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Documento DOUE-L-2025-81518

Decisión (UE) 2025/2129 del Consejo, de 10 de octubre de 2025, relativa a la celebración del Acuerdo de Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la Confederación Suiza, por otra, sobre los Programas Europeos de Navegación por Satélite.

Publicado en:
«DOUE» núm. 2129, de 17 de octubre de 2025, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2025-81518

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 189, leído en relación con su artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a),

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Vista la aprobación del Parlamento Europeo (1),

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con la Decisión 2014/20/UE del Consejo (2), el Acuerdo de Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la Confederación Suiza, por otra, sobre los Programas Europeos de Navegación por Satélite (en lo sucesivo, «Acuerdo») se firmó el 18 de diciembre de 2013, a reserva de su celebración en una fecha posterior: Los elementos que son competencia de la Unión aplican provisionalmente desde el 1 de enero de 2014 a la espera de la entrada en vigor del Acuerdo.

(2)

El Acuerdo permite a Suiza participar en los Programas Europeos de Navegación por Satélite. A cambio, Suiza contribuirá a financiar dichos programas.

(3)

 

 

(4)

El Programa Espacial de la Unión se creó mediante el Reglamento (UE) 2021/696 del Parlamento Europeo y del Consejo (3). Los sistemas mundiales de navegación por satélite (GNSS, por sus siglas en inglés) europeos son componentes del Programa Espacial de la Unión.

 

Procede aprobar el Acuerdo en nombre de la Unión Europea.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Unión, el Acuerdo de Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la Confederación Suiza, por otra, sobre los Programas Europeos de Navegación por Satélite (en lo sucesivo, «Acuerdo»).

Artículo 2

El Consejo, a partir de una propuesta de la Comisión, decidirá qué posición debe adoptar la Unión en el Comité Mixto y en los grupos contemplados en el artículo 20, apartado 4, del Acuerdo.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Luxemburgo, el 10 de octubre de 2025.

Por el Consejo

La Presidenta

S. LOSE

 

(1)  Aprobación de 10 de septiembre de 2025 (pendiente de publicación en el Diario Oficial).

(2)  Decisión 2014/20/UE del Consejo, de 23 de septiembre de 2013, relativa a la firma, en nombre de la Unión, y a la aplicación provisional del Acuerdo de Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la Confederación Suiza, por otra, sobre los Programas Europeos de Navegación por satélite (DO L 15 de 20.1.2014, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2014/20(1)/oj).

(3)  Reglamento (UE) 2021/696 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de abril de 2021, por el que se crean el Programa Espacial de la Unión y la Agencia de la Unión Europea para el Programa Espacial y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.o 912/2010, (UE) n.o 1285/2013 y (UE) n.o 377/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE (DO L 170 de 12.5.2021, p. 69, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2021/696/oj).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • EN RELACIÓN con la Decisión 2014/20, de 23 de septiembre de 2013 (Ref. DOUE-L-2014-80065).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Programas
  • Satélites artificiales
  • Suiza
  • Telecomunicaciones por satélite
  • Unión Europea

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