LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2024/982 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de marzo de 2024, relativo a la búsqueda y al intercambio automatizados de datos para la cooperación policial, y por el que se modifican las Decisiones 2008/615/JAI y 2008/616/JAI del Consejo y los Reglamentos (UE) 2018/1726, (UE) 2019/817 y (UE) 2019/818 del Parlamento Europeo y del Consejo (Reglamento Prüm II) (1), y en particular su artículo 17, apartado 3, y su artículo 31,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Reglamento (UE) 2024/982 establece un marco para la búsqueda y el intercambio automatizados de determinadas categorías de datos para la cooperación policial transfronteriza, entre otros, los datos de matriculación de vehículos entre Estados miembros, con el fin de prevenir, detectar e investigar infracciones penales. |
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(2) |
De conformidad con el Reglamento (UE) 2024/982, la Comisión debe especificar las normas técnicas para la búsqueda y el intercambio automatizados de datos de matriculación de vehículos que se efectúen mediante el Sistema Europeo de Índice de Antecedentes Policiales (EUCARIS). |
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(3) |
Por consiguiente, es necesario establecer normas técnicas que regulen la búsqueda y el intercambio automatizados de tales datos a fin de garantizar la interoperabilidad, la fiabilidad y un nivel uniforme de seguridad en todos los Estados miembros. |
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(4) |
El artículo 16 del Reglamento (UE) 2024/982 distingue entre diferentes tipos de búsquedas automatizadas. Deben especificarse normas técnicas para los dos tipos de búsquedas que se han de implementar en relación con los datos de matriculación de vehículos, a saber, las búsquedas realizadas con datos relativos al vehículo para identificar al propietario o titular y las búsquedas realizadas con datos relativos al propietario o titular a fin de identificar todos los vehículos asociados a dicha persona. |
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(5) |
Para garantizar la coherencia en el intercambio de datos de matriculación de vehículos y un nivel adecuado de calidad de los datos intercambiados, es necesario definir los elementos de datos obligatorios que deben intercambiarse y los elementos de datos facultativos que pueden intercambiarse, los parámetros de búsqueda correspondientes y los mecanismos de comunicación por medio de EUCARIS. Debe alentarse a los Estados miembros a intercambiar elementos de datos facultativos cuando estén disponibles en sus bases de datos nacionales, a fin de reforzar la exhaustividad y la utilidad del intercambio de información entre países. |
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(6) |
De conformidad con los artículos 1 y 2 del Protocolo n.o 22 sobre la posición de Dinamarca, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Dinamarca no participó en la adopción del Reglamento (UE) 2024/982 y no queda vinculada por este ni sujeta a su aplicación. Dinamarca no está por lo tanto obligada por la presente Decisión ni está sujeta a su aplicación. |
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(7) |
Irlanda está vinculada por el Reglamento (UE) 2024/982 y, por lo tanto, está vinculada por la presente Decisión. |
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(8) |
El Supervisor Europeo de Protección de Datos emitió su dictamen el 27 de enero de 2026. |
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(9) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Prüm II establecido por el artículo 77 del Reglamento (UE) 2024/982. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
A los efectos de la presente Decisión, se entenderá por:
a) «obligatorio (O)»: comunicación obligatoria del elemento de datos cuando esté disponible en cualquier registro nacional de un Estado miembro;
b) «facultativo (F)»: comunicación opcional del elemento de datos cuando esté disponible en una base de datos nacional de un Estado miembro;
c) «entidad»: un Estado miembro o Europol;
d) «entidad requirente»: un Estado miembro o Europol que inicia una consulta;
e) «fecha y hora de referencia»: momento específico determinado por la entidad requirente y utilizado para recuperar los datos registrados en esa fecha y hora específicas;
f) «fecha y hora actuales»: el momento utilizado para recuperar los datos actualmente registrados.
Las especificaciones relativas a las normas técnicas para la búsqueda y el intercambio automatizados de datos de matriculación de vehículos por medio de EUCARIS serán las que figuran en el anexo.
La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 8 de junio de 2026.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L, 2024/982, 5.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/982/oj.
1. Tipos de búsquedas
De conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) 2024/982 (Prüm II), se deberán permitir dos tipos de búsquedas de datos de matriculación de vehículos, a saber, una búsqueda con datos relativos al vehículo para encontrar al propietario o titular y una búsqueda con datos relativos al propietario o titular para encontrar todos los vehículos de dicho propietario o titular.
