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Documento DOUE-L-2026-80719

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2026/78 de la Comisión, de 12 de enero de 2026, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere al uso en los productos cosméticos de determinadas sustancias clasificadas como carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción.

Publicado en:
«DOUE» núm. 90385, de 19 de mayo de 2026, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2026-80719

TEXTO ORIGINAL

En la página 6, en el anexo, en el punto 2, por el que se añaden entradas en el anexo III del Reglamento (CE) n.o 1223/2009, en el cuadro, entrada 380, columna «Tipo de producto, partes del cuerpo», letra c):

donde dice:

«c) Todos los productos que no se aclaran (excepto el acondicionador de pelo, la loción corporal, la crema facial, la barra de labios o el bálsamo labial y las colonias para niños menores de tres años)»,

debe decir:

«c) Todos los productos que no se aclaran (excepto el acondicionador de pelo, la loción corporal, la crema facial, la barra de labios o el bálsamo labial y las fragancias para niños menores de tres años)».

En la página 6, en el anexo, en el punto 2, por el que se añaden entradas en el anexo III del Reglamento (CE) n.o 1223/2009, en el cuadro, entrada 380, columna «Tipo de producto, partes del cuerpo», letra f):

donde dice:

«f) Gel de ducha/productos de baño, jabón líquido de manos, champú, acondicionador de pelo, productos para el cuidado de la cara, las manos y el cuerpo, barras de labios o bálsamos labiales y productos destinados a niños menores de tres años»,

debe decir:

«f) Gel de ducha/productos de baño, jabón líquido de manos, champú, acondicionador de pelo, productos para el cuidado de la piel (cara, manos y cuerpo), barras de labios o bálsamos labiales y fragancias para niños menores de tres años».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2026/78, de 12 de enero (Ref. DOUE-L-2026-80015).
  • CORRIGE errores en el anexo III del Reglamento 1223/2009, de 30 de noviembre (Ref. DOUE-L-2009-82517).
Materias
  • Comercialización
  • Cosméticos
  • Etiquetas
  • Productos químicos
  • Sustancias peligrosas

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