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Documento DOUE-L-2026-80241

Decisión de Ejecución (UE) 2026/364 de la Comisión, de 19 de febrero de 2026, por la que se reconoce que el informe presentado por los Países Bajos de conformidad con el artículo 31, apartado 2, de la Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo contiene datos exactos a efectos de la medición de las emisiones de gases de efecto invernadero asociadas al cultivo de trigo de invierno, remolacha azucarera, maíz en grano y colza de invierno en ese Estado miembro.

Publicado en:
«DOUE» núm. 364, de 20 de febrero de 2026, páginas 1 a 4 (4 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2026-80241

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables (1), y en particular su artículo 31, apartado 4,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Directiva (UE) 2018/2001 exige que los biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa reduzcan de forma significativa las emisiones de gases de efecto invernadero en comparación con los combustibles fósiles para que puedan contabilizarse a efectos de la consecución de los objetivos establecidos en dicha Directiva. A tal fin, el artículo 29, apartado 10, de la Directiva establece umbrales específicos de reducción de emisiones respecto a esos combustibles, y su artículo 31 regula la manera de calcular la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero que resulta de su uso. Al realizar estos cálculos, es posible utilizar los valores por defecto establecidos en los anexos V y VI de la Directiva (UE) 2018/2001. En lugar de utilizar los valores por defecto de las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes del cultivo de materias primas agrícolas, también es posible utilizar valores típicos en determinadas condiciones. Los Estados miembros o terceros países pueden comunicar a la Comisión esos valores típicos, que representan el valor medio en una zona específica. Los valores típicos solo pueden utilizarse si la Comisión reconoce que son exactos.

(2)

De acuerdo con el artículo 31, apartado 2, de la Directiva (UE) 2018/2001, los Estados miembros pueden presentar a la Comisión informes que incluyan información sobre las emisiones típicas de gases de efecto invernadero procedentes del cultivo de materias primas agrícolas en las zonas de su territorio clasificadas en el nivel 2 en la nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS), o en un nivel NUTS más desagregado de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo (2).

(3)

El 2 de julio de 2025, los Países Bajos presentaron a la Comisión el informe final con datos para medir las emisiones de gases de efecto invernadero asociadas al cultivo de trigo de invierno, remolacha azucarera, maíz en grano y colza de invierno que se producen habitualmente en zonas de su territorio clasificadas en el nivel 2 de la NUTS. Los Países Bajos pidieron que esos datos se reconocieran como exactos de conformidad con el artículo 31, apartado 4, de la Directiva (UE) 2018/2001.

(4)

La Comisión evaluó el informe y constató que contiene datos exactos a los efectos de la medición de las emisiones de gases de efecto invernadero asociadas al cultivo de trigo de invierno, remolacha azucarera, maíz en grano y colza de invierno que se producen habitualmente en regiones NUTS 2 de los Países Bajos.

(5)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité sobre Sostenibilidad de los Biocarburantes, los Biolíquidos y los Combustibles de Biomasa.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El informe que presentaron los Países Bajos a la Comisión el 2 de julio de 2025 para su reconocimiento contiene datos exactos a los efectos de la medición de las emisiones de gases de efecto invernadero asociadas al cultivo de trigo de invierno, remolacha azucarera, maíz en grano y colza de invierno que se producen habitualmente en regiones NUTS 2 de los Países Bajos. El resumen de los datos del informe figura en el anexo.

Artículo 2

En caso de que los datos contenidos en el informe presentado el 2 de julio de 2025 a la Comisión para su reconocimiento sufran cambios que puedan afectar a su exactitud y, por tanto, a la base de la presente Decisión, los Países Bajos notificarán tales cambios inmediatamente a la Comisión. La Comisión evaluará los cambios notificados para determinar si el informe sigue proporcionando los datos exactos necesarios para su reconocimiento.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Dejará de aplicarse el 12 de marzo de 2031.

Hecho en Bruselas, el 19 de febrero de 2026.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

 

(1)   DO L 328 de 21.12.2018, p. 82, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2018/2001/oj.

(2)  Reglamento (CE) n.o 1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003, por el que se establece una nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS) (DO L 154 de 21.6.2003, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2003/1059/oj).

ANEXO
Emisiones de gases de efecto invernadero procedentes del cultivo de trigo de invierno en los Países Bajos (g de equivalente de CO2/kg de materia seca de trigo de invierno)

Código NUTS2

Región NUTS2 (2024)

N2O del suelo

Incorporadas

Consumo de combustible

Semillas

Total

Directas

Indirectas

Abonos

Neutralización

Plaguicidas

 

 

 

NL11

Groningen

169,3

35,2

81,3

15,7

5,1

62,6

6,89

376,1

NL12

Friesland

170,0

34,3

81,2

15,5

4,9

61,4

6,80

374,1

NL13

Drenthe

111,6

15,4

60,4

13,8

7,1

60,7

6,17

275,3

NL21

Overijssel

137,8

29,0

72,6

15,9

7,5

68,4

6,85

338,1

NL22

Gelderland

176,9

39,4

85,3

15,9

5,5

65,3

6,21

394,5

NL23

Flevoland

153,8

29,7

76,3

15,6

4,6

58,1

5,48

343,6

NL32

Noord-Holland

166,1

34,2

82,6

16,9

5,0

63,0

6,97

374,8

NL34

Zeeland

168,7

34,7

78,3

14,5

4,7

59,5

5,61

366,1

NL35

Utrecht

168,5

37,7

81,9

15,7

5,8

65,4

6,29

381,4

NL36

Zuid-Holland

154,2

30,0

76,7

15,7

4,6

58,3

5,49

345,0

NL41

Noord-Brabant

164,9

34,9

77,7

14,1

5,1

60,3

5,76

362,8

NL42

Limburg

132,6

22,6

59,7

10,9

6,2

57,0

5,70

294,7

Emisiones de gases de efecto invernadero procedentes del cultivo de remolacha azucarera en los Países Bajos (g de equivalente de CO2/kg de materia seca de remolacha azucarera)