2. Búsqueda con datos del vehículo para encontrar al propietario/titular
2.1. Descripción de la búsqueda
Existen dos maneras diferentes de buscar la información sobre el propietario o titular de un vehículo:
— mediante un número de bastidor/número de identificación del vehículo (NIV) completo, fecha y hora de referencia,
— mediante un número de matrícula completo, fecha y hora de referencia.
Si no se facilitan la fecha y hora de referencia, el sistema utilizará automáticamente la fecha y hora actuales como referencia para la búsqueda. Cuando se haga una búsqueda con fecha y hora de referencia y no exista información histórica en el registro de un Estado miembro determinado por no estar registrada dicha información, se podrá responder con la información correspondiente a la hora y fecha actuales indicando que la información corresponde a la situación actual.
Una búsqueda con estos criterios producirá información relativa a uno y, a veces, varios vehículos. Si solo debe devolverse información correspondiente a un vehículo, el conjunto de datos completo enumerado en el punto 2.2.2 deberá proporcionarse en una única respuesta.
Si se encuentra más de un vehículo, se devolverán todos los elementos de datos necesarios para afinar la búsqueda, tal como se describe en el punto 2.2.1.
Cuando la búsqueda se realice por número de bastidor/número de identificación del vehículo y fecha y hora de referencia, la solicitud se enviará a uno, a algunos o a todos los Estados miembros.
Cuando la búsqueda se haga por número de matrícula y fecha y hora de referencia, la solicitud se enviará a un Estado miembro de matriculación en particular.
Si el Estado miembro de registro es incierto, la solicitud se enviará a algunos o a todos los Estados miembros y la búsqueda consistirá en determinar si hay alguna coincidencia. En la respuesta, la entidad requirente recibirá una indicación de si hay o no coincidencias por cada Estado miembro requerido.
Los Estados miembros facilitarán datos actualizados. Cuando se realice una búsqueda en la fecha y hora actuales, la respuesta proporcionará la situación actual. Cuando el vehículo se haya dado de baja, el Estado miembro de matriculación informará de que el vehículo se ha dado de baja. Previa solicitud se facilitará el último registro conocido.
Las entidades señalarán mediante un indicador si solicitan que el conjunto de datos que se proporcione como resultado de la búsqueda incluya los datos relativos al titular del vehículo, los datos relativos al propietario del vehículo, los datos relativos a los seguros y/o la última matriculación conocida.
2.2. Conjuntos de datos
2.2.1. Elementos de datos obligatorios que deben facilitarse para afinar la búsqueda
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Elementos de datos |
O/F |
Notas |
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Datos relativos a los vehículos |
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Número de matrícula |
O |
(Código A) Número de matrícula completo del vehículo (número permanente, número temporal cuando proceda) |
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Número de identificación del vehículo (NIV)/Número de bastidor |
O |
(Código E) El número de identificación del vehículo/número de bastidor completo del vehículo. |
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Estado miembro de matriculación |
O |
El código de país del Estado miembro de matriculación del vehículo. |
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Marca |
O |
(Código D.1) P. ej., Ford, Opel, Renault, etc. |
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Denominación(es) comercial(es) |
O |
(Código D.3) P. ej., Focus, Astra, Megane, etc. |
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Código de categoría UE |
O |
(Código J) Ciclomotores, motocicletas, automóviles, etc. |
(1) Directiva 1999/37/CE del Consejo, de 29 de abril de 1999, relativa a los documentos de matriculación de los vehículos (DO L 138 de 1.6.1999, p. 57, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/1999/37/oj). |
2.2.2. Conjunto completo de elementos de datos que deben facilitarse como resultado de la búsqueda
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Elementos de datos |
O/F |
Notas |
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Datos relativos al titular del vehículo |
(Código C.1) Los datos se refieren al titular del permiso de circulación concreto. Los datos se proporcionarán si así se solicita en la búsqueda. |
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Tipo de titular |
O |
Persona física o jurídica. |
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|
Apellido(s) o razón social |
O |
(Código C.1.1) El nombre puede referirse a una persona física o jurídica. Se utilizan campos distintos para los apellidos o la razón social, los infijos y los títulos. También se comunicarán en formato imprimible. Si una persona física solo tiene un nombre, este se considerará un apellido. |
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|
Nombre(s) |
O |
(Código C.1.2) Campos distintos para el nombre o nombres y las iniciales. También se comunicarán en formato imprimible. |
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|
Dirección |
O |
