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Documento DOUE-L-2026-80442

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/708 de la Comisión, de 24 de marzo de 2026, por el que se cancela la inscripción en el registro de la indicación geográfica Terre di Chieti (IGP).

Publicado en:
«DOUE» núm. 708, de 25 de marzo de 2026, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2026-80442

TEXTO ORIGINAL

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2026/708 DE LA COMISIÓN

de 24 de marzo de 2026

por el que se cancela la inscripción en el registro de la indicación geográfica (IGP) «Terre di Chieti»

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para productos agrícolas, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1308/2013, (UE) 2019/787 y (UE) 2019/1753, y se deroga el Reglamento (UE) n.o 1151/2012 (1), y en particular su artículo 25, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 15, apartado 4, del Reglamento (UE) 2024/1143, en relación con el artículo 25, apartado 4, del mismo Reglamento, se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la solicitud de cancelación de la inscripción en el registro de la indicación geográfica protegida (IGP) «Terre di Chieti» presentada por Italia el 23 de mayo de 2025 (2).

(2)

La Comisión no ha recibido ninguna declaración de oposición con arreglo al artículo 17 del Reglamento (UE) 2024/1143.

(3)

Procede, por tanto, cancelar la inscripción del nombre «Terre di Chieti» en el registro de indicaciones geográficas de la Unión.

(4)

La medida prevista en el presente Reglamento se ajusta al dictamen del Comité de la política de calidad de los productos agrícolas, los vinos y las bebidas espirituosas,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda cancelada la inscripción en el registro del nombre «Terre di Chieti» (IGP).

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 24 de marzo de 2026.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

(1)   DO L, 2024/1143, 23.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1143/oj.

(2)   DO C, C/2025/5108, 22.9.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/5108/oj.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Reglamento 2024/1143, de 11 de abril (Ref. DOUE-L-2024-80556).
Materias
  • Denominaciones de origen
  • Italia
  • Vinos

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