LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2023/2859 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2023, por el que se establece un punto de acceso único europeo que proporciona un acceso centralizado a la información disponible al público pertinente para los servicios financieros, los mercados de capitales y la sostenibilidad (1), y en particular su artículo 7, apartado 4, párrafo tercero,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El punto de acceso único europeo (PAUE) a que se refiere el Reglamento (UE) 2023/2859 proporciona a las partes interesadas un acceso sencillo a la información a través de una interfaz de programación de aplicaciones («API», por sus siglas en inglés). Por consiguiente, la API debe garantizar la accesibilidad de la información, admitir diversos formatos para dicha información e incorporar cualquier actualización o cambio necesario que solicite la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM). Cualquier cambio en la API debe indicarse a su debido tiempo y se debe establecer un calendario claro para la aplicación de dichos cambios. Además, la API debe garantizar las funcionalidades básicas del PAUE de manera gratuita, sin perjuicio de la obligación de la AEVM de cobrar tasas de conformidad con el artículo 8, apartado 2, del Reglamento (UE) 2023/2859. |
(2) |
Para cualquier tratamiento de datos personales en el contexto de la accesibilidad de información en el PAUE, la AEVM, en su calidad de responsable del tratamiento del PAUE, y los organismos de recopilación deben garantizar el cumplimiento de los Reglamentos (UE) 2016/679 (2) y (UE) 2018/1725 (3) del Parlamento Europeo y del Consejo. |
(3) |
Para garantizar una identificación fiable y eficiente, las entidades que presentan información y las personas jurídicas a las que se refiere dicha información deben identificarse utilizando el identificador de entidad jurídica («LEI», por sus siglas en inglés) conforme a la norma ISO 17442, teniendo en cuenta el artículo 7 y la sección A del anexo del Reglamento Delegado (UE) 2016/1437 de la Comisión (4), el anexo VII, las filas 11, 12 y 13 del cuadro 1 y el cuadro 2 del Reglamento Delegado (UE) 2019/979 de la Comisión (5), así como el artículo 5 del Reglamento Delegado (UE) 2017/590 de la Comisión (6). El LEI debe coincidir con la entidad a la que se supone que se refiere, cumplir la norma ISO 17442 y figurar en la base de datos de identificadores mundiales de entidades jurídicas gestionada por la unidad operativa central designada por el Comité de Vigilancia Reglamentaria de la Fundación del Sistema Mundial de Identificación de Entidad Jurídica («Global Legal Entity Identifier Foundation»). |
(4) |
Para que las partes interesadas puedan realizar búsquedas de manera eficiente en la información disponible en el PAUE, los tipos de información deben clasificarse de modo que cada información facilitada en el PAUE corresponda al menos a un tipo de información. Para que los usuarios puedan encontrar fácilmente información en materia de sostenibilidad, debe exigirse un tipo específico de información para identificar el informe de gestión a que se refiere la Directiva 2004/109/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (7), ya que dicho informe de gestión contiene el estado de sostenibilidad elaborado de conformidad con la Directiva 2013/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (8). |
(5) |
El PAUE debe aumentar las oportunidades de visibilidad y crecimiento de las pequeñas y medianas empresas (pymes). Para que las pymes sean fácilmente identificables, la información del PAUE debe ir acompañada de la especificación de la categoría de tamaño de las entidades. Con el fin de minimizar la carga de comunicación de información que soportan las empresas, el PAUE debe basarse en las categorías de tamaño existentes establecidas en los respectivos actos legislativos de la Unión en virtud de los cuales se presenta la información. |
(6) |
El PAUE debe permitir a las partes interesadas buscar información según la clasificación de la industria. El Reglamento Delegado (UE) 2023/137 de la Comisión (9) establece los principales sectores que presentan un nivel de detalle suficiente para la clasificación de las entidades no financieras en el ámbito de aplicación del PAUE y, por tanto, deben tenerse en cuenta en la especificación de la caracterización de los sectores industriales. Para reflejar las categorías detalladas del sector financiero que se consideran pertinentes para el PAUE, deben incluirse categorías adicionales con respecto a las entidades financieras. |
(7) |
El presente Reglamento se basa en el proyecto de normas técnicas de ejecución presentado por la AEVM, la Autoridad Bancaria Europea y la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación a la Comisión. |
(8) |
La AEVM, la Autoridad Bancaria Europea y la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (en adelante, «Autoridades Europeas de Supervisión» o «AES») han llevado a cabo consultas públicas abiertas sobre los proyectos de normas técnicas de ejecución en que se basa el presente Reglamento, han analizado los posibles costes y beneficios conexos y han recabado el dictamen del Grupo de Partes Interesadas del Sector Bancario establecido de conformidad con el artículo 37 del Reglamento (UE) n.o 1093/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo (10), del Grupo de Partes Interesadas del Sector de Seguros y Reaseguros establecido de conformidad con el artículo 37 del Reglamento (UE) n.o 1094/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo (11) y del Grupo de Partes Interesadas del Sector de los Valores y Mercados establecido de conformidad con el artículo 37 del Reglamento (UE) n.o 1095/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo (12). |
(9) |
El Supervisor Europeo de Protección de Datos, al que se consultó de conformidad con el artículo 42, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/1725, emitió observaciones formales el 29 de abril de 2025. |
(10) |
Habida cuenta del artículo 23 bis de la Directiva 2004/109/CE, el artículo 11 bis del Reglamento (UE) n.o 236/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (13), y el artículo 21 bis del Reglamento (UE) 2017/1129 del Parlamento Europeo y del Consejo (14), el presente Reglamento debe aplicarse, a más tardar, a partir del 10 de julio de 2026. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Características de la API para la publicación de datos
La API:
a) |
apoyará la distribución de la información en el formato en que se reciba; |
b) |
admitirá las funciones de búsqueda y descarga; |
c) |
permitirá que los usuarios accedan sin restricciones a todos los servicios gratuitos; |
d) |
incorporará cualquier cambio o actualización que solicite la AEVM para garantizar el cumplimiento de lo establecido en las letras a), b) y c). |
Identificador de entidad jurídica
Cuando así lo exija cualquiera de los actos a que se refiere el artículo 1, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2023/2859 o cualquier acto delegado o de ejecución basado en dichos actos a efectos del PAUE, las entidades que presenten información a los organismos de recopilación y la persona jurídica a la que se refiera la información se identificarán con un identificador de entidad jurídica que:
a) |
corresponda a esa persona y, en su caso, a dicha entidad, |
b) |
cumpla la norma ISO 17442, y |
c) |
figure incluida en la base de datos LEI gestionada por la Fundación del Sistema Mundial de Identificación de Entidad Jurídica. |
Clasificación de los tipos de información
La información presentada por las entidades a los organismos de recopilación se clasificará con arreglo a los tipos de información aplicables que figuran en el cuadro 1 del anexo.
Categorías de tamaño de las entidades
Cuando se requieran metadatos que indiquen la categoría de tamaño de una entidad en virtud de cualquiera de los actos a que se refiere el artículo 1, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2023/2859 o cualquier acto delegado o de ejecución basado en dichos actos a efectos del PAUE, la información irá acompañada de uno de los elementos siguientes:
a) |
metadatos que indiquen una de las categorías de tamaño establecidas en el cuadro 2 del anexo cuando la información se presente a organismos de recopilación con arreglo a uno de los actos legislativos de la Unión incluidos en dicho cuadro; |
b) |
metadatos que indiquen la categoría de tamaño «otro tamaño» cuando la información se presente a organismos de recopilación con arreglo a actos legislativos de la Unión distintos de los incluidos en el cuadro 2 del anexo. |
Caracterización de los sectores industriales
Cuando se requieran metadatos que indiquen el sector industrial de las actividades económicas en virtud de cualquiera de los actos a que se refiere el artículo 1, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2023/2859 o cualquier acto delegado o de ejecución basado en dichos actos a efectos del PAUE:
a) |
las entidades incluidas en una o varias de las categorías que figuran en el cuadro 3 del anexo se clasificarán con arreglo a dicho cuadro; |
b) |
las demás entidades se clasificarán sobre la base de una o varias de las secciones principales de la nomenclatura estadística común de actividades económicas en la Comunidad Europea (NACE), tal como se define en el Reglamento Delegado (UE) 2023/137. |
Reexamen
Las AES, a través del Comité Mixto, volverán a evaluar las normas técnicas establecidas en el presente Reglamento relativas al identificador de entidad jurídica, teniendo en cuenta la información presentada por las entidades a los organismos de recopilación. Las AES presentarán un informe a la Comisión a más tardar el 31 de diciembre de 2026, acompañado, en su caso, de proyectos de modificación del presente Reglamento.
Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 10 de julio de 2026.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 10 de julio de 2025.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L, 2023/2859, 20.12.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2023/2859/oj.
(2) Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (DO L 119 de 4.5.2016, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2016/679/oj).
(3) Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (DO L 295 de 21.11.2018, p. 39, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2018/1725/oj).
