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Documento DOUE-L-2026-80198

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1044 de la Comisión, de 27 de marzo de 2024, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403 por lo que respecta a los modelos de certificados zoosanitarios y los modelos de certificados zoosanitarios-oficiales para los desplazamientos entre Estados miembros de las partidas de determinadas categorías de animales terrestres y sus productos reproductivos.

Publicado en:
«DOUE» núm. 90121, de 16 de febrero de 2026, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2026-80198

TEXTO ORIGINAL

En la página 396, en el anexo, en la modificación del capítulo 63, parte II, punto II.1.6, primera y segunda alternativa, del anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403:

donde dice:

«(3)o bien

[al establecimiento de confinamiento indicado en la casilla I.20;]

(3)o

[al establecimiento indicado en la casilla I.20, donde estos animales se mantienen en cautividad como animales de peletería según se definen en el punto 1 del anexo I del Reglamento (UE) n.o 142/2011 de la Comisión.]]»,

debe decir:

«(3)o bien

[al establecimiento de confinamiento indicado en la casilla I.12;]

(3)o

[al establecimiento indicado en la casilla I.12, donde estos animales se mantienen en cautividad como animales de peletería según se definen en el punto 1 del anexo I del Reglamento (UE) n.o 142/2011 de la Comisión.]]».

En la página 397, en el anexo, en la modificación del capítulo 63, parte II, punto II.1.7, tercera alternativa, primera y segunda alternativa, del anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403:

donde dice:

«(3)o bien

[al establecimiento de confinamiento indicado en la casilla I.20.]]]

(3)o

[al establecimiento indicado en la casilla I.20, donde estos animales se mantienen en cautividad como animales de peletería según se definen en el punto 1 del anexo I del Reglamento (UE) n.o 142/2011 de la Comisión.]]]»,

debe decir:

«(3)o bien

[al establecimiento de confinamiento indicado en la casilla I.12.]]]

(3)o

[al establecimiento indicado en la casilla I.12, donde estos animales se mantienen en cautividad como animales de peletería según se definen en el punto 1 del anexo I del Reglamento (UE) n.o 142/2011 de la Comisión.]]]».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2024/1044, de 27 de marzo (Ref. DOUE-L-2024-80584).
  • CORRIGE errores del Reglamento 2021/403, de 24 de marzo (Ref. DOUE-L-2021-80145).
Materias
  • Animales
  • Certificado sanitario
  • Enfermedad animal
  • Peletería
  • Reproducción animal
  • Sanidad veterinaria

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