Código NUTS2

Región NUTS2 (2024)

N2O del suelo

Incorporadas

Consumo de combustible

Semillas

Total

Directas

Indirectas

Abonos

Neutralización

Plaguicidas

NL11

Groningen

62,6

11,6

27,0

3,2

3,4

33,2

0,44

141,5

NL12

Friesland

52,9

7,7

22,0

4,2

2,9

31,7

0,41

121,9

NL13

Drenthe

73,3

16,7

32,6

2,3

4,0

34,4

0,46

163,8

NL21

Overijssel

71,7

16,1

19,3

2,2

3,9

34,1

0,45

147,8

NL22

Gelderland

60,5

10,8

20,5

3,8

3,3

33,9

0,44

133,4

NL23

Flevoland

43,8

5,4

16,0

3,6

2,4

26,8

0,35

98,4

NL32

Noord-Holland

48,7

6,7

20,2

3,7

2,7

28,9

0,38

111,3

NL34

Zeeland

49,7

7,2

18,1

4,1

2,7

30,2

0,39

112,6

NL35

Utrecht

58,8

9,9

20,7

4,2

3,2

34,1

0,45

131,3

NL36

Zuid-Holland

48,0

6,6

17,7

4,0

2,6

29,4

0,38

108,6

NL41

Noord-Brabant

56,7

9,5

16,4

2,4

3,2

30,9

0,41

119,7

NL42

Limburg

62,7

11,3

15,6

3,0

3,6

32,3

0,43

129,1

Emisiones de gases de efecto invernadero procedentes del cultivo de maíz en grano en los Países Bajos (g de equivalente de CO2/kg de materia seca de maíz en grano)

Código NUTS2

Región NUTS2 (2024)

N2O del suelo

Incorporadas

Consumo de combustible

Semillas

Total

Directas

Indirectas

Abonos

Neutralización

Plaguicidas

NL11

Groningen

168,6

29,5

46,4

4,9

2,0

69,7

1,17

322,3

NL12

Friesland

189,1

36,5

53,6

4,8

2,2

77,1

1,30

364,6

NL13

Drenthe

167,8

29,7

44,5

5,6

2,0

70,5

1,19

321,3

NL21

Overijssel

154,4

24,5

41,4

4,5

1,9

64,6

1,09

292,4

NL22

Gelderland

170,9

30,9

49,8

7,0

2,0

69,2

1,16

331,0

NL23

Flevoland

190,4

31,7

62,6

7,5

2,1

71,3

1,20

366,7

NL32

Noord-Holland

176,4

28,8

56,2

6,2

1,9

67,4

1,13

338,0

NL34

Zeeland

179,5

31,2

56,6

6,1

2,0

68,9

1,16

345,5

NL35

Utrecht

165,5

28,4

48,5

3,8

1,9

66,6

1,12

315,8

NL36

Zuid-Holland

182,6

29,6

60,2

7,2

2,0

68,4

1,15

351,1

NL41

Noord-Brabant

147,7

19,7

35,4

7,9

1,9

64,9

1,09

278,6

NL42

Limburg

179,0

31,6

47,2

8,1

2,2

75,9

1,28

345,1

Emisiones de gases de efecto invernadero procedentes del cultivo de colza de invierno en los Países Bajos (g de equivalente de CO2/kg de materia seca de colza de invierno)

Código NUTS2

Región NUTS2 (2024)

N2O del suelo

Incorporadas

Consumo de combustible

Semillas

Total

Directas

Indirectas

Abonos

Neutralización

Plaguicidas

NL11

Groningen

288,3

55,5

152,1

37,8

5,7

129,9

0,68

670,0

NL12

Friesland

276,5

49,0

146,2

36,4

5,4

124,5

0,65

638,5

NL13

Drenthe

274,3

66,8

139,9

34,2

5,7

130,0

0,68

651,5

NL21

Overijssel

327,6

95,1

168,5

41,2

6,7

152,8

0,81

792,8

NL22

Gelderland

367,2

98,9

195,7

47,6

7,3

165,7

0,88

883,3

NL23

Flevoland

367,9

86,6

193,1

48,4

7,2

163,3

0,87

867,4

NL32

Noord-Holland

386,9

92,7

203,5

50,9

7,6

171,4

0,91

913,9

NL34

Zeeland

370,5

89,2

195,0

48,8

7,3

164,4

0,87

876,0

NL35

Utrecht

397,5

98,5

213,6

52,3

7,8

176,0

0,94

946,6

NL36

Zuid-Holland

382,9

92,7

201,6

50,4

7,5

169,6

0,90

905,7

NL41

Noord-Brabant

297,5

67,0

153,6

36,8

6,2

141,4

0,74

703,3

NL42

Limburg

273,9

58,1

134,2

31,6

6,1

138,5

0,73

643,1

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la Directiva 2018/2001, de 11 de diciembre (Ref. DOUE-L-2018-82107).
Materias
  • Agricultura
  • Carburantes y combustibles
  • Contaminación atmosférica
  • Países Bajos
  • Política energética
  • Políticas de medio ambiente

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