(4) Reglamento Delegado (UE) 2016/1437 de la Comisión, de 19 de mayo de 2016, por el que se complementa la Directiva 2004/109/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación en materia de acceso a información regulada a nivel de la Unión (DO L 234 de 31.8.2016, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2016/1437/oj).
(5) Reglamento Delegado (UE) 2019/979 de la Comisión, de 14 de marzo de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) 2017/1129 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación sobre la información financiera fundamental en la nota de síntesis de un folleto, la publicación y clasificación de los folletos, la publicidad de los valores, los suplementos de un folleto y el portal de notificación, y se derogan el Reglamento Delegado (UE) n.o 382/2014 de la Comisión y el Reglamento Delegado (UE) 2016/301 de la Comisión (DO L 166 de 21.6.2019, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2019/979/oj).
(6) Reglamento Delegado (UE) 2017/590 de la Comisión, de 28 de julio de 2016, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 600/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las normas técnicas de regulación relativas a la comunicación de operaciones a las autoridades competentes (DO L 87 de 31.3.2017, p. 449, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2017/590/oj).
(7) Directiva 2004/109/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2004, sobre la armonización de los requisitos de transparencia relativos a la información sobre los emisores cuyos valores se admiten a negociación en un mercado regulado y por la que se modifica la Directiva 2001/34/CE (DO L 390 de 31.12.2004, p. 38, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2004/109/oj).
(8) Directiva 2013/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas, por la que se modifica la Directiva 2006/43/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan las Directivas 78/660/CEE y 83/349/CEE del Consejo (DO L 182 de 29.6.2013, p. 19, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2013/34/oj).
(9) Reglamento Delegado (UE) 2023/137 de la Comisión, de 10 de octubre de 2022, que modifica el Reglamento (CE) n.o 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE Revisión 2 (DO L 19 de 20.1.2023, p. 5, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2023/137/oj).
(10) Reglamento (UE) n.o 1093/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Bancaria Europea), se modifica la Decisión n.o 716/2009/CE y se deroga la Decisión 2009/78/CE de la Comisión (DO L 331 de 15.12.2010, p. 12, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2010/1093/oj).
(11) Reglamento (UE) n.o 1094/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación), se modifica la Decisión n.o 716/2009/CE y se deroga la Decisión 2009/79/CE de la Comisión (DO L 331 de 15.12.2010, p. 48, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2010/1094/oj).
(12) Reglamento (UE) n.o 1095/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Valores y Mercados), se modifica la Decisión n.o 716/2009/CE y se deroga la Decisión 2009/77/CE de la Comisión (DO L 331 de 15.12.2010, p. 84, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2010/1095/oj).
(13) Reglamento (UE) n.o 236/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2012, sobre las ventas en corto y determinados aspectos de las permutas de cobertura por impago (DO L 86 de 24.3.2012, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2012/236/oj).
(14) Reglamento (UE) 2017/1129 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017, sobre el folleto que debe publicarse en caso de oferta pública o admisión a cotización de valores en un mercado regulado y por el que se deroga la Directiva 2003/71/CE (DO L 168 de 30.6.2017, p. 12, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2017/1129/oj).
Tipos de información
Directiva o Reglamento |
Tipo de información |
Descripción |
Artículo |
||
Directiva 2004/109/CE |
Informe financiero anual |
Informe financiero anual |
Artículo 4 |
||
Directiva 2004/109/CE |
Informe de gestión, incluido el estado de sostenibilidad |
Informe de gestión, divulgado por los emisores cuyas acciones se admiten a negociación en un mercado regulado |
Artículo 4, apartado 2, letra b) Artículo 4, apartado 5 |
||
Directiva 2004/109/CE |
Informe financiero semestral |
Informe financiero semestral |
Artículo 5 |
||
Directiva 2004/109/CE |
Pagos a las administraciones públicas |
Información de los pagos realizados a administraciones públicas |
Artículo 6 |
||
Directiva 2004/109/CE |
Información privilegiada |
Información privilegiada divulgada por los emisores cuyas acciones se admiten a negociación en un mercado regulado |
Artículo 21 Artículo 2, apartado 1, letra k) |
||
Directiva 2004/109/CE |
Operación realizada por directivos |
Operación realizada por personas con responsabilidades de dirección |
Artículo 21 Artículo 2, apartado 1, letra k) |
||
Directiva 2004/109/CE |
Notificación de participaciones importantes |
Notificación de adquisición o cesión de participaciones importantes |
Artículo 12 |
||
Directiva 2004/109/CE |
Adquisición o cesión de acciones propias de un emisor |
Adquisición o cesión de acciones propias de un emisor |
Artículo 14 |
||
Directiva 2004/109/CE |
Total de derechos de voto y de capital |
Total de derechos de voto y de capital |
Artículo 15 |
||
Directiva 2004/109/CE |
Cambios en los derechos vinculados a acciones o a valores distintos de acciones |
Cambios en los derechos vinculados a acciones o a valores distintos de acciones |
Artículo 16 |
||
Directiva 2004/109/CE |
Estado miembro de origen |
Estado miembro de origen |
Artículo 2, apartado 1, letra i) |
||
Directiva 2004/109/CE |
Información regulada adicional que deba divulgarse con arreglo a la legislación de un Estado miembro |
Información regulada adicional que deba divulgarse con arreglo a la legislación de un Estado miembro |
Artículo 3, apartado 1 |
||
Directiva 2004/109/CE |
Sanciones y medidas administrativas |
Información sobre sanciones y medidas administrativas, incluido el recurso |
Artículo 29, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) 2017/1129 |
Documento de exención del folleto (adquisición) |
Documento de exención del folleto para valores ofertados en relación con una adquisición mediante una oferta de canje en el contexto de una oferta pública de valores o de una admisión a cotización en un mercado regulado |
Artículo 1, apartado 4, letra f) Artículo 1, apartado 5, párrafo primero, letra e) |
||
Reglamento (UE) 2017/1129 |
Documento de exención del folleto (fusión o escisión) |
Documento de exención del folleto para valores ofertados, asignados o que vayan a ser asignados en relación con una fusión o escisión en el contexto de una oferta pública de valores o de una admisión a cotización en un mercado regulado |
Artículo 1, apartado 5, párrafo primero, letra f) Artículo 1, apartado 4, letra g) |
||
Reglamento (UE) 2017/1129 |
Condiciones finales, incluida la nota de síntesis de la emisión individual aneja a ellas |
Condiciones finales |
Artículo 8, apartado 5 |
||
Reglamento (UE) 2017/1129 |
Documento de registro universal |
Documento de registro universal |
Artículo 9, apartado 4 |
||
Reglamento (UE) 2017/1129 |
Modificación |
Modificación del documento de registro universal |
Artículo 9, apartado 4 |
||
Reglamento (UE) 2017/1129 |
Documento de registro |
Documento de registro |
Artículo 10, apartado 2 |
||
Reglamento (UE) 2017/1129 |
Nota sobre los valores |
Nota sobre los valores |
Artículo 21, apartado 1 Artículo 21, apartado 9 Artículo 6, apartado 3 |
||
Reglamento (UE) 2017/1129 |
Precio definitivo de la oferta y cantidad de valores |
Precio definitivo de la oferta y cantidad de valores |
Artículo 17, apartado 2 |
||
Reglamento (UE) 2017/1129 |
Folleto independiente |
Folleto (documento único), incluida la información incorporada por referencia |
Artículo 21, apartado 1 Artículo 21, apartado 9 |
||
Reglamento (UE) 2017/1129 |
Suplemento |
Suplementos del folleto, incluidas las traducciones |
Artículo 23, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) 2017/1129 |
Folleto de base con condiciones finales |
Folleto de base con condiciones finales |
Artículo 8 Artículo 21, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) 2017/1129 |
Folleto de base sin condiciones finales |
Folleto de base sin condiciones finales |
Artículo 8 Artículo 21, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) 2017/1129 |
Traducción del apéndice |
Traducción del apéndice del documento de registro universal |
Artículo 26, apartado 4 |
||
Reglamento (UE) 2017/1129 |
Nota de síntesis |
Nota de síntesis |
Artículo 21, apartado 1 Artículo 21, apartado 9 Artículo 6, apartado 3 Artículo 7 |
||
Reglamento (UE) 2017/1129 |
Traducción de la nota de síntesis |
Traducción de la nota de síntesis |
