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Documento DOUE-L-2025-80921

Decisión (UE) 2025/1228 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2025, por la que se modifica la Decisión 2003/17/CE del Consejo en lo que respecta a la equivalencia de las inspecciones sobre el terreno realizadas en la República de Moldavia en cultivos de plantas forrajeras productoras de semillas y a la equivalencia de las semillas de plantas forrajeras producidas en la República de Moldavia, así como en lo que respecta a la equivalencia de las inspecciones sobre el terreno realizadas en Ucrania en cultivos de remolacha productora de semillas y en cultivos de plantas oleaginosas productoras de semillas y a la equivalencia de las semillas de remolacha y de las semillas de plantas oleaginosas producidas en Ucrania.

Publicado en:
«DOUE» núm. 1228, de 20 de junio de 2025, páginas 1 a 4 (4 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2025-80921

TEXTO ORIGINAL

 

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 43, apartado 2,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Previa transmisión del proyecto de acto legislativo a los Parlamentos nacionales,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),

De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario (2),

Considerando lo siguiente:

(1)

En la Decisión 2003/17/CE del Consejo (3) se dispone que, en ciertas condiciones, las inspecciones sobre el terreno de determinados cultivos productores de semillas en los terceros países que figuran en el anexo I de dicha Decisión han de considerarse equivalentes a las inspecciones sobre el terreno realizadas con arreglo al Derecho de la Unión y que, en ciertas condiciones, las semillas de determinadas especies producidas en esos terceros países han de considerarse equivalentes a las semillas que se ajustan al Derecho de la Unión.

(2)

En 2022, la República de Moldavia presentó a la Comisión una solicitud para que se otorgara la equivalencia a su sistema de inspecciones sobre el terreno de los cultivos de plantas forrajeras productoras de semillas y a las semillas de plantas forrajeras producidas y certificadas en la República de Moldavia.

(3)

La Comisión examinó la legislación pertinente de la República de Moldavia. También efectuó, en 2016, una auditoría del sistema de controles oficiales y de certificación de las semillas de cereales, plantas hortícolas y plantas oleaginosas y textiles en la República de Moldavia y publicó sus conclusiones en un informe. Tras recibir documentación adicional por parte de la República de Moldavia, la Comisión consideró que todas las recomendaciones formuladas en el informe de auditoría se habían abordado de manera satisfactoria. Sobre la base de la auditoría y la documentación adicional, la Comisión ha concluido que las autoridades nacionales responsables de la aplicación de la certificación de semillas en la República de Moldavia son competentes, disponen de instalaciones adecuadas y funcionan adecuadamente. Dichas autoridades también son responsables de las inspecciones sobre el terreno de los cultivos de plantas forrajeras productoras de semillas y de la certificación de las semillas de plantas forrajeras.

(4)

Sobre la base del examen de la legislación de la República de Moldavia y de la auditoría, la Comisión ha concluido que las inspecciones sobre el terreno de los cultivos de plantas forrajeras productoras de semillas y el muestreo, los análisis y el control oficial a posteriori de las semillas de plantas forrajeras en la República de Moldavia se realizan adecuadamente y cumplen los requisitos establecidos en el anexo II de la Decisión 2003/17/CE y en la Directiva 66/401/CEE del Consejo (4).

(5)

 

 

(6)

En 2022, Ucrania presentó a la Comisión una solicitud para que se otorgara la equivalencia a su sistema de inspecciones sobre el terreno de los cultivos de remolacha (Beta vulgaris), girasol (Helianthus annuus) y colza (Brassica napus) productores de semillas y a las semillas de remolacha, girasol y colza producidas y certificadas en Ucrania.

 

En 2023, Ucrania presentó a la Comisión una solicitud para que se otorgara la equivalencia a su sistema de inspecciones sobre el terreno de los cultivos de soja (Glycine max) productora de semillas y a las semillas de soja producidas y certificadas en Ucrania.

(7)

La Comisión examinó la legislación pertinente de Ucrania. También efectuó, en 2015, una auditoría del sistema de controles oficiales y de certificación de las semillas de cereales en Ucrania y publicó sus conclusiones en un informe. Tras recibir documentación adicional por parte de Ucrania, la Comisión consideró que todas las recomendaciones formuladas en el informe de auditoría se habían abordado de manera satisfactoria. Sobre la base de la auditoría y la documentación adicional, la Comisión ha concluido que las autoridades nacionales responsables de la aplicación de la certificación de semillas en Ucrania son competentes, disponen de instalaciones adecuadas y funcionan adecuadamente. Dichas autoridades también son responsables de las inspecciones sobre el terreno de los cultivos de remolacha, girasol, colza y soja productores de semillas, así como de la certificación de las semillas de remolacha, girasol, colza y soja.

