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Documento DOUE-L-2025-81564

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1901 de la Comisión, de 22 de septiembre de 2025, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido glioxílico originarias de la República Popular China.

Publicado en:
«DOUE» núm. 90839, de 24 de octubre de 2025, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2025-81564

TEXTO ORIGINAL

 

En la página 26, en el considerando 195:

donde dice:

«(195) Sobre esta base, la Comisión concluyó que en el presente caso se cumplen las condiciones que dispone el artículo 10, apartado 4, del Reglamento de base para la aplicación retroactiva del derecho antidumping definitivo.»,

debe decir:

«(195) Sobre esta base, la Comisión concluyó que en el presente caso no se cumplen las condiciones que dispone el artículo 10, apartado 4, del Reglamento de base para la aplicación retroactiva del derecho antidumping definitivo.».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2025/1901, de 22 de septiembre (Ref. DOUE-L-2025-81389).
Materias
  • China
  • Derechos antidumping
  • Importaciones
  • Productos químicos

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