EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2019/1890 del Consejo, de 11 de noviembre de 2019, relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de las actividades de perforación no autorizadas de Turquía en el Mediterráneo oriental (1), y en particular su artículo 12, apartado 4,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 11 de noviembre de 2019, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2019/1890. |
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(2) |
El 24 de noviembre de 2025, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2025/2395 (2), que modifica la Decisión (PESC) 2019/1894 del Consejo (3) por la que se prorrogan sus medidas restrictivas hasta el 30 de noviembre de 2026, con una lista vacía. |
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(3) |
Procede modificar el anexo I del Reglamento (UE) 2019/1890 en consecuencia. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
El anexo I del Reglamento (UE) 2019/1890 se sustituye por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 24 de noviembre de 2025.
Por el Consejo
El Presidente
L. LØKKE RASMUSSEN
(1) DO L 291 de 12.11.2019, p. 3, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2019/1890/oj.
(2) Decisión (PESC) 2025/2395, de 24 de noviembre de 2025, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2019/1894 relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de las actividades de perforación no autorizadas de Turquía en el Mediterráneo oriental (DO L, 2025/2395, 25.11.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2025/2395/oj).
(3) Decisión (PESC) 2019/1894 del Consejo, de 11 de noviembre de 2019, relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de las actividades de perforación no autorizadas de Turquía en el Mediterráneo oriental (DO L 291 de 12.11.2019, p. 47, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2019/1894/oj).
LISTA DE PERSONAS FÍSICAS Y JURÍDICAS, ENTIDADES Y ORGANISMOS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 2».
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