REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2025/1446 DE LA COMISIÓN
de 14 de julio de 2025
por el que se suspenden determinadas medidas de reequilibrio comercial relativas a determinados productos originarios de los Estados Unidos impuestas por el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/778 y por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2882
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 654/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, sobre el ejercicio de los derechos de la Unión para aplicar y hacer cumplir las normas comerciales internacionales y por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 3286/94 del Consejo por el que se establecen procedimientos comunitarios en el ámbito de la política comercial común con objeto de asegurar el ejercicio de los derechos de la Comunidad en virtud de las normas comerciales internacionales, particularmente las establecidas bajo los auspicios de la Organización Mundial del Comercio (1), y en particular su artículo 7, apartados 3 y 4,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 20 de junio de 2018, la Comisión adoptó el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/886 (2), que prevé la aplicación de derechos de aduana adicionales a las importaciones en la Unión de productos específicos originarios de los Estados Unidos de América («los Estados Unidos»). |
(2) |
El 7 de abril de 2020, la Comisión adoptó el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/502 (3), que prevé la aplicación de derechos de aduana adicionales a las importaciones en la Unión de otros productos específicos originarios de los Estados Unidos. |
(3) |
Los derechos de aduana adicionales impuestos por los Reglamentos de Ejecución (UE) 2018/886 y (UE) 2020/502 tenían por objeto contrarrestar las medidas de salvaguardia en forma de derechos de aduana adicionales que los Estados Unidos habían introducido, sobre la base del artículo 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962 de los Estados Unidos, sobre las importaciones de productos específicos de acero y aluminio originarios de la Unión, con efecto a partir del 1 de junio de 2018, y sobre las importaciones de productos derivados del acero y el aluminio originarios de la Unión, con efecto a partir del 8 de febrero de 2020. |
(4) |
El 18 de diciembre de 2023, la Comisión adoptó el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2882 (4), que suspendió, hasta el 31 de marzo de 2025, la aplicación de los derechos ad valorem adicionales impuestos por los Reglamentos de Ejecución (UE) 2018/886 y (UE) 2020/502. |
(5) |
El 10 de febrero de 2025, los Estados Unidos reintrodujeron sus medidas de salvaguardia en forma de derechos de aduana adicionales sobre las importaciones de productos de acero y aluminio y de productos derivados del acero y el aluminio originarios, entre otros, de la Unión, en los niveles iniciales del 25 % y del 10 % ad valorem, respectivamente, con efecto a partir del 12 de marzo de 2025, por un período ilimitado (5). |
(6) |
El 31 de marzo de 2025, la Comisión adoptó el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/664 (6), que suspendió, hasta el 14 de abril de 2025, la aplicación de los derechos de aduana adicionales impuestos por los Reglamentos de Ejecución (UE) 2018/886 y (UE) 2020/502, y modificó el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2882 en consecuencia. |
(7) |
El 2 de abril de 2025, los Estados Unidos introdujeron derechos de importación adicionales sobre una amplia variedad de productos en el marco de su denominada «política arancelaria recíproca», incluidos productos procedentes de la Unión, del modo que se detalla a continuación:
|
(8) |
El 14 de abril de 2025, la Comisión adoptó el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/778 (8), que establece la aplicación de derechos de aduana adicionales a las importaciones en la Unión de otros productos específicos originarios de los Estados Unidos y la modificación de determinados derechos de aduana adicionales impuestos por el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/886. |
(9) |
El 14 de abril de 2025, la Comisión adoptó el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/786 (9), mediante el cual se suspendió del 15 de abril al 14 de julio de 2025 la aplicación de los derechos de aduana adicionales impuestos por los Reglamentos de Ejecución (UE) 2025/778, (UE) 2018/886 y (UE) 2020/502, y modificó el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2882 en consecuencia. |
(10) |
El 7 de julio de 2025, los Estados Unidos prorrogaron la suspensión del derecho de importación del 20 % ad valorem sobre las importaciones de la Unión desde el 9 de julio hasta el 1 de agosto de 2025. |
(11) |
A la luz de los recientes acontecimientos, como los que se describen en el considerando 10, y de la evolución general de las relaciones comerciales entre la Unión y los Estados Unidos, la Unión debe calibrar sus medidas de respuesta y garantizar que existan oportunidades de cooperación con los Estados Unidos, también con vistas a resolver la controversia sobre los respectivos aranceles. |
(12) |
Por consiguiente, la aplicación de los derechos de aduana adicionales impuestos por los Reglamentos de Ejecución (UE) 2025/778, (UE) 2018/886 y (UE) 2020/502 debe suspenderse hasta el 6 de agosto de 2025. En consecuencia, deben suspenderse las partes pertinentes del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/778 y debe modificarse el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2882. |
(13) |
La Comisión debe someter a revisión la suspensión en función de cómo evolucionen las relaciones comerciales con los Estados Unidos, y puede adoptar nuevas medidas, entre ellas, acortar el período de suspensión. |
(14) |
Teniendo en cuenta las razones imperiosas de urgencia justificadas por la necesidad de suspender la aplicación inminente de las medidas de reequilibrio pertinentes a fin de hacer posibles oportunidades efectivas de alcanzar los objetivos descritos en el considerando 11, las disposiciones del presente Reglamento deben aplicarse inmediatamente. Por las mismas razones, las disposiciones del presente Reglamento deben entrar en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. |
(15) |
El presente Reglamento se entiende sin perjuicio de la posición de la Unión al considerar que las medidas de salvaguardia de los Estados Unidos son incompatibles con el Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial del Comercio. |
(16) |
De conformidad con el artículo 8 del Reglamento (UE) n.o 182/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (10), a más tardar catorce días después de su adopción, la Comisión debe presentar el presente Reglamento al Comité de Obstáculos Técnicos al Comercio para que emita su dictamen. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
La aplicación de los artículos 2 y 3 del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/778 quedará suspendida hasta el 6 de agosto de 2025.