Artículo 21, apartado 1 Artículo 21, apartado 9 Artículo 6, apartado 3 Artículo 7 |
||
Reglamento (UE) 2017/1129 |
Sanciones y medidas administrativas |
Sanciones administrativas y otras medidas administrativas |
Artículo 42, apartado 1 |
||
Directiva 2004/25/CE (1) |
Autoridad competente para supervisar la oferta |
Autoridad competente para supervisar la oferta |
Artículo 4, apartado 2, letra c) |
||
Directiva 2004/25/CE |
Decisión sobre una oferta pública de adquisición |
Decisión sobre una oferta pública de adquisición |
Artículo 6, apartado 1 |
||
Directiva 2004/25/CE |
Documento de oferta pública de adquisición |
Documento de oferta pública de adquisición |
Artículo 6, apartado 2 |
||
Directiva 2004/25/CE |
Dictamen del órgano de administración de la sociedad afectada y motivos de la oferta pública de adquisición |
Dictamen del órgano de administración de la sociedad afectada y motivos de la oferta pública de adquisición |
Artículo 9, apartado 5 |
||
Directiva 2004/25/CE |
Precio equitativo |
Precio equitativo |
Artículo 5, apartado 4 |
||
Directiva 2007/36/CE (2) |
Cumplir o explicar la divulgación de la política de implicación |
Explicación de incumplimientos |
Artículo 3 octies, apartado 1 |
||
Directiva 2007/36/CE |
Política de implicación |
Política de implicación |
Artículo 3 octies, apartado 1, letra a) |
||
Directiva 2007/36/CE |
Aplicación de la política de implicación |
Aplicación de la política de implicación |
Artículo 3 octies, apartado 1, letra b) |
||
Directiva 2007/36/CE |
Coherencia de la estrategia de inversión con la estructura del pasivo |
Coherencia de la estrategia de inversión en capital con el perfil y la duración de los pasivos y contribución al rendimiento de los activos a medio y largo plazo |
Artículo 3 nonies, apartado 1 |
||
Directiva 2007/36/CE |
Acuerdo con el gestor de activos |
Acuerdo con el gestor de activos |
Artículo 3 nonies, apartado 2 |
||
Directiva 2007/36/CE |
Código de conducta |
Código de conducta |
Artículo 3 decies, apartado 1 |
||
Directiva 2007/36/CE |
Explicación de la no aplicación del código de conducta |
Explicación de la no aplicación del código de conducta |
Artículo 3 decies, apartado 1 |
||
Directiva 2007/36/CE |
Información relativa a la preparación de investigaciones, asesoramiento y recomendaciones de votación |
Información relativa a la preparación de investigaciones, asesoramiento y recomendaciones de votación |
Artículo 3 decies, apartado 2 |
||
Directiva 2007/36/CE |
Política de remuneración |
Política de remuneración |
Artículo 9 bis, apartado 7 |
||
Directiva 2007/36/CE |
Fecha y resultado de la votación sobre la política de remuneración |
Fecha y resultado de la votación sobre la política de remuneración |
Artículo 9 bis, apartado 7 |
||
Directiva 2007/36/CE |
Informe sobre remuneraciones |
Informe sobre remuneraciones |
Artículo 9 ter, apartado 5 |
||
Directiva 2007/36/CE |
Operaciones significativas con partes vinculadas |
Operaciones significativas con partes vinculadas |
Artículo 9 quater, apartado 2 |
||
Directiva 2007/36/CE |
Operaciones significativas de partes vinculadas con filiales de la sociedad |
Operaciones significativas de partes vinculadas con filiales de la sociedad |
Artículo 9 quater, apartado 7 |
||
Directiva 2007/36/CE |
Resultados de las votaciones |
Resultados de las votaciones |
Artículo 14, apartado 2 |
||
Directiva 2013/34/UE |
Estados financieros anuales |
Estados financieros anuales |
Artículo 30 |
||
Directiva 2013/34/UE |
Informe de gestión |
Informe de gestión |
Artículo 30 |
||
Directiva 2013/34/UE |
Estado de sostenibilidad |
Estado de sostenibilidad |
Artículo 19 bis, artículo 29 bis, artículo 30 |
||
Directiva 2013/34/UE |
Informe de sostenibilidad |
Informe de sostenibilidad de empresas de terceros países |
Artículo 40 bis |
||
Directiva 2013/34/UE |
Informe de gestión consolidado |
Informe de gestión consolidado |
Artículo 30 |
||
Directiva 2013/34/UE |
Estados financieros consolidados |
Estados financieros consolidados |
Artículo 30 |
||
Directiva 2013/34/UE |
Informe de auditoría |
Informe de auditoría |
Artículo 30 |
||
Directiva 2013/34/UE |
Dictamen de verificación |
Dictamen de verificación |
Artículo 30 |
||
Directiva 2013/34/UE |
Dictamen de verificación del informe de sostenibilidad |
Dictamen de verificación del informe de sostenibilidad |
Artículo 40 quinquies |
||
Directiva 2013/34/UE |
Declaración en la que se indique que la empresa del tercer país no facilitó información |
Declaración en la que se indique que la empresa del tercer país no facilitó información |
Artículo 40 bis, apartado 2, párrafo cuarto |
||
Directiva 2013/34/UE |
Declaración en la que se indique que la empresa del tercer país no facilitó el dictamen de verificación necesario |
Declaración en la que se indique que la empresa del tercer país no facilitó el dictamen de verificación necesario |
Artículo 40 bis, apartado 3 |
||
Directiva 2013/34/UE |
Información de los pagos efectuados a las administraciones públicas |
Información de los pagos efectuados a las administraciones públicas |
Artículo 45 |
||
Directiva 2013/34/UE |
Informe consolidado sobre pagos efectuados a las administraciones públicas |
Informe consolidado sobre pagos efectuados a las administraciones públicas |
Artículo 45 |
||
Reglamento (UE) n.o 236/2012 |
Posición corta neta |
Posición corta neta |
Artículo 6, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) n.o 596/2014 (3) |
Información privilegiada |
Información privilegiada |
Artículo 17, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) n.o 596/2014 |
Información privilegiada relativa a los derechos de emisión |
Información privilegiada relativa a los derechos de emisión |
Artículo 17, apartado 2 |
||
Reglamento (UE) n.o 596/2014 |
Operación realizada por directivos: emisores |
Operación realizada por personas que ejercen responsabilidades de dirección con respecto a los emisores |
Artículo 19, apartado 3 |
||
Reglamento (UE) n.o 596/2014 |
Operación realizada por directivos: derechos de emisión |
Operación realizada por personas que ejercen responsabilidades de dirección con respecto a los participantes del mercado de derechos de emisión |
Artículo 19, apartado 3 |
||
Reglamento (UE) n.o 596/2014 |
Sanciones y medidas administrativas |
Sanciones administrativas u otras medidas administrativas |
Artículo 34, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) 2019/2088 (4) |
Políticas relativas a los riesgos de sostenibilidad en las decisiones de inversión |
Políticas de integración de los riesgos de sostenibilidad en el proceso de toma de decisiones de inversión |
Artículo 3, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) 2019/2088 |
Políticas relativas a los riesgos de sostenibilidad en el asesoramiento en materia de inversiones o de seguros |
Políticas de integración de los riesgos de sostenibilidad en el asesoramiento en materia de inversiones o de seguros |
Artículo 3, apartado 2 |
||
Reglamento (UE) 2019/2088 |
Incidencias adversas en materia de sostenibilidad a nivel de entidad |
Declaración acerca de las políticas de diligencia debida con respecto a las principales incidencias adversas en materia de sostenibilidad de las decisiones de inversión sobre los factores de sostenibilidad a nivel de los participantes en los mercados financieros |
Artículo 4, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) 2019/2088 |
Incidencias adversas en materia de sostenibilidad a nivel de las grandes entidades |
Declaración acerca de las políticas de diligencia debida con respecto a las principales incidencias adversas de las decisiones de inversión sobre los factores de sostenibilidad para los grandes participantes en los mercados financieros |
Artículo 4, apartado 3 |
||
Reglamento (UE) 2019/2088 |
Incidencias adversas en materia de sostenibilidad a nivel de grupo |
Declaración acerca de las políticas de diligencia debida con respecto a las principales incidencias adversas de las decisiones de inversión sobre los factores de sostenibilidad para las empresas matrices de grandes grupos |
Artículo 4, apartado 4 |
||
Reglamento (UE) 2019/2088 |
Incidencias adversas en materia de sostenibilidad a nivel de asesor financiero |
Información sobre si los asesores financieros tienen en cuenta en su asesoramiento en materia de inversiones o de seguros las principales incidencias adversas de las decisiones de inversión sobre los factores de sostenibilidad |
Artículo 4, apartado 5, letra a) |
||
Reglamento (UE) 2019/2088 |
Incidencias adversas en materia de sostenibilidad a nivel de asesor financiero |
|
Artículo 4, apartado 5, letra b) |
||
Reglamento (UE) 2019/2088 |
Integración de los riesgos de sostenibilidad en las políticas de remuneración |
Integración de los riesgos de sostenibilidad en las políticas de remuneración |
Artículo 5, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) 2019/2088 |
