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Documento DOUE-L-2026-80191

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) nº 1305/2013 y (UE) nº 1307/2013.

Publicado en:
«DOUE» núm. 90119, de 13 de febrero de 2026, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2026-80191

TEXTO ORIGINAL

 

1) En la página 103, en el artículo 128, apartado 1:

donde dice:

«1.   Bajo la responsabilidad compartida de los Estados miembros y de la Comisión se elaborará un marco de rendimiento. El marco de rendimiento permitirá la presentación de informes, el seguimiento y la evaluación del rendimiento del plan estratégico de la PAC durante su aplicación.»

,

debe decir:

«1.   Bajo la responsabilidad compartida de los Estados miembros y de la Comisión se elaborará un marco de rendimiento. El marco de rendimiento permitirá la presentación de información, el seguimiento y la evaluación del rendimiento del plan estratégico de la PAC durante su aplicación.».

2) En la página 103, en el artículo 128, apartado 2, letra a):

donde dice:

«a)

un conjunto de indicadores comunes de realización, resultados, impacto y de contexto, a que se refiere el artículo 7, que se utilizará como base para el seguimiento, la evaluación y la elaboración del informe anual del rendimiento;»,

debe decir:

«a)

un conjunto de indicadores comunes de realización, resultados, impacto y de contexto, a que se refiere el artículo 7, que se utilizará como base para el seguimiento, la evaluación y la presentación de la información anual del rendimiento;».

3) En la página 104, en el artículo 128, apartado 2, letra d):

donde dice:

«d)

la presentación periódica de informes del rendimiento y las actividades de seguimiento y evaluación»,

debe decir:

«d)

la presentación periódica de información del rendimiento y las actividades de seguimiento y evaluación».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2021/2115, de 2 de diciembre (Ref. DOUE-L-2021-81699).
Materias
  • Agricultura
  • Ayudas
  • Financiación comunitaria
  • Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
  • Fondo Europeo Agrícola de Garantía
  • Ganadería
  • Política Agrícola Común

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