(Código C.1.3) Se utilizarán campos distintos para la calle, el número de la casa y el anexo, el código postal, el lugar de residencia, el país de residencia, etc., y la dirección también se comunicará en formato imprimible. |
||||||
|
Género |
F |
Masculino, femenino, no especificado oficialmente, no binario |
||||||
|
Fecha de nacimiento |
O |
|
||||||
|
Lugar de nacimiento |
F |
|
||||||
|
Número de documento de identidad |
F |
Un identificador único para la persona física o jurídica. |
||||||
|
Tipo de número de documento de identidad |
F |
El tipo de número de documento de identidad (por ejemplo, número de pasaporte). |
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|
Fecha de inicio de la titularidad |
O |
La fecha de inicio de la titularidad del vehículo. Esta fecha es a menudo la misma que figura en la mención (I) del permiso de circulación del vehículo. |
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|
Fecha de finalización de la titularidad |
O |
La fecha de finalización de la titularidad del vehículo. |
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|
Condición del titular |
F |
(Código C.4) Si el propietario del vehículo (C.2) no figura en el permiso de circulación de este, indicación de que el titular del permiso de circulación:
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Datos relativos al propietario del vehículo |
(Código C.2) Los datos se refieren al propietario del vehículo. Los datos se proporcionarán si así se solicita en la búsqueda. |
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|
Tipo de propietario |
O |
Persona física o jurídica. |
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|
Apellido(s) o razón social |
O |
(Código C.2.1) El nombre puede referirse a una persona física o jurídica. Se utilizan campos distintos para los apellidos o la razón social, los infijos y los títulos. También se comunicarán en formato imprimible. Si una persona física solo tiene un nombre, este se considerará un apellido. |
||||||
|
Nombre(s) |
O |
(Código C.2.2) Campos distintos para el nombre o nombres y las iniciales. También se comunicarán en formato imprimible. |
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|
Dirección |
O |
(Código C.2.3) Se utilizarán campos distintos para la calle, el número de la casa y el anexo, el código postal, el lugar de residencia, el país de residencia, etc., y la dirección también se comunicará en formato imprimible. |
||||||
|
Género |
F |
Masculino, femenino, no especificado oficialmente, no binario. |
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|
Fecha de nacimiento |
O |
|
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|
Lugar de nacimiento |
F |
|
||||||
|
Número de documento de identidad |
F |
Un identificador único para la persona física o jurídica. |
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|
Tipo de número de documento de identidad |
F |
El tipo de número de documento de identidad (por ejemplo, número de pasaporte). |
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|
Fecha de inicio de la propiedad |
O |
La fecha de inicio de la propiedad del vehículo. |
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|
Fecha de finalización de la propiedad |
O |
La fecha de finalización de la propiedad del vehículo. |
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|
Datos relativos a los vehículos |
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|
Número de matrícula |
O |
(Código A) El número de matrícula completo del vehículo. |
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Número de identificación del vehículo (NIV)/Número de bastidor |
O |
(Código E) El número de identificación del vehículo/número de bastidor completo del vehículo. |
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|
Estado miembro de matriculación |
O |
El código de país del Estado miembro de matriculación del vehículo. |
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|
Marca |
O |
(Código D.1) P. ej., Ford, Opel, Renault, etc. |
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|
Denominación(es) comercial(es) |
O |
(Código D.3) P. ej., Focus, Astra, Megane, etc. |
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|
Código de categoría UE |
O |
(Código J) Ciclomotores, motocicletas, automóviles, etc. |
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|
Fecha de la primera matriculación |
O |
(Código B) La fecha de la primera matriculación del vehículo. |
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|
Fecha de inicio de la matriculación actual |
O |
(Código I) La fecha de matriculación a la que se refiere el permiso de circulación del vehículo. |
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|
Fecha de finalización de la matriculación |
O |
La fecha de finalización de la matriculación. Esta fecha indica el período de validez tal como figura en el documento (abreviatura del documento = H). |
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|
Situación en la fecha y hora de referencia |
O |
Destruido, robado, exportado u otras cualificaciones aplicables. |
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|
Fecha de inicio de la situación |
O |
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|
Fecha de finalización de la situación |
O |
Si procede, es obligatorio indicarla. |