Divulgación de información relativa a la sostenibilidad de los productos |
Descripción de las características medioambientales o sociales del objetivo de inversión sostenible |
Artículo 10, apartado 1, letra a) |
||
Reglamento (UE) 2019/2088 |
Información sobre las metodologías empleadas |
Información sobre las metodologías empleadas para evaluar, medir y supervisar las características medioambientales o sociales o la incidencia de la inversión sostenible |
Artículo 10, apartado 1, letra b) |
||
Reglamento (UE) 2019/2088 |
Divulgación de información sobre los productos relativa a la sostenibilidad (información precontractual) |
Divulgación de información sobre los productos relativa a la sostenibilidad con arreglo a los artículos 8 y 9 |
Artículo 10, apartado 1, letra c) |
||
Reglamento (UE) 2019/2088 |
Divulgación de información sobre los productos relativa a la sostenibilidad (informes periódicos) |
Divulgación de información sobre los productos relativa a la sostenibilidad con arreglo al artículo 11 |
Artículo 10, apartado 1, letra d) |
||
Directiva 2014/65/UE (5) |
Documento de admisión de pyme |
Documento de admisión de pyme |
Artículo 33, apartado 3, letra c) |
||
Directiva 2014/65/UE |
Folleto de pyme |
Folleto de pyme |
Artículo 33, apartado 3, letra c) |
||
Directiva 2014/65/UE |
Información financiera periódica continua sobre pymes |
Información financiera periódica continua, incluido el informe anual auditado de la pyme |
Artículo 33, apartado 3, letra d) |
||
Directiva 2014/65/UE |
Información en materia de reglamentación de las pymes sobre los emisores |
Información en materia de reglamentación de las pymes sobre los emisores |
Artículo 33, apartado 3, letra f) |
||
Directiva 2014/65/UE |
Información relativa a los propietarios |
Información relativa a los propietarios |
Artículo 46, apartado 2, letra a) |
||
Directiva 2014/65/UE |
Cambio de propiedad |
Cambio de propiedad |
Artículo 46, apartado 2, letra b) |
||
Directiva 2014/65/UE |
Empresa de servicios de inversión autorizada en la UE |
Empresa de servicios de inversión autorizada en la UE |
Artículo 5, apartado 3 |
||
Directiva 2014/65/UE |
Autorización a una empresa de servicios de inversión o a un operador del mercado como sistema multilateral de negociación (SMN) |
Autorización a una empresa de servicios de inversión o a un operador del mercado como sistema multilateral de negociación (SMN) |
Artículo 18, apartado 10, cuarta frase |
||
Directiva 2014/65/UE |
Autorización a una empresa de servicios de inversión o a un operador del mercado como sistema organizado de contratación (SOC) |
Autorización a una empresa de servicios de inversión o a un operador del mercado como sistema organizado de contratación (SOC) |
Artículo 18, apartado 10, cuarta frase |
||
Directiva 2014/65/UE |
Agentes vinculados |
Agentes vinculados |
Artículo 29, apartado 3 |
||
Directiva 2014/65/UE |
Decisión sobre la suspensión o exclusión del instrumento financiero y de todo derivado vinculado |
Decisión sobre la suspensión o exclusión del instrumento financiero y de todo derivado vinculado |
Artículo 32, apartado 2, primer párrafo y artículo 52, apartado 2 |
||
Directiva 2014/65/UE |
Decisión de la autoridad competente sobre una suspensión o exclusión |
Decisión de la autoridad competente sobre la suspensión o exclusión del instrumento financiero y de todo derivado vinculado negociado en un mercado regulado, SMN, SOC e internalizador sistemático, incluida una explicación en el caso de que la decisión fuese no suspender o excluir el instrumento o los derivados |
Artículo 52, apartado 2, párrafo tercero |
||
Directiva 2014/65/UE |
Sanciones y medidas administrativas |
Sanción o medida administrativa |
Artículo 71, apartado 1 |
||
Directiva 2014/65/UE |
Recurso contra una sanción y medida administrativa |
Recurso contra una sanción o medida administrativa, incluido el resultado del recurso |
Artículo 71, apartado 2 |
||
Directiva 2014/65/UE |
Anulación de una decisión |
Anulación de una decisión |
Artículo 71, apartado 2 |
||
Directiva 2014/65/UE |
Posiciones en derivados sobre materias primas y sobre derechos de emisión |
Informe semanal de posiciones agregadas en derivados sobre materias primas y en derivados sobre derechos de emisión |
Artículo 58, apartado 1, letra a) |
||
Directiva 2014/65/UE |
Investigación patrocinada por el emisor |
Investigación patrocinada por el emisor elaborada de conformidad con el código de conducta de la UE para la investigación patrocinada por el emisor |
Artículo 24, apartado 3 ter |
||
Reglamento (UE) 2015/2365 (6) |
Registro de operaciones inscrito |
Registro de operaciones inscrito |
Artículo 8, apartado 3 |
||
Reglamento (UE) 2015/2365 |
Registro de operaciones reconocido |
Registro de operaciones reconocido |
Artículo 19, apartado 8 |
||
Reglamento (UE) 2015/2365 |
Posiciones abiertas en operaciones de financiación de valores (OFV) |
Posiciones agregadas por tipo de operaciones de financiación de valores |
Artículo 12, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) 2015/2365 |
Declaración pública sobre una infracción |
Declaración pública sobre la persona responsable y la naturaleza de la infracción |
Artículo 22, apartado 4, letra b) |
||
Reglamento (UE) 2015/2365 |
Sanciones y medidas administrativas |
Informe anual de información agregada e información detallada sobre sanciones administrativas y otras medidas administrativas |
Artículo 25, apartado 1, segunda frase |
||
Reglamento (UE) 2015/2365 |
Sanciones penales |
Informe anual de datos relativos a las sanciones penales impuestas |
Artículo 25, apartado 2, segunda frase |
||
Reglamento (UE) 2015/2365 |
Sanciones y medidas administrativas |
Sanciones administrativas divulgadas, otras medidas administrativas o sanciones penales |
Artículo 25, apartado 3 |
||
Reglamento (UE) 2015/2365 |
Sanciones y medidas administrativas |
Decisión por la que se impone una sanción administrativa u otra medida administrativa en relación con las infracciones del artículo 4 o del artículo 15. |
Artículo 26, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) 2015/2365 |
Recurso contra una sanción administrativa |
Recurso contra una sanción administrativa y resultado del recurso |
Artículo 26, apartado 4 |
||
Reglamento (UE) 2015/2365 |
Anulación de una decisión |
Anulación de una decisión |
Artículo 26, apartado 4 |
||
Directiva 2002/87/CE (7) |
Estructura jurídica y estructura de gobernanza y organizativa |
Estructura jurídica y estructura de gobernanza y organizativa |
Artículo 9, apartado 4 |
||
Directiva 2006/43/CE (8) |
Auditor legal |
Auditor legal |
Artículo 15 |
||
Directiva 2006/43/CE |
Empresa de auditoría |
Empresa de auditoría |
Artículo 15 |
||
Directiva 2006/43/CE |
Sanciones y medidas administrativas |
Sanciones y medidas administrativas |
Artículo 30 quater |
||
Directiva 2006/43/CE |
Recurso contra una sanción y medida administrativa |
Estado y resultado de un recurso contra una sanción y medida administrativa |
Artículo 30 quater |
||
Directiva 2009/65/CE (9) |
Folleto |
Folleto |
Artículo 68, apartado 1 |
||
Directiva 2009/65/CE |
Informe financiero anual |
Informe financiero anual |
Artículo 68, apartado 1 |
||
Directiva 2009/65/CE |
Informe financiero semestral |
Informe financiero semestral |
Artículo 68, apartado 1 |
||
Directiva 2009/65/CE |
Autorización de la sociedad de gestión |
Autorización de la sociedad de gestión |
Artículo 6, apartado 1, párrafo segundo |
||
Directiva 2009/65/CE |
Documento de datos fundamentales para el inversor |
Documento de datos fundamentales para el inversor [cuando no sean sustituidos por un documento de datos fundamentales con arreglo al Reglamento (UE) n.o 1286/2014] |
Artículo 78, apartado 1 |
||
Directiva 2009/65/CE |
Sanciones y medidas administrativas |
Sanción o medida administrativa contra la que no cabe recurso |
Artículo 99 ter, apartado 1 |
||
Directiva 2009/138/CE (10) |
Informe sobre la situación financiera y de solvencia |
Informe sobre la situación financiera y de solvencia |
Artículo 51, apartado 1 |
||
Directiva 2009/138/CE |
Informe sobre la situación financiera y de solvencia a nivel de grupo |
Informe sobre la situación financiera y de solvencia a nivel de grupo |
Artículo 256, apartado 1 |
||
Directiva 2009/138/CE |
Autorización o revocación de la autorización de una empresa de seguros o reaseguros |
Autorización o revocación de la autorización de una empresa de seguros o reaseguros |
Artículo 25 bis |
||
Directiva 2009/138/CE |
Decisión de saneamiento |
Decisión sobre una medida de saneamiento |
Artículo 271, apartado 1 |
||
Directiva 2009/138/CE |
Decisión de incoar un procedimiento de liquidación |
Decisión de incoar un procedimiento de liquidación |
Artículo 280, apartado 1 |
||
Directiva 2011/61/UE (11) |
GFIA autorizado |
Gestor autorizado de fondos de inversión alternativos, incluida la autoridad competente del gestor de fondos de inversión alternativos |
