1. |
En la página 14, en el artículo 1, punto 10, letra b): |
donde dice: |
«3 bis octies. Con respecto a los productos clasificados en los códigos NC enumerados en el anexo XXIII quater, las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2 no se aplicarán a la ejecución hasta el 26 de mayo de 2025 de los contratos celebrados antes del 25 de febrero de 2025, ni de los contratos accesorios necesarios para la ejecución de dichos contratos.» , |
debe decir: |
«3 bis octies. Con respecto a los productos clasificados en los códigos NC enumerados en el anexo XXIII quinquies, las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2 no se aplicarán a la ejecución hasta el 26 de mayo de 2025 de los contratos celebrados antes del 25 de febrero de 2025, ni de los contratos accesorios necesarios para la ejecución de dichos contratos.». |
2. |
En la página 345, en el anexo VIII, [título del anexo que se añade al Reglamento (UE) n.o 833/2014]: |
donde dice: |
«Se añade el anexo siguiente al Reglamento (UE) n.o 833/2014: “ ANEXO XXIII QUINQUIES Lista de productos y tecnología a que se refiere el artículo 3 duodecies, apartado 3 bis octies ” », |
debe decir: |
«Se añade el anexo siguiente al Reglamento (UE) n.o 833/2014: “ ANEXO XXIII QUATER Lista de productos y tecnología a que se refiere el artículo 3 duodecies, apartado 3 bis octies ” ». |
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