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Documento DOUE-L-2025-80937

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2632 de la Comisión, de 8 de octubre de 2024, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1193 en relación con las medidas que deben aplicarse al agua que pueda estar infectada por Ralstonia solanacearum (Smith 1896) Yabuuchi et al. 1996 emend. Safni et al. 2014, con las medidas que deben adoptar los operadores profesionales y con el modelo de notificación de los resultados de las prospecciones.

Publicado en:
«DOUE» núm. 90522, de 25 de junio de 2025, páginas 1 a 3 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2025-80937

TEXTO ORIGINAL

 

En la página 5, en el anexo, el nuevo anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1193 de la Comisión se sustituye por el texto siguiente:

«ANEXO II

Modelo de prospecciones al que se refiere el artículo 3, apartado 3

Modelo para presentar los resultados de las prospecciones de la podredumbre parda realizadas durante el año civil anterior al año de notificación

Estado miembro

Categoría

Superficie de cultivo (ha)

Inspecciones visuales de los cultivos en crecimiento

Inspecciones visuales de lotes de tubérculos almacenados (a)

Superficie inspeccionada visualmente (ha)

Número de inspecciones visuales (b)

Número de inspecciones visuales en las que se observaron síntomas (c)

Número de muestras sintomáticas tomadas (d)

Número de muestras asintomáticas tomadas (d)

Número de inspecciones visuales (b)

Número de inspecciones visuales en las que se observaron síntomas (e)

Número de muestras sintomáticas tomadas (d)

Número de muestras asintomáticas tomadas (d)

 

Tubérculos de patata para plantación (f)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Tubérculos de patata destinados a plantarse en su lugar de producción

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Tubérculos de patata que no están destinados a la plantación

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Tomates destinados a la replantación

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Otros hospedantes (especifíquense las especies)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Agua de riego

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Aguas residuales

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Estado miembro

Categoría

Pruebas de laboratorio relacionadas con las inspecciones visuales de los cultivos en crecimiento

Pruebas de laboratorio relacionadas con las inspecciones de lotes de tubérculos

Pruebas de laboratorio relacionadas con el agua

Número(s) de notificación de los brotes que se hayan comunicado, en su caso, de conformidad con el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1715

Más información

Número de muestras sintomáticas que dieron positivo

Número de muestras asintomáticas que dieron positivo

Número de inspecciones visuales que dieron positivo (g)

Número de muestras sintomáticas que dieron positivo

Número de muestras asintomáticas que dieron positivo

Número de lotes que dieron positivo

Número de muestras sometidas a pruebas

Número de muestras que dieron positivo

 

Tubérculos de patata para plantación (f)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Tubérculos de patata destinados a plantarse en su lugar de producción

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Tubérculos de patata que no están destinados a la plantación

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Tomates destinados a la replantación

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Otros hospedantes (especifíquense las especies)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Agua de riego

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Aguas residuales

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(a)

Cumpliméntese únicamente en lo que respecta a los resultados de las prospecciones realizadas sobre los vegetales especificados y otros hospedantes que se hayan cultivado y recolectado en su país.

(b)

Incluido el número de inspecciones visuales múltiples que se hayan realizado en el mismo campo o en el mismo lote, en su caso.

(c)

Se detectaron síntomas en tubérculos cortados o vegetales y se tomaron muestras para las pruebas de laboratorio.

(d)

La preparación de las muestras se describe en el punto 4 del anexo I.

(e)

Se detectaron síntomas en tubérculos cortados y se tomaron muestras para las pruebas de laboratorio.

(f)

Excepto los tubérculos de patata destinados a plantarse en su lugar de producción.

(g)

Número total de inspecciones visuales en las que dieron positivo las muestras que se sometieron a pruebas para detectar la presencia de R. solanacearum.

».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2024/2632, de 8 de octubre (Ref. DOUE-L-2024-81482).
  • CORRIGE errores en el anexo II del Reglamento 2022/1193, de 11 de julio (Ref. DOUE-L-2022-81043).
Materias
  • Contaminación de las aguas
  • Legumbres de raíz
  • Plagas del campo
  • Productos hortícolas
  • Riegos
  • Sanidad vegetal

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