Artículo 7, apartado 5, párrafo segundo |
||
Directiva 2011/61/UE |
FIA autorizado |
Fondo de inversión alternativo gestionado o comercializado en la Unión |
Artículo 7, apartado 5, párrafo segundo |
||
Directiva 2013/36/UE (12) |
Sanciones y medidas administrativas |
Sanción administrativa |
Artículo 68, apartado 1 |
||
Directiva 2013/36/UE |
Recurso contra una sanción y medida administrativa |
Recurso contra una sanción administrativa, incluidos el estado y el resultado del recurso |
Artículo 68, apartado 1 |
||
Directiva 2013/36/UE |
Sanciones y medidas administrativas |
Sanción administrativa anónima |
Artículo 68, apartado 2 |
||
Directiva 2013/36/UE |
Entidades de importancia sistémica |
Notificación de entidades de importancia sistémica |
Artículo 131, apartado 12 |
||
Directiva 2014/59/UE (13) |
Acuerdo de ayuda financiera dentro de un grupo |
Acuerdo de ayuda financiera dentro de un grupo |
Artículo 26, apartado 1 |
||
Directiva 2014/59/UE |
Administrador provisional |
Administrador provisional |
Artículo 29, apartado 1 |
||
Directiva 2014/59/UE |
Notificación de la suspensión de los pagos o de las obligaciones de entrega |
Notificación de la suspensión de los pagos o de las obligaciones de entrega |
Artículo 33 bis, apartado 8 |
||
Directiva 2014/59/UE |
Administrador especial |
Administrador especial |
Artículo 35, apartado 1 |
||
Directiva 2014/59/UE |
Fondos propios |
Fondos propios |
Artículo 45 decies, apartado 3 |
||
Directiva 2014/59/UE |
Medida de resolución |
Medida de resolución |
Artículo 83, apartado 4 |
||
Directiva 2014/59/UE |
Declaración pública sobre una infracción |
Declaración pública sobre una infracción |
Artículo 112, apartado 1, y artículo 111, apartado 2, letra a) |
||
Directiva 2014/59/UE |
Sanciones y medidas administrativas |
Sanción administrativa no susceptible de recurso o si se ha agotado el derecho de recurso |
Artículo 112, apartado 1 |
||
Directiva 2014/59/UE |
Recurso contra una sanción y medida administrativa |
Recurso contra una sanción administrativa, incluidos el estado y el resultado del recurso |
Artículo 112, apartado 1 |
||
Directiva (UE) 2016/97 (14) |
Sanciones y medidas administrativas |
Sanción administrativa y otra medida contra la que no se ha interpuesto recurso |
Artículo 32, apartado 1 |
||
Directiva (UE) 2016/97 |
Recurso contra una sanción y medida administrativa |
Recurso contra una sanción administrativa y otra medida, incluido el resultado del recurso |
Artículo 32, apartado 2 |
||
Directiva (UE) 2016/97 |
Anulación de una decisión |
Anulación de una decisión de imposición de sanciones u otras medidas |
Artículo 32, apartado 2 |
||
Directiva (UE) 2016/2341 (15) |
Política de remuneración |
Política de remuneración |
Artículo 23, apartado 2 |
||
Directiva (UE) 2016/2341 |
Cuentas anuales |
Cuentas anuales |
Artículo 29 |
||
Directiva (UE) 2016/2341 |
Informes anuales |
Informes anuales |
Artículo 29 |
||
Directiva (UE) 2016/2341 |
Principios de la política de inversión |
Declaración de los principios de la política de inversión |
Artículo 30 |
||
Directiva (UE) 2016/2341 |
Sanciones y medidas administrativas |
Sanción administrativa u otra medida contra la que no se ha interpuesto recurso |
Artículo 48, apartado 4 |
||
Directiva (UE) 2019/2034 (16) |
Estructura jurídica y estructura de gobernanza y organizativa |
Estructura jurídica y estructura de gobernanza y organizativa |
Artículo 44 |
||
Directiva (UE) 2019/2034 |
Sanciones y medidas administrativas |
Sanción y medida administrativa contra la que no se ha interpuesto recurso o si se ha agotado el derecho de recurso |
Artículo 20 |
||
Directiva (UE) 2019/2034 |
Recurso contra una sanción y medida administrativa |
Recurso contra una sanción y medida administrativa, incluidos el estado y el resultado del recurso |
Artículo 20 |
||
Directiva (UE) 2019/2162 (17) |
Información sobre programas de bonos garantizados |
Información sobre programas de bonos garantizados |
Artículo 14 |
||
Directiva (UE) 2019/2162 |
Sanciones y medidas administrativas |
Sanciones administrativas y otras medidas administrativas |
Artículo 24 |
||
Directiva (UE) 2019/2162 |
Sanción penal |
Sanción penal |
Artículo 24 |
||
Directiva (UE) 2019/2162 |
Recurso contra una sanción y medida administrativa |
Recurso contra una sanción administrativa y otra medida administrativa, incluidos el estado y el resultado del recurso |
Artículo 24 |
||
Directiva (UE) 2019/2162 |
Anulación de una decisión |
Anulación de una decisión por la que se impone una sanción administrativa u otra medida administrativa, incluida cualquier resolución judicial firme. |
Artículo 24 |
||
Directiva (UE) 2019/2162 |
Entidades de crédito autorizadas a emitir bonos garantizados |
Entidades de crédito autorizadas a emitir bonos garantizados |
Artículo 26, apartado 1, letra b) |
||
Directiva (UE) 2019/2162 |
Bonos garantizados europeos |
Bonos garantizados europeos |
Artículo 26, apartado 1, letra c) |
||
Reglamento (CE) n.o 1060/2009 (18) |
Métodos, modelos e hipótesis fundamentales de calificación |
Métodos, modelos e hipótesis fundamentales de calificación |
Artículo 8, apartado 1 |
||
Reglamento (CE) n.o 1060/2009 |
Calificaciones crediticias y perspectivas de calificación crediticia |
Calificaciones crediticias y perspectivas de calificación crediticia |
Artículo 10, apartado 1 Artículo 11 bis, apartado 1 Artículo 11 bis, apartado 2 |
||
Reglamento (CE) n.o 1060/2009 |
Registro central |
Registro central |
Artículo 11 bis, apartado 2 |
||
Reglamento (CE) n.o 1060/2009 |
Cambios en los métodos, modelos e hipótesis fundamentales de calificación |
Información que debe divulgarse cuando se modifiquen los métodos, modelos o hipótesis fundamentales de calificación utilizados en las actividades de calificación crediticia |
Artículo 8, apartado 6 |
||
Reglamento (CE) n.o 1060/2009 |
Errores en los métodos de calificación y en las entidades calificadas afectadas |
Errores en los métodos de calificación y en las entidades calificadas afectadas |
Artículo 8, apartado 7 |
||
Reglamento (CE) n.o 1060/2009 |
Calificaciones soberanas |
Calificaciones soberanas |
Artículo 8 bis, apartado 1 |
||
Reglamento (CE) n.o 1060/2009 |
Calendario de calificaciones soberanas |
Calendario de calificaciones soberanas |
Artículo 8 bis, apartado 3 |
||
Reglamento (CE) n.o 1060/2009 |
Decisiones de suspender una calificación crediticia |
Decisiones de suspender una calificación crediticia |
Artículo 10, apartado 1 |
||
Reglamento (CE) n.o 1060/2009 |
Políticas y procedimientos en materia de calificaciones crediticias no solicitadas |
Políticas y procedimientos en materia de calificaciones crediticias no solicitadas |
Artículo 10, apartado 4 |
||
Reglamento (CE) n.o 1060/2009 |
Divulgaciones de información de las agencias de calificación crediticia |
Divulgaciones de información de las agencias de calificación crediticia |
Artículo 11, apartado 1 |
||
Reglamento (CE) n.o 1060/2009 |
Informe anual de transparencia |
Informe anual de transparencia |
Artículo 12 |
||
Reglamento (CE) n.o 1060/2009 |
Decisión de certificación de las agencias de calificación crediticia de un tercer país |
Decisión de certificación de las agencias de calificación crediticia de un tercer país |
Artículo 5, apartado 3 |
||
Reglamento (CE) n.o 1060/2009 |
Agencia de calificación crediticia registrada |
Agencia de calificación crediticia registrada |
Artículo 8 quinquies, apartado 2 Artículo 18, apartado 3 |
||
Reglamento (CE) n.o 1060/2009 |
Cuota de mercado de las agencias de calificación crediticia y tipos de calificaciones crediticias emitidas |
Cuota de mercado de las agencias de calificación crediticia y tipos de calificaciones crediticias emitidas |
Artículo 8 quinquies, apartado 2 |
||
Reglamento (CE) n.o 1060/2009 |
Datos históricos de resultados |
Datos históricos de resultados |
Artículo 11, apartado 2 |
||
Reglamento (CE) n.o 1060/2009 |
Resumen de los principales cambios |
Resumen de los principales cambios |
Artículo 11, apartado 2 |
||
Reglamento (CE) n.o 1060/2009 |
Sanciones y medidas administrativas |
Sanciones y medidas administrativas |
Artículo 24, apartado 5 Artículo 36 quinquies, apartado 1 |
||
Reglamento (CE) n.o 1060/2009 |
Multa coercitiva |
Multa coercitiva |
Artículo 36 quinquies, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) n.o 345/2013 (19) |
Fondos de capital riesgo europeos |
Fondos de capital riesgo europeos, incluidos los países en los que se comercializan |
Artículo 17, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) n.o 345/2013 |
Gestores de fondos de capital riesgo europeos |
Gestores de fondos de capital riesgo europeos |
Artículo 17, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) n.o 346/2013 (20) |
Fondos de emprendimiento social europeos |