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|
Potencia neta máxima (kW) |
F |
(Código P.2) |
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Cilindrada |
F |
(Código P.1) |
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Tipo de matrícula |
F |
Ordinaria, temporal o de otro tipo. |
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Número del documento del vehículo |
F |
El primer número identificador del documento que aparece en el documento del vehículo. Podrá transmitirse un segundo número de documento. |
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Color del vehículo |
O |
(Código R) Nota: solo se registran los colores de los vehículos de la categoría M1 (es decir, turismos) de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/858 del Parlamento Europeo y del Consejo (2). |
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|
Registros de kilometraje |
F |
Valor, fecha de registro, unidad de medida. |
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|
Datos relativos al seguro |
Los datos se proporcionarán si así se solicita en la búsqueda. |
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Nombre de la compañía aseguradora |
F |
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|
Fecha de inicio de la póliza de seguro |
F |
|
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|
Fecha de finalización de la póliza de seguro |
F |
|
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|
Dirección |
F |
Se utilizarán campos distintos para la calle, el número de la casa y el anexo, el código postal, el lugar de residencia, el país de residencia, etc., y la dirección también se comunicará en formato imprimible. |
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Número de la póliza de seguro |
F |
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Número de identificación |
F |
Un identificador único para la empresa. |
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Tipo de número de identificación |
F |
P. ej., el número de registro en la Cámara de Comercio. |
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(2) Reglamento (UE) 2018/858 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre la homologación y la vigilancia del mercado de los vehículos de motor y sus remolques y de los sistemas, los componentes y las unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos, por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 715/2007 y (CE) n.o 595/2009 y por el que se deroga la Directiva 2007/46/CE (DO L 151 de 14.6.2018, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2018/858/oj). |
3. Búsqueda de todos los vehículos del propietario/titular
3.1. Descripción de la búsqueda
Esta búsqueda tiene por objeto conocer todos los vehículos de los que es propietaria o titular una persona física o jurídica concreta, ya sea en la actualidad o en una fecha y hora pasadas determinadas, en el Estado miembro de matriculación.
De conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) 2024/982, es obligatorio que las entidades realicen una búsqueda con:
nombre(s), apellido(s) y fecha completa de nacimiento cuando el propietario o titular del vehículo sea una persona física;
razón social cuando el propietario o titular del vehículo sea una persona jurídica.
Además de los parámetros de búsqueda obligatorios, podrán utilizarse los parámetros de búsqueda facultativos enumerados en los cuadros de los puntos 3.2.1 y 3.2.2, a fin de que el sistema pueda afinar el resultado de la búsqueda a un solo candidato, en caso de que los parámetros de búsqueda obligatorios produzcan varios candidatos. Cuando el número de identificación esté disponible, se utilizará en primera instancia para afinar el resultado de la búsqueda, en lugar de la combinación de nombre, apellidos y fecha de nacimiento. Cuando el número de identificación esté disponible y se utilice para realizar la búsqueda, el resultado de la búsqueda también se devolverá aunque alguno de los elementos de datos de los apellidos, el nombre y la fecha de nacimiento completa no coincida.
Los parámetros de búsqueda facultativos utilizados para afinar la búsqueda de todos los vehículos de un propietario o titular pueden obtenerse a partir de los resultados de una búsqueda con datos de un vehículo para encontrar el propietario o titular a que se refiere el punto 2.
El Estado miembro de matriculación permitirá la búsqueda con los parámetros de búsqueda facultativos del registro nacional de vehículos de conformidad con su legislación nacional.
Si se consulta una situación pasada, se indicarán la fecha y la hora de referencia.
Para que la consulta produzca un resultado adecuado, el Estado miembro de matriculación deberá poder identificar a un titular o propietario único específico (= persona de interés), es decir, la búsqueda debe dar lugar a un candidato único.
Si no se identifica a ningún candidato único, solo se devuelve una descripción relativa a la naturaleza de la falta de resultado como sigue:
No existe ninguna persona física registrada con esta combinación de apellido(s), nombre(s) y fecha de nacimiento;
Existen registros de varias personas físicas con esta combinación de apellido(s), nombre(s) y fecha de nacimiento (facilite parámetros de búsqueda adicionales si es posible);
No existe ninguna persona jurídica con este nombre.
