)

El Convenio Internacional del Cacao de 2010 (en lo sucesivo, «Convenio») fue aprobado el 25 de junio de 2010, por la Conferencia de Negociación establecida bajo los auspicios de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo para sustituir al Convenio Internacional del Cacao de 2001. El Convenio entró provisionalmente en vigor el 1 de octubre de 2012 por un período de diez años, hasta el 30 de septiembre de 2022, y posteriormente se prorrogó hasta el 30 de septiembre de 2026.

(2)

La firma y la celebración del Convenio se autorizaron, en nombre de la Unión Europea, mediante las Decisiones 2011/634/UE (2) y 2012/189/UE (3) del Consejo, respectivamente. Por consiguiente, la Unión es Parte en el Convenio Internacional del Cacao de 2010 y Miembro de la Organización Internacional del Cacao.

(3)

Se ha hecho necesaria una revisión parcial para reformar el Convenio a fin de tener en cuenta la evolución del mercado mundial del cacao desde 2010. Dicha revisión también redunda en interés de la Unión.

(4)

Mediante la Decisión (UE) 2021/675 del Consejo (4), se autorizó a la Comisión a negociar, en nombre de la Unión, la modificación del Convenio en el contexto de su revisión parcial.

(5)

El texto del Convenio, en su versión modificada (en lo sucesivo, «Convenio modificado»), fue aprobado por el Consejo Internacional del Cacao en su 106.a sesión ordinaria, celebrada del 27 al 29 de septiembre de 2022.

(6)

Los objetivos del Convenio modificado siguen integrándose en el marco de la política comercial común.

(7)

A la luz del objetivo y del contenido de la revisión parcial del Convenio, procede aprobar, en nombre de la Unión Europea, las modificaciones del Convenio.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Quedan aprobadas, en nombre de la Unión Europea, las modificaciones del Convenio Internacional del Cacao (5).

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 11 de mayo de 2026.

Por el Consejo

La Presidenta

K. KALLAS

(1)  Aprobación del Parlamento Europeo de 29 de abril de 2026 (pendiente de publicación en el Diario Oficial).

(2)  Decisión 2011/634/UE del Consejo, de 17 de mayo de 2011, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, y a la aplicación provisional del Convenio Internacional del Cacao de 2010 (DO L 259 de 4.10.2011, p. 7, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2011/634/oj).

(3)  Decisión 2012/189/UE del Consejo, de 26 de marzo de 2012, relativa a la celebración del Convenio Internacional del Cacao de 2010 (DO L 102 de 12.4.2012, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2012/189(1)/oj).

(4)  Decisión (UE) 2021/675 del Consejo, de 20 de abril de 2021, por la que se autoriza la apertura de negociaciones para modificar el Convenio Internacional del Cacao de 2010 (DO L 144 de 27.4.2021, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2021/675/oj).

(5)  El texto del Convenio Internacional del Cacao de 2010, modificado en 2022, está publicado en el DO L, 2026/1198, 15.6.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/agree_internation/2026/1198/oj.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Cacao
  • Comercio
  • Organización Internacional del Cacao

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