Fondos de emprendimiento social europeos, incluidos los países en los que se comercializan |
Artículo 18, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) n.o 346/2013 |
Gestores de fondos de emprendimiento social europeos |
Gestores de fondos de emprendimiento social europeos |
Artículo 18, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) n.o 575/2013 (21) |
Divulgaciones de información sobre los requisitos prudenciales |
Divulgaciones de información sobre los requisitos prudenciales |
Parte octava |
||
Reglamento (UE) n.o 537/2014 (22) |
Informes anuales de transparencia |
Informes anuales de transparencia |
Artículo 13 |
||
Reglamento (UE) n.o 600/2014 (23) |
Categoría de instrumento financiero |
Categoría de instrumento financiero |
Artículo 14, apartado 6 |
||
Reglamento (UE) n.o 600/2014 |
Internalizador sistemático de la UE |
Internalizador sistemático de la UE |
Artículo 15, apartado 1, párrafo segundo |
||
Reglamento (UE) n.o 600/2014 |
Datos de referencia del instrumento financiero |
Datos de referencia del instrumento financiero |
Artículo 27, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) n.o 600/2014 |
Categorías de los derivados sujetos a la obligación de negociación |
Categorías de los derivados sujetos a la obligación de negociación |
Artículo 34 |
||
Reglamento (UE) n.o 600/2014 |
Centros de negociación |
Centros en los que se admiten a negociación o se negocian derivados sujetos a obligación de negociación, incluidas las fechas de efecto de la obligación de negociación |
Artículo 34 |
||
Reglamento (UE) n.o 600/2014 |
Intervención temporal de la AEVM |
Notificación de decisiones de intervención temporal de la AEVM |
Artículo 40, apartado 5 |
||
Reglamento (UE) n.o 600/2014 |
Intervención de productos por parte de las autoridades competentes |
Notificación de decisiones de intervención de productos por parte de las autoridades competentes |
Artículo 42, apartado 5 |
||
Reglamento (UE) n.o 600/2014 |
Resumen de las medidas nacionales de gestión y limitación de posiciones |
Resumen de las medidas nacionales destinadas a reducir la posición o el volumen de exposición y limitar la capacidad de suscribir un derivado sobre materias primas |
Artículo 44, apartado 2 |
||
Reglamento (UE) n.o 600/2014 |
Límites a la suscripción de un derivado sobre materias primas |
Límites a la suscripción de un derivado sobre materias primas |
Artículo 45, apartado 6 |
||
Reglamento (UE) n.o 600/2014 |
Empresas de terceros países |
Registro de empresas de terceros países que prestan servicios de inversión o realizan actividades de inversión en la Unión |
Artículo 48 |
||
Reglamento (UE) n.o 1286/2014 (24) |
Documento de datos fundamentales |
Documento de datos fundamentales |
Artículo 5, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) n.o 1286/2014 |
Sanciones y medidas administrativas |
Sanciones y medidas administrativas |
Artículo 27, apartado 1, y artículo 29, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) n.o 1286/2014 |
Sanciones y medidas administrativas |
Decisión por la que se impone una sanción y una medida administrativas contra las que no cabe recurso por las infracciones a que se refiere el artículo 24, apartado 1 |
Artículo 29, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) 2015/760 (25) |
Fondo de inversión a largo plazo europeo |
Fondo de inversión a largo plazo europeo, incluidos sus datos de identificación |
Artículo 3, apartado 3, párrafo segundo |
||
Reglamento (UE) 2016/1011 (26) |
Comunicación de los conflictos de intereses |
Comunicación de los conflictos de intereses |
Artículo 4, apartado 5 |
||
Reglamento (UE) 2016/1011 |
Directrices sobre los datos de cálculo |
Directrices relativas a los tipos de datos de cálculo, la prioridad de uso de los diferentes tipos de datos de cálculo y el ejercicio de la apreciación experta, para garantizar el cumplimiento de la letra a) y la metodología |
Artículo 11, apartado 1, letra c) |
||
Reglamento (UE) 2016/1011 |
Disposiciones relativas a la cantidad o calidad limitadas de los datos de cálculo |
Mecanismos que determinen las circunstancias en las que la cantidad o la calidad de los datos de cálculo se sitúen por debajo de los niveles necesarios y que describan si debe calcularse el índice de referencia y de qué manera. |
Artículo 12, apartado 3 |
||
Reglamento (UE) 2016/1011 |
Información sobre la metodología del índice de referencia |
Información sobre la metodología del índice de referencia |
Artículo 13, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) 2016/1011 |
Declaración de cumplimiento |
Declaración de cumplimiento del administrador de índices de referencia significativos |
Artículo 25, apartado 7 |
||
Reglamento (UE) 2016/1011 |
Declaración de cumplimiento |
Declaración de cumplimiento del administrador de índices de referencia no significativos |
Artículo 26, apartado 3 |
||
Reglamento (UE) 2016/1011 |
Declaración sobre el índice de referencia |
Declaración sobre el índice de referencia |
Artículo 27, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) 2016/1011 |
Acciones en caso de cambio o cesación de un índice de referencia |
Procedimiento relativo a las acciones en caso de cambio o cesación de un índice de referencia |
Artículo 28, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) 2016/1011 |
Sanciones y medidas administrativas |
Sanciones y medidas administrativas |
Artículo 45, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) 2016/1011 |
Administrador de índices de referencia |
Registro de administradores e índices de referencia |
Artículo 36 |
||
Reglamento (UE) 2017/1131 (27) |
Fondo del mercado monetario |
Fondo del mercado monetario (FMM), incluido su tipo de conformidad con el artículo 3, apartado 1, si se trata de un FMM a corto plazo o estándar, el gestor de un FMM y la autoridad competente del FMM |
Artículo 4, apartado 7 |
||
Reglamento (UE) 2019/1238 (28) |
Documento de datos fundamentales |
Documento de datos fundamentales |
Artículo 26, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) 2019/1238 |
Decisión de intervención de productos por parte de la autoridad competente |
Notificación de la decisión de intervención de productos por parte de la autoridad competente |
Artículo 63, apartado 4 |
||
Reglamento (UE) 2019/1238 |
Decisión de intervención de productos por parte de la AESPJ |
Decisión de intervención de productos por parte de la AESPJ |
Artículo 65, apartado 6 |
||
Reglamento (UE) 2019/1238 |
Sanciones y medidas administrativas |
Sanciones y medidas administrativas |
Artículo 69, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) 2019/1238 |
Recurso contra una sanción y medida administrativa |
Recurso contra una sanción administrativa, incluido el resultado del recurso |
Artículo 69, apartado 4 |
||
Reglamento (UE) 2019/1238 |
Anulación de una decisión |
Anulación judicial de una sanción y medida administrativa |
Artículo 69, apartado 4 |
||
Reglamento (UE) 2019/2033 (29) |
Objetivos y políticas de gestión del riesgo de una empresa de servicios de inversión |
Objetivos y políticas de gestión del riesgo de una empresa de servicios de inversión |
Parte sexta |
||
Reglamento (UE) 2019/2033 |
Gobernanza de las empresas de servicios de inversión |
Gobernanza de las empresas de servicios de inversión |
Parte sexta |
||
Reglamento (UE) 2019/2033 |
Fondos propios de las empresas de servicios de inversión |
Fondos propios de las empresas de servicios de inversión |
Parte sexta |
||
Reglamento (UE) 2019/2033 |
Cumplimiento de los requisitos de fondos propios de las empresas de servicios de inversión |
Cumplimiento de los requisitos de fondos propios de las empresas de servicios de inversión |
Parte sexta |
||
Reglamento (UE) 2019/2033 |
Política y prácticas de remuneración de las empresas de servicios de inversión |
Política y prácticas de remuneración de las empresas de servicios de inversión |
Parte sexta |
||
Reglamento (UE) 2019/2033 |
Política de inversión de las empresas de servicios de inversión |
Política de inversión de las empresas de servicios de inversión |
Parte sexta |
||
Reglamento (UE) 2019/2033 |
Riesgos medioambientales, sociales y de gobernanza de las empresas de servicios de inversión |
Riesgos medioambientales, sociales y de gobernanza de las empresas de servicios de inversión |
Parte sexta |
||
Reglamento (UE) 2023/1114 (30) |
Información privilegiada |
Información privilegiada |
Artículo 88, apartado 1 |
||
Reglamento (UE) 2023/1114 |
Libro Blanco de criptoactivos para criptoactivos distintos de fichas de dinero electrónico o fichas referenciadas a activos |
Libro Blanco de criptoactivos relativo a criptoactivos distintos de fichas referenciadas a activos y fichas de dinero electrónico, incluidas las versiones modificadas y obsoletas |
Artículo 109, apartado 2 |
||
Reglamento (UE) 2023/1114 |
Información sobre el emisor de fichas referenciadas a activos |
