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Documento DOUE-L-2025-81273

Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 593/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales (Roma I).

Publicado en:
«DOUE» núm. 90663, de 21 de agosto de 2025, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2025-81273

TEXTO ORIGINAL

1) En la página 13, artículo 8, apartado 1, segunda frase:

donde dice:

«No obstante, dicha elección no podrá tener por resultado el privar al trabajador de la protección que le aseguren las disposiciones que no pueden excluirse mediante acuerdo en virtud de la ley que, a falta de elección, habrían sido aplicables en virtud de los apartados 2, 3 y 4 del presente artículo.»

,

debe decir:

«No obstante, dicha elección no podrá tener por resultado el privar al trabajador de la protección que le aseguren las disposiciones que no pueden excluirse mediante acuerdo en virtud de la ley que, a falta de elección, habría sido aplicable con arreglo a los apartados 2, 3 y 4 del presente artículo.».

2) En la página 13, artículo 8, apartado 3:

donde dice:

«Cuando no pueda determinarse, en virtud del apartado 2, la ley aplicable, el contrato se regirá por la ley del país donde esté situado el establecimiento a través del cual haya sido contratado el trabajador.»

,

debe decir:

«Cuando no pueda determinarse, con arreglo al apartado 2, la ley aplicable, el contrato se regirá por la ley del país donde esté situado el establecimiento a través del cual haya sido contratado el trabajador.».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 593/2008, de 17 de junio (Ref. DOUE-L-2008-81325).
Materias
  • Contratos de trabajo
  • Trabajadores
  • Unión Europea

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