EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1, y su artículo 31, apartado 1,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) El 12 de diciembre de 2003, el Consejo Europeo adoptó la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva (en lo sucesivo «Estrategia de la UE»).
(2) La Unión está aplicando activamente la Estrategia de la UE y ejecutando las medidas enumeradas en su capítulo III, especialmente las relacionadas con la universalización, la aplicación y el fortalecimiento de la Convención sobre Armas Bacteriológicas y Toxínicas (CABT).
(3) La Brújula Estratégica para la Seguridad y la Defensa de 2022 hace referencia a la amenaza persistente de la proliferación de armas de destrucción masiva y sus vectores, y expresa el objetivo de la Unión de reforzar acciones concretas en apoyo de los objetivos de desarme, no proliferación y control de armamentos.
(4) En el marco de la Estrategia de la UE, el Consejo ha adoptado en apoyo de la CABT las Acciones Comunes 2006/184/PESC (1) y 2008/858/PESC (2) del Consejo y las Decisiones 2012/421/PESC (3), (PESC) 2016/51 (4), (PESC) 2019/97 (5), (PESC) 2021/2033 (6), (PESC) 2023/123 (7) y (PESC) 2024/349 (8) del Consejo. Dicho apoyo de la Unión debe mantenerse.
(5) La ejecución técnica de la presente Decisión debe confiarse a la Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas (UNODA).
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
1. En el contexto de la ejecución de la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva, la Estrategia Global sobre Política Exterior y de Seguridad de la Unión Europea y la Brújula Estratégica para la Seguridad y la Defensa, la Unión seguirá apoyando las actividades de la Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas (UNODA) mediante una acción operativa en apoyo de la Convención sobre Armas Bacteriológicas y Toxínicas (CABT), el programa entre períodos de sesiones de la CABT y la preparación de su décima conferencia de examen (en lo sucesivo, «acción»).
2. La acción tendrá los objetivos siguientes:
a) apoyar el programa entre períodos de sesiones de la CABT facilitando los debates que tienen lugar en el grupo de trabajo sobre la consolidación de la CABT, así como la preparación de su décima conferencia de examen de 2027;
b) consolidar la aplicación de la CABT sobre la base de los avances de Decisiones (PESC) del Consejo anteriores.
3. En el anexo de la presente Decisión figura una descripción detallada de la acción.
1. El Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, «Alto Representante») será responsable de la ejecución de la presente Decisión.
2. La ejecución técnica de las actividades a que se refiere el artículo 1, apartado 1, estará a cargo de la UNODA.
3. La UNODA desempeñará el cometido a que se refiere el apartado 2 bajo la responsabilidad del Alto Representante. A tal efecto, el Alto Representante concluirá los acuerdos necesarios con la UNODA.
1. El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con la ejecución de la acción (en lo sucesivo, «gastos») será de 1 474 753,82 EUR.
2. Los gastos se gestionarán de conformidad con las normas y los procedimientos aplicables al presupuesto general de la Unión.
3. La Comisión supervisará la correcta gestión de los gastos. A tal efecto, celebrará un convenio de contribución con la UNODA (en lo sucesivo, «convenio»). El convenio estipulará que la UNODA debe garantizar que la visibilidad de la contribución de la Unión acorde con su cuantía.
4. La Comisión procurará celebrar lo antes posible el convenio, una vez que entre en vigor la presente Decisión. Informará al Consejo de cualquier dificultad que surja en dicho proceso y de la fecha de celebración del convenio.
1. El Alto Representante informará al Consejo de la ejecución de la presente Decisión basándose en los informes periódicos de la UNODA. La evaluación que efectúe el Consejo se basará en dichos informes.
2. La Comisión proporcionará información sobre los aspectos financieros de la ejecución de la acción.
1. La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
2. La presente Decisión expirará a los treinta y seis meses de la celebración del convenio. No obstante, expirará a los seis meses de la fecha de su entrada en vigor si no se hubiera celebrado el convenio en dicho plazo.
