DECISIÓN (UE) 2025/2325 DEL CONSEJO
de 10 de octubre de 2025
relativa a la firma, en nombre de la Unión, y a la aplicación provisional del Protocolo modificativo del Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza relativo al intercambio automático de información sobre cuentas financieras para mejorar el cumplimiento fiscal internacional
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular sus artículos 113 y 115, en relación con su artículo 218, apartado 5 y apartado 8, párrafo segundo,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza relativo al intercambio automático de información sobre cuentas financieras para mejorar el cumplimiento fiscal internacional (1) (en lo sucesivo, «Acuerdo») ha reforzado la asistencia mutua en materia fiscal entre las Partes contratantes y ha mejorado el cumplimiento fiscal a escala internacional. |
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(2) |
El 26 de agosto de 2022 se aprobaron a escala internacional cambios importantes en el Estándar Común de Comunicación de Información (ECCI) de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos y se incorporaron al Derecho de la Unión mediante la Directiva (UE) 2023/2226 del Consejo (2), por la que se modificó la Directiva 2011/16/UE del Consejo (3). |
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(3) |
El 21 de mayo de 2024, el Consejo autorizó a la Comisión a entablar negociaciones con la Confederación Suiza (en lo sucesivo, «Suiza») para modificar el Acuerdo a fin de reflejar los cambios en el ECCI aprobados a escala internacional. Las negociaciones concluyeron con éxito con la rúbrica del Protocolo modificativo del Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza relativo al intercambio automático de información sobre cuentas financieras para mejorar el cumplimiento fiscal internacional (en lo sucesivo, «Protocolo modificativo»). |
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(4) |
El Protocolo modificativo amplía el ámbito de aplicación de la comunicación de información del ECCI para incluir nuevos productos financieros digitales, como los productos de dinero electrónico específicos y las monedas digitales de los bancos centrales, al mismo tiempo que introduce requisitos de comunicación de información más detallados y procedimientos reforzados de diligencia debida. También introduce disposiciones sobre la asistencia mutua en la recaudación de impuestos directos e indirectos entre la Unión y Suiza y actualiza las referencias a la legislación en materia de protección de datos de las Partes contratantes. |
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(5) |
Por lo tanto, procede firmar el Protocolo modificativo en nombre de la Unión. |
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(6) |
A fin de garantizar que los cambios en el ECCI se apliquen a partir del 1 de enero de 2026 en consonancia y reciprocidad con la norma mundial y el Derecho correspondiente de la Unión, así como de facilitar el inicio de los trabajos del Comité Mixto, procede aplicar de forma provisional las modificaciones establecidas en el Protocolo modificativo relativas a determinados artículos y anexos del Acuerdo y declaraciones. |
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(7) |
Se ha consultado al Supervisor Europeo de Protección de Datos, de conformidad con el artículo 42, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (4). |
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(8) |
La Decisión 2000/518/CE de la Comisión (5) declaró que para todas las actividades cubiertas por la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (6) se considerará que Suiza garantiza un nivel adecuado de protección de los datos personales transferidos desde la Unión. El Informe de la Comisión de 15 de enero de 2024 al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la primera revisión del funcionamiento de las decisiones de adecuación adoptadas con arreglo al artículo 25, apartado 6, de la Directiva 95/46/CE confirma que Suiza sigue garantizando un nivel de protección adecuado para los datos personales transferidos desde la Unión. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Se autoriza, en nombre de la Unión, la firma del Protocolo modificativo del Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza relativo al intercambio automático de información sobre cuentas financieras para mejorar el cumplimiento fiscal internacional, a reserva de la celebración de dicho Protocolo modificativo (7).
Artículo 2
Las modificaciones establecidas en el artículo 1 del Protocolo modificativo relativas a los siguientes artículos del Acuerdo, anexos del Acuerdo y declaraciones se aplicarán de forma provisional, de conformidad con el artículo 2, apartado 2, del Protocolo modificativo, a partir del 1 de enero de 2026, a la espera de su entrada en vigor:
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artículo 1, apartado 1, letras m) y u); |
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artículo 2; |
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artículo 3; |
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artículo 4 septdecies; |
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anexo I; |
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anexo III; |
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las Declaraciones conjuntas de las Partes contratantes. |
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Luxemburgo, el 10 de octubre de 2025.
Por el Consejo
La Presidenta
S. LOSE
(1) DO L 385 de 29.12.2004, p. 30, ELI: http://data.europa.eu/eli/agree_internation/2004/911/oj).
(2) Directiva (UE) 2023/2226 del Consejo, de 17 de octubre de 2023, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad (DO L, 2023/2226, 24.10.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2023/2226/oj).
(3) Directiva 2011/16/UE del Consejo, de 15 de febrero de 2011, relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad y por la que se deroga la Directiva 77/799/CEE (DO L 64 de 11.3.2011, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2011/16/oj).
(4) Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (DO L 295 de 21.11.2018, p. 39, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2018/1725/oj).
(5) Decisión de la Comisión 2000/518 CE, de 26 de julio de 2000, con arreglo a la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al nivel de protección adecuado de los datos personales en Suiza (DO L 215 de 25.8.2000, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2000/518/oj).
(6) Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (DO L 281 de 23.11.1995, p. 31, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/1995/46/oj).
(7) El texto del Protocolo modificativo está publicado en el DO L, 2025/2326, 20.11.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/agree_prot/2025/2326/oj.
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