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Documento DOUE-L-2026-80058

Decisión (UE) 2026/125 del Consejo, de 8 de diciembre de 2025, relativa a la celebración del Acuerdo sobre Comercio Digital entre la Unión Europea y la República de Singapur.

Publicado en:
«DOUE» núm. 125, de 20 de enero de 2026, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2026-80058

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 207, apartado 4, párrafo primero, en relación con su artículo 218, apartado 6, letra a),

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Vista la aprobación del Parlamento Europeo,

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con la Decisión (UE) 2025/798 (1), el Acuerdo sobre Comercio Digital entre la Unión Europea y la República de Singapur (en lo sucesivo, «Acuerdo») se firmó el 7 de mayo de 2025, a reserva de su celebración en una fecha posterior.

(2) Procede aprobar el Acuerdo en nombre de la Unión Europea.

(3) El Supervisor Europeo de Protección de Datos, al que se consultó de conformidad con el artículo 42, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), emitió su dictamen el 21 de marzo de 2025.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Unión, el Acuerdo sobre Comercio Digital entre la Unión Europea y la República de Singapur (3).

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción (4).

Hecho en Bruselas, el 8 de diciembre de 2025.

Por el Consejo

El Presidente

R. STOKLUND

 

(1)  Decisión (UE) 2025/798 del Consejo, de 14 de abril de 2025, relativa a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo sobre Comercio Digital entre la Unión Europea y la República de Singapur (DO L, 2025/798, 25.4.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2025/798/oj).

(2)  Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (DO L 295 de 21.11.2018, p. 39, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2018/1725/oj).

(3)   DO L, 2026/126, 20.1.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/agree_internation/2026/126/oj.

(4)  La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Acuerdo.

ANÁLISIS

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  • Acuerdos internacionales
  • Comercio electrónico
  • Singapur

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