Hecho en Bruselas, el 11 de marzo de 2025.
Por el Consejo
El Presidente
A. DOMAŃSKI
(1) Acción Común 2006/184/PESC del Consejo, de 27 de febrero de 2006, en apoyo de la Convención sobre armas bacteriológicas y toxínicas en el marco de la estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva (DO L 65 de 7.3.2006, p. 51, ELI: http://data.europa.eu/eli/joint_action/2006/184/oj).
(2) Acción Común 2008/858/PESC del Consejo, de 10 de noviembre de 2008, en apoyo de la Convención sobre armas bacteriológicas y toxínicas en el marco de la ejecución de la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva (DO L 302 de 13.11.2008, p. 29, ELI: http://data.europa.eu/eli/joint_action/2008/858/oj).
(3) Decisión 2012/421/PESC del Consejo, de 23 de julio de 2012, en apoyo de la Convención sobre armas bacteriológicas y toxínicas en el marco de la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva (DO L 196 de 24.7.2012, p. 61, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2012/421/oj).
(4) Decisión (PESC) 2016/51 del Consejo, de 18 de enero de 2016, en apoyo de la Convención sobre armas bacteriológicas y toxínicas (CABT) en el marco de la estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva (DO L 12 de 19.1.2016, p. 50, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2016/51/oj).
(5) Decisión (PESC) 2019/97 del Consejo, de 21 de enero de 2019, en apoyo de la Convención sobre armas bacteriológicas y toxínicas en el marco de la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva (DO L 19 de 22.1.2019, p. 11, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2019/97/oj).
(6) Decisión (PESC) 2021/2033 del Consejo, de 19 de noviembre de 2021, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2019/97 en apoyo de la Convención sobre armas bacteriológicas y toxínicas en el marco de la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva (DO L 415 de 22.11.2021, p. 29, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2021/2033/oj).
(7) Decisión (PESC) 2023/123 del Consejo, de 17 de enero de 2023, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2019/97, en apoyo de la Convención sobre armas bacteriológicas y toxínicas en el marco de la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva (DO L 16 de 18.1.2023, p. 34, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2023/123/oj).
(8) Decisión (PESC) 2024/349 del Consejo, de 16 de enero de 2024, en apoyo de la Convención sobre Armas Bacteriológicas y Toxínicas (DO L, 2024/349, 17.1.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/349/oj).
1. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN
La Convención sobre Armas Bacteriológicas y Toxínicas (CABT) es un elemento fundamental en los esfuerzos de la comunidad internacional para hacer frente a la proliferación de armas de destrucción masiva.
La CABT se encuentra actualmente en una encrucijada importante, como se observa en el ambicioso programa entre períodos de sesiones convenido por los Estados Partes en la CABT en la Novena Conferencia de Examen, celebrada en 2022, y por la reaparición en el orden del día de temas como la verificación. Por tanto, cobra una enorme importancia el apoyo al programa entre períodos de sesiones, así como la preparación de la Décima Conferencia de Examen, en la que podrían tomarse decisiones para fortalecer la CABT.
Además, la Dependencia de Apoyo a la Aplicación (DAA) de la Convención sigue recibiendo de los Estados Partes solicitudes de asistencia, que superan sus capacidades y los fondos disponibles, para impartir formación específica a los puntos de contacto nacionales de la CABT.
Por estas razones, y con el fin de dar una aplicación práctica e inmediata a algunos elementos de la Estrategia de la UE contra la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, este proyecto servirá de instrumento operativo para apoyar el actual programa entre períodos de sesiones, la preparación de la Décima Conferencia de Examen y la formación y los foros de intercambio específicos para los puntos de contacto nacionales de la CABT.
2. OBJETIVOS
La propuesta de Decisión del Consejo tendrá dos objetivos principales.
El primer objetivo principal de la Decisión del Consejo será apoyar el programa entre períodos de sesiones de la CABT facilitando los debates que tienen lugar en el Grupo de Trabajo sobre el fortalecimiento de la Convención, que fue creado por la Novena Conferencia de Examen en 2022 (véase BWC/CONF.IX/9), así como la preparación de la Décima Conferencia de Examen de 2027.
