En la página 23, en el artículo 22 «Política de gestión de incidentes relacionados con las TIC», letra d), párrafo primero:
donde dice:
«d) |
conservarán todas las pruebas sobre los incidentes relacionados con las TIC por un período no superior al necesario para los fines con los que se hayan recopilado los datos y acorde con el carácter esencial de las funciones empresariales, los procesos de apoyo y los activos de información y de TIC afectados, de conformidad con el [artículo [15] del Reglamento Delegado (UE) 2024/1772 de la Comisión (12) y con cualquier requisito de conservación aplicable en virtud del Derecho de la Unión;», |
debe decir:
«d) |
conservarán todas las pruebas sobre los incidentes relacionados con las TIC por un período no superior al necesario para los fines con los que se hayan recopilado los datos y acorde con el carácter esencial de las funciones empresariales, los procesos de apoyo y los activos de información y de TIC afectados, de conformidad con el artículo 8, apartado 2, del Reglamento Delegado (UE) 2024/1772 de la Comisión (12) y con cualquier requisito de conservación aplicable en virtud del Derecho de la Unión;». |
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