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Documento DOUE-L-2026-80385

Decisión (UE) 2026/643 del Consejo, de 23 de febrero de 2026, relativa a la firma del Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza sobre la transferencia de datos del registro de nombres de los pasajeros (PNR) para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de los delitos de terrorismo y de los delitos graves.

Publicado en:
«DOUE» núm. 643, de 17 de marzo de 2026, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2026-80385

TEXTO ORIGINAL

 

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 16, apartado 2, y su artículo 87, apartado 2, letra a), en relación con su artículo 218, apartado 5,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) El 4 de marzo de 2024, el Consejo autorizó a la Comisión a entablar negociaciones con la Confederación Suiza con miras a un acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza sobre la transferencia de datos del registro de nombres de los pasajeros (PNR) para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de los delitos de terrorismo y de los delitos graves (en lo sucesivo, «Acuerdo»). Las negociaciones concluyeron con éxito con la rúbrica del Acuerdo el 7 de octubre de 2025.

(2) El Acuerdo permite la transferencia de datos del PNR por parte de las compañías aéreas de la Unión a la Confederación Suiza respetando plenamente los derechos contemplados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en particular el derecho a la vida privada y familiar, reconocido en el artículo 7 de la Carta, y el derecho a la protección de datos de carácter personal, reconocido en su artículo 8. En particular, el Acuerdo ofrece salvaguardias adecuadas para la protección de los datos personales transferidos en el marco del mismo.

(3) El Acuerdo fomenta la cooperación policial y judicial entre las autoridades competentes de la Confederación Suiza y de los Estados miembros, así como Europol y Eurojust, con el objetivo de velar eficazmente por la seguridad interior en ausencia de controles fronterizos interiores dentro del espacio Schengen.

(4) De conformidad con el artículo 3 del Protocolo n.o 21 sobre la posición del Reino Unido y de Irlanda respecto del espacio de libertad, seguridad y justicia, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Irlanda ha notificado, mediante carta de 9 de febrero de 2026, su deseo de participar en la adopción y aplicación de la presente Decisión.

(5) De conformidad con los artículos 1 y 2 del Protocolo n.o 22 sobre la posición de Dinamarca, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Dinamarca no participa en la adopción de la presente Decisión y no queda vinculada por ella ni sujeta a su aplicación.

(6) El Supervisor Europeo de Protección de Datos, al que se consultó de conformidad con el artículo 42 del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), emitió su dictamen el 19 de diciembre de 2025 (2).

(7) Por lo tanto, procede firmar el Acuerdo.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se autoriza la firma del Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza sobre la transferencia de datos del registro de nombres de los pasajeros (PNR) para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de los delitos de terrorismo y de los delitos graves, a reserva de su celebración (3).

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 23 de febrero de 2026.

Por el Consejo

La Presidenta

M. PANAYIOTOU

(1)  Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (DO L 295 de 21.11.2018, p. 39, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2018/1725/oj).

(2)  Pendiente de publicación en el Diario Oficial.

(3)  El texto del Acuerdo se publicará junto con la Decisión relativa a su celebración.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
Materias
  • Acceso a la información
  • Acuerdos internacionales
  • Delitos
  • Libre circulación de personas
  • Protección de datos personales
  • Suiza
  • Terrorismo
  • Transportes aéreos
  • Unión Europea
  • Viajeros

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