El Grupo de Trabajo recibió el mandato de estudiar los siete temas siguientes:
a) medidas sobre la cooperación y asistencia internacionales en virtud del artículo X;
b) medidas sobre los adelantos científicos y tecnológicos relacionados con la Convención;
c) medidas sobre el fomento de la confianza y la transparencia;
d) medidas sobre el cumplimiento y la verificación;
e) medidas sobre la aplicación nacional de la Convención;
f) medidas sobre la asistencia, la respuesta y la preparación en virtud del artículo VII;
g) medidas sobre las disposiciones organizativas, institucionales y financieras.
La Conferencia también decidió preparar, con objeto de establecerlo, un mecanismo para facilitar y fomentar el pleno cumplimiento del artículo X en lo relativo a la cooperación y asistencia internacionales y un mecanismo para examinar y evaluar los adelantos científicos y tecnológicos relacionados con la Convención y proporcionar a los Estados Partes el asesoramiento pertinente. Para la creación de estos mecanismos, el Grupo de Trabajo sobre el fortalecimiento de la Convención formulará las recomendaciones pertinentes.
El conjunto de actividades que se propone a continuación facilitará los debates de manera flexible en el seno del Grupo de Trabajo sobre los temas antes mencionados y sobre la creación de ambos mecanismos, el de cooperación y asistencia internacionales y el de ciencia y tecnología.
El segundo objetivo principal de la Decisión del Consejo será fortalecer la aplicación de la Convención basándose en los logros de la Decisión (PESC) 2021/2072. Entre ellos figuran la designación de un mayor número de puntos de contacto nacionales de la CABT y la presentación de un mayor número de informes sobre medidas destinadas a fomentar la confianza. Aprovechando el impulso, se impartirán anualmente cursos de formación específicos para los puntos de contacto nacionales de la CABT recién designados y se organizará una reunión mundial para facilitar el intercambio y la creación de redes entre todos los puntos de contacto nacionales.
La propuesta de Decisión del Consejo complementará las actividades en curso en virtud de la Decisión (PESC) 2024/349 en apoyo de la CABT, cuya ejecución se ha confiado a la Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas (UNODA) en Ginebra, en estrecha cooperación con la DAA de la CABT. Las principales líneas de trabajo de la Decisión (PESC) 2024/349 son la universalización de la CABT en la región del Pacífico, los programas de asistencia para fortalecer la aplicación de la CABT a escala nacional, la creación de redes de bioprotección entre jóvenes científicos del Sur Global, el apoyo al programa entre períodos de sesiones mediante contribuciones al programa de patrocinio de la CABT y el desarrollo de material de divulgación y educación. El apoyo propuesto al actual programa entre períodos de sesiones de la CABT y la preparación de la Décima Conferencia de Examen, así como la ejecución de actividades de desarrollo de capacidades para los puntos de contacto nacionales, constituyen así líneas de trabajo complementarias.
Según corresponda, la propuesta de Decisión del Consejo se basará en los logros de las Acciones Comunes y las Decisiones del Consejo anteriores en apoyo de la CABT, sin duplicar ninguna actividad en curso ejecutada en virtud de la Decisión (PESC) 2024/349, como se ha indicado anteriormente. Durante la fase de aplicación de la propuesta de Decisión del Consejo se aprovecharán al máximo las posibles sinergias con la Decisión (PESC) 2024/349.