(8)

Sobre la base del examen de la legislación de Ucrania y de la auditoría, la Comisión ha concluido que las inspecciones sobre el terreno de los cultivos de remolacha, girasol, colza y soja productores de semillas, y el muestreo, los análisis y el control oficial a posteriori de las semillas de remolacha, girasol, colza y soja en Ucrania se realizan adecuadamente y cumplen los requisitos establecidos en el anexo II de la Decisión 2003/17/CE y en las Directivas 2002/54/CE (5) y 2002/57/CE del Consejo (6).

(9)

 

(10)

Por lo que respecta a las plantas forrajeras, la República de Moldavia ha sido admitida en los Sistemas de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos para la Certificación Varietal o el Control de las Semillas Destinadas al Comercio Internacional (en lo sucesivo, «Sistemas de Semillas de la OCDE»).

 

Por lo que respecta a la remolacha, el girasol, la colza y la soja, Ucrania ha sido admitida en los Sistemas de Semillas de la OCDE.

(11)

La República de Moldavia y Ucrania tienen laboratorios de semillas acreditados por la Asociación Internacional de Análisis de Semillas. Este hecho proporciona garantías adicionales sobre la calidad de las inspecciones y de las semillas producidas en esos países y sobre su conformidad con el Derecho de la Unión.

(12)

Por lo tanto, procede otorgar la equivalencia en lo que respecta a las inspecciones sobre el terreno realizadas en relación con los cultivos de plantas forrajeras productoras de semillas en la República de Moldavia, y en lo que respecta a las semillas de plantas forrajeras producidas en la República de Moldavia y certificadas oficialmente por sus autoridades.

(13)

 

 

(14)

También procede otorgar la equivalencia en lo que respecta a las inspecciones sobre el terreno realizadas en relación con los cultivos de remolacha, girasol, colza y soja productores de semillas en Ucrania, y en lo que respecta a las semillas de remolacha, girasol, colza y soja producidas en Ucrania y certificadas oficialmente por sus autoridades.

 

Por lo tanto, procede modificar la Decisión 2003/17/CE en consecuencia.

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Modificaciones de la Decisión 2003/17/CE

El anexo I de la Decisión 2003/17/CE se modifica con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Artículo 3

Destinatarios

Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.

Hecho en Estrasburgo, el 17 de junio de 2025.

Por el Parlamento Europeo

La Presidenta

R. METSOLA

Por el Consejo

El Presidente

A. SZŁAPKA

(1)   DO C, C/2024/3386, 31.5.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/3386/oj.

(2)  Posición del Parlamento Europeo de 22 de mayo de 2025 (pendiente de publicación en el Diario Oficial) y Decisión del Consejo de 12 de junio de 2025.

(3)  Decisión 2003/17/CE del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, sobre la equivalencia de las inspecciones sobre el terreno realizadas en terceros países en cultivos productores de semillas y la equivalencia de las semillas producidas en terceros países (DO L 8 de 14.1.2003, p. 10, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2003/17(1)/oj).

(4)  Directiva 66/401/CEE del Consejo, de 14 de junio de 1966, relativa a la comercialización de las semillas de plantas forrajeras (DO 125 de 11.7.1966, p. 2298/66, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/1966/401/oj).

(5)  Directiva 2002/54/CE del Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a la comercialización de las semillas de remolacha (DO L 193 de 20.7.2002, p. 12, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2002/54/oj).

(6)  Directiva 2002/57/CE del Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a la comercialización de semillas de plantas oleaginosas y textiles (DO L 193 de 20.7.2002, p. 74, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2002/57/oj).

ANEXO

En el anexo I de la Decisión 2003/17/CE, el cuadro se modifica como sigue:

1) La entrada «MD» se sustituye por lo siguiente:

«MD

National Agency for Food Safety (ANSA)

str. Mihail Kogălniceanu 63,

MD-2009, CHIŞINĂU

66/401/CEE

66/402/CEE

2002/55/CE

2002/57/CE»

2) La entrada «UA» se sustituye por lo siguiente:

«UA

Ministry of Agrarian Policy and Food of Ukraine

Khreshchatyk str. 24, 01001 KYIV

66/402/CEE

2002/54/CE

2002/57/CE – solo con respecto a Brassica napus, Glycine max y Helianthus annuus»

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I de la Decisión 2003/17, de 10 de diciembre de 2002 (Ref. DOUE-L-2003-80035).
Materias
  • Certificaciones
  • Cultivos
  • Moldavia
  • Plantas
  • Semillas
  • Ucrania

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