En la página 2, en el artículo 2, párrafo segundo,
donde dice:
«El presente Reglamento será aplicable a partir del 19 de diciembre de 2025.»
debe decir:
«El presente Reglamento será aplicable a partir del 19 de noviembre de 2025.»
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid