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Documento DOUE-L-2025-81817

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2019/817 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2019, relativo al establecimiento de un marco para la interoperabilidad de los sistemas de información de la UE en el ámbito de las fronteras y los visados y por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 767/2008, (UE) 2016/399, (UE) 2017/2226, (UE) 2018/1240, (UE) 2018/1726 y (UE) 2018/1861 del Parlamento Europeo y del Consejo, y las Decisiones 2004/512/CE y 2008/633/JAI del Consejo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 90960, de 27 de noviembre de 2025, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2025-81817

TEXTO ORIGINAL

En la página 46, en el artículo 18, apartado 1, letra c):

donde dice:

«c) los datos a que se refiere el artículo 17, apartado 2, letras a), a e), del Reglamento (UE) n.o  2018/1240;»,

debe decir:

«c) los datos a que se refiere el artículo 17, apartado 2, letras a) y b) a e), del Reglamento (UE) n.o  2018/1240;».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2019/817, de 20 de mayo (Ref. DOUE-L-2019-80852).
Materias
  • Cooperación judicial internacional
  • Ficheros con datos personales
  • Fronteras
  • Libre circulación de personas
  • Redes de telecomunicación
  • Registros telemáticos
  • Unión Europea

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