Artículo 2
El Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2882 se modifica como sigue:
1) |
En el artículo 1, se sustituye «14 de julio de 2025» por «6 de agosto de 2025». |
2) |
En el artículo 2, se sustituye «14 de julio de 2025» por «6 de agosto de 2025». |
Artículo 3
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 14 de julio de 2025.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 189 de 27.6.2014, p. 50, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2014/654/oj.
(2) Reglamento de Ejecución (UE) 2018/886 de la Comisión, de 20 de junio de 2018, sobre determinadas medidas de política comercial relativas a determinados productos originarios de los Estados Unidos de América y por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/724 (DO L 158 de 21.6.2018, p. 5, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2018/886/oj).
(3) Reglamento de Ejecución (UE) 2020/502 de la Comisión, de 6 de abril de 2020, sobre determinadas medidas de política comercial relativas a determinados productos originarios de los Estados Unidos de América (DO L 109 de 7.4.2020, p. 10, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2020/502/oj).
(4) Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2882 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2023, por el que se suspenden determinadas medidas de política comercial relativas a una serie de productos originarios de los Estados Unidos de América impuestas por los Reglamentos de Ejecución (UE) 2018/886 y (UE) 2020/502 (DO L, 2023/2882, 19.12.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2023/2882/oj).
(5) Proclamación n.o 10896, de 10 de febrero de 2025, titulada Adjusting Imports of Steel into the United States, y sus anexos; Proclamación n.o 10895, de 10 de febrero de 2025, titulada Adjusting Imports of Aluminium into the United States, y sus anexos; Comunicación de la Oficina de Industria y Seguridad de los Estados Unidos de 4 de abril de 2025 titulada Implementation of Duties on Aluminum Derivatives Beer and Empty Aluminum Cans Pursuant to Proclamation 10895 Adjusting Imports of Aluminum Into the United States.
(6) Reglamento de Ejecución (UE) 2025/664 de la Comisión, de 31 de marzo de 2025, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2882, por el que se suspenden determinadas medidas de política comercial relativas a una serie de productos originarios de los Estados Unidos de América impuestas por los Reglamentos de Ejecución (UE) 2018/886 y (UE) 2020/502 (DO L, 2025/664, 31.3.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2025/664/oj).
(7) Decreto Presidencial n.o 14257, de 2 de abril de 2025, titulado Regulating Imports With a Reciprocal Tariff To Rectify Trade Practices That Contribute to Large and Persistent Annual United States Goods Trade Deficits. Decreto Presidencial, de 9 de abril de 2025, titulado Modifying reciprocal tariff rates to reflect trading partner retaliation and alignment.
(8) Reglamento de Ejecución (UE) 2025/778 de la Comisión, de 14 de abril de 2025, sobre medidas de reequilibrio comercial relativas a determinados productos originarios de los Estados Unidos de América y por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/886 (DO L, 2025/778, 14.4.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2025/778/oj).
(9) Reglamento de Ejecución (UE) 2025/786 de la Comisión, de 14 de abril de 2025, por el que se suspenden determinadas medidas de reequilibrio comercial relativas a determinados productos originarios de los Estados Unidos impuestas por el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/778 y por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2882 (DO L, 2025/786, 14.4.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2025/786/oj).
(10) Reglamento (UE) n.o 182/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, por el que se establecen las normas y los principios generales relativos a las modalidades de control por parte de los Estados miembros del ejercicio de las competencias de ejecución por la Comisión (DO L 55 de 28.2.2011, p. 13, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2011/182/oj).
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