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Documento DOUE-L-2025-81788

Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2396 del Consejo, de 24 de noviembre de 2025, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2019/1890 relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de las actividades de perforación no autorizadas de Turquía en el Mediterráneo oriental.

Publicado en:
«DOUE» núm. 2396, de 25 de noviembre de 2025, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2025-81788

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2019/1890 del Consejo, de 11 de noviembre de 2019, relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de las actividades de perforación no autorizadas de Turquía en el Mediterráneo oriental (1), y en particular su artículo 12, apartado 4,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 11 de noviembre de 2019, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2019/1890.

(2)

El 24 de noviembre de 2025, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2025/2395 (2), que modifica la Decisión (PESC) 2019/1894 del Consejo (3) por la que se prorrogan sus medidas restrictivas hasta el 30 de noviembre de 2026, con una lista vacía.

(3)

Procede modificar el anexo I del Reglamento (UE) 2019/1890 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (UE) 2019/1890 se sustituye por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 24 de noviembre de 2025.

Por el Consejo

El Presidente

L. LØKKE RASMUSSEN

 

(1)   DO L 291 de 12.11.2019, p. 3, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2019/1890/oj.

(2)  Decisión (PESC) 2025/2395, de 24 de noviembre de 2025, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2019/1894 relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de las actividades de perforación no autorizadas de Turquía en el Mediterráneo oriental (DO L, 2025/2395, 25.11.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2025/2395/oj).

(3)  Decisión (PESC) 2019/1894 del Consejo, de 11 de noviembre de 2019, relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de las actividades de perforación no autorizadas de Turquía en el Mediterráneo oriental (DO L 291 de 12.11.2019, p. 47, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2019/1894/oj).

ANEXO
«ANEXO I

LISTA DE PERSONAS FÍSICAS Y JURÍDICAS, ENTIDADES Y ORGANISMOS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 2».

 

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Reglamento 2019/1890, de 11 de noviembre (Ref. DOUE-L-2019-81754).
Materias
  • Chipre
  • Cuentas bloqueadas
  • Hidrocarburos
  • Mediterráneo
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones
  • Sondeos
  • Turquía

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