Información sobre el emisor de fichas referenciadas a activos |
Artículo 109, apartado 3, letras a), b) y de la d) a la g) |
||
Reglamento (UE) 2023/1114 |
Libro Blanco de criptoactivos para fichas referenciadas a activos |
Libros Blancos de criptoactivos para fichas referenciadas a activos, incluida cualquier versión modificada y cualquier versión obsoleta |
Artículo 109, apartado 3, letra c) |
||
Reglamento (UE) 2023/1114 |
Información sobre el emisor de fichas de dinero electrónico |
Información sobre el emisor de fichas de dinero electrónico |
Artículo 109, apartado 4, letras a), b), d), e) y f) |
||
Reglamento (UE) 2023/1114 |
Libro Blanco de criptoactivos para fichas de dinero electrónico |
Libros Blancos de criptoactivos para fichas de dinero electrónico, incluida cualquier versión modificada y cualquier versión obsoleta |
Artículo 109, apartado 4, letra c) |
||
Reglamento (UE) 2023/1114 |
Información sobre un proveedor de servicios de criptoactivos |
Información sobre un proveedor de servicios de criptoactivos |
Artículo 109, apartado 5 |
||
Reglamento (UE) 2023/1114 |
Medida notificada de conformidad con el artículo 109, apartado 6, del Reglamento relativo a los mercados de criptoactivos |
Medida notificada de conformidad con el artículo 109, apartado 6, del Reglamento relativo a los mercados de criptoactivos |
Artículo 109, apartado 6 |
||
Reglamento (UE) 2023/1114 |
Entidad que, sin cumplir las normas, presta servicios de criptoactivos |
Entidades que, sin cumplir las normas, prestan servicios de criptoactivos, incluidos el nombre comercial o el sitio web de una entidad no conforme, el nombre de la autoridad competente que presentó la información y los cambios en las circunstancias o cualquier información comunicada a la AEVM en relación con la entidad no conforme registrada, en su caso |
Artículo 110, apartados 1 y 2 |
||
Reglamento (UE) 2023/1114 |
Infracción del Reglamento relativo a los mercados de criptoactivos |
Infracción detectada por iniciativa propia de la AEVM |
Artículo 110, apartado 4 |
||
Reglamento (UE) 2023/1114 |
Proveedor de servicios de criptoactivos de un tercer país no autorizado o no registrado |
Información sobre las entidades que prestan servicios de criptoactivos sin la autorización o el registro necesarios, presentada por las autoridades de supervisión de terceros países |
Artículo 110, apartado 4 |
||
Reglamento (UE) 2023/2631 (31) |
Ficha informativa |
Ficha informativa |
Artículo 15, apartado 1, letra a) |
||
Reglamento (UE) 2023/2631 |
Verificación previa a la emisión |
Verificación previa a la emisión |
Artículo 15, apartado 1, letra b) |
||
Reglamento (UE) 2023/2631 |
Informe sobre asignaciones |
Informes anuales sobre asignaciones |
Artículo 15, apartado 1, letra d) |
||
Reglamento (UE) 2023/2631 |
Verificación posterior a la emisión |
Verificación posterior a la emisión |
Artículo 15, apartado 1, letra e) |
||
Reglamento (UE) 2023/2631 |
Informe de impacto |
Informe de impacto |
Artículo 15, apartado 1, letra f) |
||
Reglamento (UE) 2023/2631 |
Verificación opcional del informe de impacto |
Verificación opcional del informe de impacto |
Artículo 15, apartado 1, letra h) |
||
Reglamento (UE) 2023/2631 |
Divulgaciones de información previas a la emisión para los bonos vinculados a la sostenibilidad |
Divulgaciones de información previas a la emisión para los emisores de bonos comercializados como medioambientalmente sostenibles o de bonos vinculados a la sostenibilidad |
Artículo 20 |
||
Reglamento (UE) 2023/2631 |
Divulgaciones periódicas de información posteriores a la emisión para los bonos vinculados a la sostenibilidad |
Divulgaciones periódicas de información posteriores a la emisión para los emisores de bonos comercializados como medioambientalmente sostenibles o de bonos vinculados a la sostenibilidad |
Artículo 21 |
||
Reglamento (UE) 2023/2859 |
Otros |
Otros tipos de información hecha pública con arreglo a cualquier otro acto jurídicamente vinculante de la Unión que establezca un acceso electrónico centralizado a la información del PAUE |
Artículo 1, apartado 1, letra a) |
Cuadro 2
Categorías de tamaño
Directiva o Reglamento |
Criterios |
Categoría por tamaño |
Reglamento (UE) 2017/1129 |
Artículo 2, letra f) |
«Pyme» si cumple los criterios |
«Grande» si no cumple los criterios |
||
Reglamento (UE) 2019/2033 |
Artículo 12, apartado 1 |
«Pequeña y no interconectada» si cumple los criterios |
«Grande» si supera los criterios |
||
Directiva 2004/109/CE |
Artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2013/34/UE |
«Microempresa» |
Artículo 3, apartado 2, de la Directiva 2013/34/UE |
«Pequeña empresa» |
|
Artículo 3, apartado 3, de la Directiva 2013/34/UE |
«Empresa mediana» |
|
Artículo 3, apartado 4, de la Directiva 2013/34/UE |
«Gran empresa» |
|
Artículo 3, apartado 5, de la Directiva 2013/34/UE |
«Grupo pequeño» |
|
Artículo 3, apartado 6, de la Directiva 2013/34/UE |
«Grupo mediano» |
|
Artículo 3, apartado 7, de la Directiva 2013/34/UE |
«Grupo grande» |
|
Directiva 2013/34/UE |
Artículo 3, apartado 1 |
«Microempresa» |
Artículo 3, apartado 2 |
«Pequeña empresa» |
|
Artículo 3, apartado 3 |
«Empresa mediana» |
|
Artículo 3, apartado 4 |
«Gran empresa» |
|
Artículo 3, apartado 5 |
«Grupo pequeño» |
|
Artículo 3, apartado 6 |
«Grupo mediano» |
|
Artículo 3, apartado 7 |
«Grupo grande» |
|
Reglamento (UE) n.o 575/2013 |
Artículo 4, apartado 1 |
«Entidad pequeña y no compleja» si cumple los criterios establecidos en el punto 145 |
«Entidad grande» si cumple los criterios establecidos en el punto 146 |
||
«Filial grande» si cumple los criterios establecidos en el punto 147 |
||
Directiva 2014/65/UE |
Artículo 4, apartado 13 |
«Pyme» si cumple los criterios |
«Grande» si supera los criterios |
||
Directiva 2014/59/UE |
Artículo 2, apartado 1, punto 107 |
«Pequeñas y medianas empresas y microempresas» si cumplen los criterios a que se refiere el artículo 2, apartado 1, del anexo de la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión |
Artículo 2, apartado 1, punto 107 |
«Grandes» si superan los criterios a que se refiere el artículo 2, apartado 1, del anexo de la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión (32) |
|
Directiva (UE) 2016/2341 |
Artículo 5 |
«Pequeña» si cumple los criterios |
«Grande» si supera los criterios |
Cuadro 3
Categorización de determinadas entidades
Entidades |
Categoría |
Administrador de índices de referencia, tal como se define en el artículo 3, apartado 1, punto 6, del Reglamento (UE) 2016/1011 |
Administrador de índices de referencia |
Entidad de contrapartida central y otros tipos de entidades de contrapartida, tal como se definen en el artículo 2 del Reglamento (UE) n.o 648/2012 (33) |
ECC |
Depositario central de valores tal como se define en el artículo 2, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 909/2014 (34) |
DCV |
Agencia de calificación crediticia, tal como se define en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 1060/2009 |
ACC |
Entidad de crédito autorizada con arreglo a la Directiva 2013/36/UE |
Entidad de crédito |
Empresa de servicios de inversión autorizada de conformidad con la Directiva 2014/65/UE |
Empresa de servicios de inversión |
Empresa de seguros autorizada de conformidad con la Directiva 2009/138/CE |
Entidad aseguradora |
Gestores de fondos de inversión alternativos (GFIA) autorizados o registrados con arreglo a la Directiva 2011/61/UE |
GFIA |
Sociedad de gestión tal como se define en el artículo 2, apartado 1, letra b), de la Directiva 2009/65/CE |
Sociedad de gestión |
Institución dedicada a proporcionar prestaciones de jubilación, tal como se define en el artículo 6, apartado 1, de la Directiva (UE) 2016/2341 |
Fondo de pensiones de empleo |
Entidades de pago, tal como se definen en el artículo 4, punto 4, de la Directiva (UE) 2015/2366 (35) |
Entidades de pago |
Empresa de reaseguros autorizada de conformidad con la Directiva 2009/138/CE |
Reaseguro |
Organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM) autorizados de conformidad con la Directiva 2009/65/CE |
OICVM |
Proveedores de calificaciones ASG, tal como se definen en el artículo 3, apartado 4, del Reglamento (UE) 2024/3005, relativo a la transparencia e integridad de las actividades de calificación ambiental, social y de gobernanza (ASG), y por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2019/2088 y (UE) 2023/2859 |
Proveedores de calificaciones ASG |
Otros operadores de los mercados financieros, incluido en las áreas de las bolsas de valores, las bolsas de mercancías y la tecnología y la infraestructura financieras |
Otros operadores de los mercados financieros |
(1) Directiva 2004/25/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, relativa a las ofertas públicas de adquisición (DO L 142 de 30.4.2004, p. 12, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2004/25/oj).