La solicitud de «búsqueda de todos los vehículos del propietario/titular» siempre se envía al Estado miembro de matriculación, es decir, al Estado miembro que haya facilitado datos personales en la búsqueda inicial anterior con datos del vehículo para encontrar al propietario/titular. Una persona de interés puede ser titular o propietaria de vehículos en varios Estados miembros. En tal caso, la información se recopilará mediante solicitudes separadas en EUCARIS a los distintos Estados miembros.
Los datos de identificación necesarios para identificar a una persona de interés pueden ser diferentes en cada Estado miembro debido a las diferencias en los elementos de datos que se registran. Los identificadores nacionales son específicos de cada Estado miembro, así como las diferencias en los datos de nombre de una misma persona, debido al matrimonio, diferencias en la transliteración o diferencias en el uso de caracteres diacríticos.
3.2. Conjunto de datos
3.2.1. Solicitud de búsqueda si la persona de interés es una persona física
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Elementos de datos |
O/F |
Notas |
|
Tipo de persona de interés |
O |
Código de persona física. |
|
Apellido(s) |
O |
(Código C.1.1.) o (Código C.2.1.) |
|
Nombre(s) |
O |
(Código C.1.2.) o (Código C.2.2.) Contiene el nombre o nombres, o el nombre más las iniciales. |
|
Fecha de nacimiento |
O |
La fecha de nacimiento completa. |
|
Número de identificación |
F |
Un identificador nacional único para la persona física o jurídica. |
|
Tipo de número de identificación |
F |
Por ejemplo, número de documento nacional de identidad o número de pasaporte. |
|
Lugar de nacimiento |
F |
|
|
Género |
F |
Masculino, femenino, no especificado oficialmente, no binario. |
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Número de matrícula |
F |
(Código A) El número de matrícula completo del vehículo del que se sabe que es titular o propietaria la persona de interés. |
|
Número de identificación del vehículo (NIV)/Número de bastidor |
F |
(Código E) El número de identificación del vehículo/número de chasis completo del vehículo del que se sabe que es propietaria o titular la persona de interés. |
3.2.2. Solicitud de búsqueda si la persona de interés es una persona jurídica
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Elementos de datos |
O/F |
Notas |
|
Tipo de persona de interés |
O |
Código de persona jurídica. |
|
Nombre de la persona jurídica |
O |
|
|
Número de identificación de la persona jurídica |
F |
|
|
Tipo de número de identificación |
F |
P. ej., el número de registro en la Cámara de Comercio. |
|
Número de matrícula |
F |
(Código A) El número de matrícula completo del vehículo del que se sabe que es titular o propietaria la persona de interés. |
|
Número de identificación del vehículo (NIV)/Número de bastidor |
F |
(Código E) El número de identificación del vehículo/número de chasis completo del vehículo del que se sabe que es propietaria o titular la persona de interés. |
3.2.3. Conjunto de datos devuelto
Se devuelve una lista de vehículos de su propiedad o titularidad, o un mensaje que indique que, en la fecha y hora de referencia, no es propietaria ni titular de ningún vehículo. Se mostrará el número exacto de vehículos. El conjunto de datos se devolverá para un número máximo de 500 vehículos. Las personas jurídicas en particular pueden ser propietarias o titulares de más vehículos. En ese caso, se devuelve un mensaje indicando que la lista supera las 500 entradas y, por tanto, no puede proporcionarse en la consulta automatizada. El mensaje también indicará los datos de contacto que se pueden utilizar para obtener el resultado mediante un procedimiento manual.
Por cada vehículo de propiedad o titularidad:
|
Elementos de datos |
O/F |
Notas |
|
Número de identificación del vehículo (NIV)/Número de bastidor |
O |
(Código E) El número de identificación del vehículo/número de bastidor completo del vehículo. |
|
Número de matrícula |
O |
(Código A) El número de matrícula completo del vehículo. |
|
Indicación de si la persona de interés es titular del vehículo |
O |
Sí o no. |
|
Indicación de si la persona de interés es propietaria del vehículo |
O |
Sí, no o no se sabe. |
3.3. Especificaciones técnicas para la búsqueda del punto 3.2.1
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Número de la cadena de búsqueda |
Dato |
|
1 |
Tipo de persona de interés |
|
2 |
Apellido(s) |
|
3 |
Nombre(s) |
|
4 |
Fecha de nacimiento |
|
5 |
Número de identificación |
|
6 |
Tipo de número de identificación |
|
7 |
Lugar de nacimiento |
|
8 |
Género |
|
9 |
Número de matrícula |
|
10 |
Número de identificación del vehículo (NIV)/Número de bastidor |
Las cadenas de búsqueda 1 a 10 se codificarán en una consulta de una base de datos nacional y no distinguirán entre mayúsculas y minúsculas.
