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LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
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El Reglamento (CE) n.o 1831/2003 establece la autorización de aditivos para su uso en la alimentación animal, así como los motivos y los procedimientos para conceder dicha autorización.
Se presentó una solicitud de autorización de un preparado de Lactiplantibacillus plantarum NCIMB 30094 con arreglo al artículo 7 del Reglamento (CE) n.o 1831/2003. La solicitud iba acompañada de la información y la documentación exigidas en el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1831/2003.
La solicitud se refiere a la autorización del preparado de Lactiplantibacillus plantarum NCIMB 30094 como aditivo para piensos destinado a todas las especies animales y en ella se pide que dicho aditivo se clasifique en la categoría de «aditivos tecnológicos» y en el grupo funcional «aditivos para ensilaje». |
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En su dictamen de 26 de noviembre de 2024 (2), la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad») concluyó que el uso de Lactiplantibacillus plantarum NCIMB 30094 no plantea ningún problema de seguridad para las especies objetivo, los consumidores ni el medio ambiente. También concluyó que el aditivo no es irritante cutáneo, pero que es irritante ocular, debe considerarse un posible sensibilizante cutáneo y respiratorio, y cualquier exposición a través de la piel y las vías respiratorias se considera un riesgo. La Autoridad también llegó a la conclusión de que el Lactiplantibacillus plantarum NCIMB 30094 es eficaz como aditivo para ensilaje en las condiciones de uso propuestas. La Autoridad verificó asimismo el informe sobre el método de análisis del aditivo en los piensos que presentó el laboratorio de referencia establecido en el Reglamento (CE) n.o 1831/2003. |
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En vista de lo anterior, la Comisión considera que el preparado de Lactiplantibacillus plantarum NCIMB 30094 cumple los requisitos establecidos en el artículo 5 del Reglamento (CE) n.o 1831/2003. En consecuencia, debe autorizarse la utilización de este preparado. Además, la Comisión considera que deben tomarse medidas de protección adecuadas para evitar efectos adversos en la salud de los usuarios del aditivo.
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Autorización
Se autoriza el uso como aditivo en la alimentación animal del preparado especificado en el anexo, perteneciente a la categoría de «aditivos tecnológicos» y al grupo funcional «aditivos para ensilaje», en las condiciones que se establecen en dicho anexo.
Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 28 de julio de 2025.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 268 de 18.10.2003, p. 29, ELI: https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2003/1831/oj.
(2) EFSA Journal, 23(1), e9144. https://doi.org/10.2903/j.efsa.2025.9144.
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Número de identificación del aditivo para piensos |
Aditivo |
Composición, fórmula química, descripción y método analítico |
Especie animal o categoría de animales |
Edad máxima |
Contenido mínimo |
Contenido máximo |
Otras disposiciones |
Fin del período de autorización |
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UFC/kg de material fresco |
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Categoría: aditivos tecnológicos. Grupo funcional: aditivos para ensilaje |
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1k20723 |
Lactiplantibacillus plantarum NCIMB 30094 |
Composición del aditivo Preparado de Lactiplantibacillus plantarum NCIMB 30094 con un contenido mínimo de 5 × 1010 UFC/g de aditivo Forma sólida --------------------------------- Caracterización de la sustancia activa Células viables de Lactiplantibacillus plantarum NCIMB 30094 ---------------------------------- Método analítico (1) Análisis cualitativo de Lactiplantibacillus plantarum NCIMB 30094:
Análisis cuantitativo de Lactiplantibacillus plantarum NCIMB 30094:
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Todas las especies animales |
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18 de agosto de 2035 |
(1) Puede consultarse información detallada sobre los métodos analíticos en la siguiente dirección del laboratorio de referencia: https://joint-research-centre.ec.europa.eu/eurl-fa-eurl-feed-additives/eurl-fa-authorisation/eurl-fa-evaluation-reports_es.
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