(2) Directiva 2007/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2007, sobre el ejercicio de determinados derechos de los accionistas de sociedades cotizadas (DO L 184 de 14.7.2007, p. 17, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2007/36/oj).
(3) Reglamento (UE) n.o 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado (Reglamento sobre abuso de mercado) y por el que se derogan la Directiva 2003/6/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, y las Directivas 2003/124/CE, 2003/125/CE y 2004/72/CE de la Comisión (DO L 173 de 12.6.2014, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2014/596/oj).
(4) Reglamento (UE) 2019/2088 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros (DO L 317 de 9.12.2019, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2019/2088/oj).
(5) Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a los mercados de instrumentos financieros y por la que se modifican la Directiva 2002/92/CE y la Directiva 2011/61/UE (DO L 173 de 12.6.2014, p. 349, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2014/65/oj).
(6) Reglamento (UE) 2015/2365 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, sobre transparencia de las operaciones de financiación de valores y de reutilización y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 648/2012 (DO L 337 de 23.12.2015, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2015/2365/oj).
(7) Directiva 2002/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativa a la supervisión adicional de las entidades de crédito, empresas de seguros y empresas de inversión de un conglomerado financiero, y por la que se modifican las Directivas 73/239/CEE, 79/267/CEE, 92/49/CEE, 92/96/CEE, 93/6/CEE y 93/22/CEE del Consejo y las Directivas 98/78/CE y 2000/12/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 35 de 11.2.2003, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2002/87/oj).
(8) Directiva 2006/43/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006, relativa a la auditoría legal de las cuentas anuales y de las cuentas consolidadas, por la que se modifican las Directivas 78/660/CEE y 83/349/CEE del Consejo y se deroga la Directiva 84/253/CEE del Consejo (DO L 157 de 9.6.2006, p. 87, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2006/43/oj).
(9) Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, por la que se coordinan las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas sobre determinados organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM) (DO L 302 de 17.11.2009, p. 32, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2009/65/oj).
(10) Directiva 2009/138/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, sobre el acceso a la actividad de seguro y de reaseguro y su ejercicio (Solvencia II) (DO L 335 de 17.12.2009, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2009/138/oj).
(11) Directiva 2011/61/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, relativa a los gestores de fondos de inversión alternativos y por la que se modifican las Directivas 2003/41/CE y 2009/65/CE y los Reglamentos (CE) n.o 1060/2009 y (UE) n.o 1095/2010 (DO L 174 de 1.7.2011, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2011/61/oj).
(12) Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE (DO L 176 de 27.6.2013, p. 338, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2013/36/oj).
(13) Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por la que se establece un marco para la recuperación y la resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, y por la que se modifican la Directiva 82/891/CEE del Consejo, y las Directivas 2001/24/CE, 2002/47/CE, 2004/25/CE, 2005/56/CE, 2007/36/CE, 2011/35/UE, 2012/30/UE y 2013/36/UE, y los Reglamentos (UE) n.o 1093/2010 y (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 173 de 12.6.2014, p. 190, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2014/59/oj).
(14) Directiva (UE) 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de enero de 2016, sobre la distribución de seguros (DO L 26 de 2.2.2016, p. 19, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2016/97/oj).
(15) Directiva (UE) 2016/2341 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a las actividades y la supervisión de los fondos de pensiones de empleo (FPE) (DO L 354 de 23.12.2016, p. 37, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2016/2341/oj).
(16) Directiva (UE) 2019/2034 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, relativa a la supervisión prudencial de las empresas de servicios de inversión, y por la que se modifican las Directivas 2002/87/CE, 2009/65/CE, 2011/61/UE, 2013/36/UE, 2014/59/UE y 2014/65/UE (DO L 314 de 5.12.2019, p. 64, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2019/2034/oj).
(17) Directiva (UE) 2019/2162 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, sobre la emisión y la supervisión pública de bonos garantizados y por la que se modifican las Directivas 2009/65/CE y 2014/59/UE (DO L 328 de 18.12.2019, p. 29, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2019/2162/oj).
(18) Reglamento (CE) n.o 1060/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, sobre las agencias de calificación crediticia (DO L 302 de 17.11.2009, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2009/1060/oj).
(19) Reglamento (UE) n.o 345/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2013, sobre los fondos de capital riesgo europeos (DO L 115 de 25.4.2013, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2013/345/oj).
(20) Reglamento (UE) n.o 346/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2013, sobre los fondos de emprendimiento social europeos (DO L 115 de 25.4.2013, p. 18, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2013/346/oj).
(21) Reglamento (UE) n.o 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 648/2012 (DO L 176 de 27.6.2013, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2013/575/oj).
(22) Reglamento (UE) n.o 537/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre los requisitos específicos para la auditoría legal de las entidades de interés público y por el que se deroga la Decisión 2005/909/CE de la Comisión ( DO L 158 de 27.5.2014, p. 77, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2014/537/oj).
(23) Reglamento (UE) n.o 600/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo a los mercados de instrumentos financieros y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 648/2012 (DO L 173 de 12.6.2014, p. 84, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2014/600/oj).
(24) Reglamento (UE) n.o 1286/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de noviembre de 2014, sobre los documentos de datos fundamentales relativos a los productos de inversión minorista empaquetados y los productos de inversión basados en seguros (DO L 352 de 9.12.2014, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2014/1286/oj).
(25) Reglamento (UE) 2015/760 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2015, sobre los fondos de inversión a largo plazo europeos (DO L 123 de 19.5.2015, p. 98, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2015/760/oj).
(26) Reglamento (UE) 2016/1011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, sobre los índices utilizados como referencia en los instrumentos financieros y en los contratos financieros o para medir la rentabilidad de los fondos de inversión, y por el que se modifican las Directivas 2008/48/CE y 2014/17/UE y el Reglamento (UE) n.o 596/2014 (DO L 171 de 29.6.2016, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2016/1011/oj).
(27) Reglamento (UE) 2017/1131 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017, sobre fondos del mercado monetario (DO L 169 de 30.6.2017, p. 8, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2017/1131/oj).
(28) Reglamento (UE) 2019/1238 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativo a un producto paneuropeo de pensiones individuales (PEPP) (DO L 198 de 25.7.2019, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2019/1238/oj).
(29) Reglamento (UE) 2019/2033 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, relativo a los requisitos prudenciales de las empresas de servicios de inversión, y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1093/2010, (UE) n.o 575/2013, (UE) n.o 600/2014 y (UE) n.o 806/2014 (DO L 314 de 5.12.2019, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2019/2033/oj).
(30) Reglamento (UE) 2023/1114 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2023, relativo a los mercados de criptoactivos y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1093/2010 y (UE) n.o 1095/2010 y las Directivas 2013/36/UE y (UE) 2019/1937 (DO L 150 de 9.6.2023, p. 40, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2023/1114/oj).
(31) Reglamento (UE) 2023/2631 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de noviembre de 2023, sobre los bonos verdes europeos y la divulgación de información opcional para los bonos comercializados como bonos medioambientalmente sostenibles y para los bonos vinculados a la sostenibilidad (DO L, 2023/2631, 30.11.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2023/2631/oj).
(32) Recomendación de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DO L 124 de 20.5.2003, p. 36, ELI: http://data.europa.eu/eli/reco/2003/361/oj).
(33) Reglamento (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones (DO L 201 de 27.7.2012, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2012/648/oj).
(34) Reglamento (UE) n.o 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, sobre la mejora de la liquidación de valores en la Unión Europea y los depositarios centrales de valores y por el que se modifican las Directivas 98/26/CE y 2014/65/UE y el Reglamento (UE) n.o 236/2012 (DO L 257 de 28.8.2014, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2014/909/oj).
(35) Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, sobre servicios de pago en el mercado interior y por la que se modifican las Directivas 2002/65/CE, 2009/110/CE y 2013/36/UE y el Reglamento (UE) n.o 1093/2010 y se deroga la Directiva 2007/64/CE (DO L 337 de 23.12.2015, p. 35, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2015/2366/oj).
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