Las cadenas de búsqueda 2 y 3 devolverán una coincidencia con los campos correspondientes de la base de datos nacional cuando exista una coincidencia con cualquiera de las cadenas presentes en el campo correspondiente. Esto se expresa habitualmente como: Where <campo-de-la-base-de-datos> CONTAINS <cadena-de-búsqueda>.
Cuando la base de datos nacional del Estado miembro de matriculación no disponga de campos separados para el nombre y el apellido, la búsqueda en un «campo de nombre» se llevará a cabo utilizando la concatenación de la cadena del nombre y la cadena del apellido. El Estado miembro de matriculación permutará las cadenas de búsqueda 2 y 3 entre los campos correspondientes para adaptarse a los casos en los que no esté claro cuál es el nombre y cuál es el apellido. La búsqueda identificará los registros que contengan tanto la cadena del apellido como la cadena del nombre.
La consulta de la base de datos nacional aplicará la siguiente expresión lógica:
1. Generalidades
La aplicación EUCARIS conecta a todos los Estados participantes en una red de malla en la que cada entidad comunica directamente con otra entidad. Para que se establezca la comunicación no se precisa ningún componente central.
La aplicación EUCARIS admite diferentes funcionalidades. La «funcionalidad Prüm» se utiliza para la búsqueda automatizada de datos de matriculación de vehículos en virtud del Reglamento (UE) 2024/982.
Cada grupo de funcionalidades tiene su propia autorización; por ejemplo, los usuarios que solo dispongan de la «funcionalidad Tratado de EUCARIS» (3) no podrán utilizar la «funcionalidad Prüm». Los servicios de administrador están separados de las funciones ordinarias de usuario final.
La aplicación EUCARIS presta comunicación segura a las demás entidades y se comunica con los sistemas de back-end preexistentes de los Estados miembros. Las entidades intercambian mensajes enviándolos directamente al destinatario. Las entidades están conectadas a la red TESTA (4) o a sus aplicaciones posteriores.
Los mensajes que se envían por la red EUCARIS están cifrados. Para cifrar los mensajes se utilizarán tecnologías de cifrado como SSL (Secure Sockets Layer) o TLS (Transport Layer Security). La conexión entre la aplicación EUCARIS y el back-end nacional se realizará en un entorno protegido. Por lo tanto, los mensajes enviados al back-end pueden ser mensajes de texto claros.
Se proporciona una aplicación cliente a los usuarios autorizados, que puede utilizarse dentro de una entidad para consultar los registros de los Estados miembros. Los Estados miembros pueden utilizarlo para consultar su propio registro. La gestión de los usuarios, los medios de autenticación y el posible cifrado son responsabilidad de cada entidad.
2. Funciones de los usuarios
Se creará el grupo de usuarios denominado «usuarios de Prüm» para la búsqueda con los datos del vehículo a fin de encontrar al propietario/titular y para la búsqueda de todos los vehículos del propietario/titular.
Se establecerán dos funciones de usuario distintas para:
|
— |
la búsqueda con los datos del vehículo para encontrar al propietario o titular (Prüm-Owner-Holder-Info) |
|
— |
la búsqueda de todos los vehículos de un propietario o titular (Prüm-All-Vehicles-of-Holder-Owner). |
El usuario final puede utilizar ambas funciones de usuario.
(3) Tratado de 29 de junio de 2000 relativo a un sistema europeo de información sobre vehículos y permisos de conducción (EUCARIS).
(4) La red TESTA es una red segura, privada y a escala de la UE que permite el intercambio de datos cifrados y fiables entre las instituciones de la UE, las autoridades de los Estados miembros y las agencias, específicamente en relación con información delicada como los datos policiales y judiciales.
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