La presente Decisión del Consejo se regirá por los principios siguientes:
a) aprovechar al máximo la experiencia adquirida a través de las Acciones Comunes 2006/184/PESC y 2008/858/PESC del Consejo, y de las Decisiones 2012/421/PESC, (PESC) 2016/51, (PESC) 2019/97 y (PESC) 2021/2072 del Consejo;
b) centrarse en los resultados de la Novena Conferencia de Examen y apoyar el nuevo programa entre períodos de sesiones y la preparación de la Décima Conferencia de Examen;
c) apoyar a las presidencias de las reuniones de la CABT y aprovechar al máximo el mandato de la DAA de la CABT;
d) fomentar la responsabilización a escala local y regional de los proyectos para garantizar su sostenibilidad a largo plazo y crear una asociación entre la Unión Europea y terceras partes en el marco de la CABT;
e) contribuir a impulsar la paz global y los objetivos de seguridad y salud mediante la aplicación efectiva de la CABT por los Estados Partes;
f) en consonancia con las políticas de las Naciones Unidas, fomentar la representación geográfica y de género equitativa en todas las actividades del proyecto.
3. LOGROS Y ACTIVIDADES PREVISTOS
La UE apoyará las siguientes actividades, correspondientes a medidas de la Estrategia de la UE contra la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva:
3.1. Actividad 1. Apoyo al programa entre períodos de sesiones de la CABT facilitando las consultas e integrando una perspectiva científica en los temas objeto de debate
3.1.1. Finalidad de la actividad
Esta actividad tendrá por finalidad apoyar la participación activa de los Estados Partes en la CABT y los observadores en el programa entre períodos de sesiones de 2025 a 2026, así como los trabajos de los titulares de cargos de la CABT, los Amigos de la Presidencia y la DAA de la CABT.
En vista de la creación del Grupo de Trabajo sobre el fortalecimiento de la CABT por la Novena Conferencia de Examen y del número limitado de jornadas de reunión oficial concedidas a dicho Grupo de Trabajo, la finalidad de esta actividad es facilitar los debates sobre los temas que figuran en el mandato del Grupo de Trabajo.
3.1.2. Descripción de la actividad
A tal fin, se prestará apoyo a consultas celebradas en diferentes formatos (por ejemplo, talleres regionales o sesiones de reflexión para los Estados Partes en la CABT) sobre temas que se están debatiendo en el Grupo de Trabajo, por ejemplo, en materia de cumplimiento y verificación. El apoyo a estas consultas facilitará la labor del Grupo de Trabajo y ayudará a alcanzar un consenso de manera flexible sobre temas específicos sometidos a debate. Las actividades que recibirán apoyo serán seleccionadas por la DAA de la CABT/UNODA, en consulta con el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y la Delegación de la Unión Europea ante las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales en Ginebra.
Además, en caso necesario, podría patrocinarse la participación de expertos específicos en las reuniones del Grupo de Trabajo. Se espera de los expertos patrocinados que realicen contribuciones esenciales y enriquezcan las deliberaciones.
Esta actividad también tendrá por finalidad facilitar los debates entre períodos de sesiones sobre el examen de los adelantos científicos y tecnológicos relacionados con la Convención, como los debates relativos a la creación de un mecanismo de examen, además de mejorar la inclusión de un enfoque científico para otros temas debatidos por el Grupo de Trabajo, por ejemplo, en el ámbito del cumplimiento y la verificación. Para ello, y sobre la base de la experiencia adquirida en el pilar sobre ciencia y tecnología de la Decisión (PESC) 2021/2072, en el marco de esta actividad se organizarán en Ginebra diversos actos interactivos e innovadores de «Ciencia para Diplomáticos» (cuando sea posible, coincidiendo con reuniones oficiales de la CABT, pero también en los períodos entre reuniones oficiales). Esos actos reunirán a representantes de la comunidad científica, la industria, el mundo académico y la sociedad civil, así como a representantes de Estados Partes y observadores.
El equipo del proyecto seguirá analizando nuevos temas acordes con las prioridades del Grupo de Trabajo a fin de fomentar la expansión del conocimiento para la iniciativa «Ciencia para Diplomáticos», y trabajando con la DAA de la CABT al respecto, mediante la elaboración de nuevos documentos, productos y materiales de formación. Estos recursos se diseñarán para abordar los retos y las oportunidades emergentes, incluso los que aún no se han descrito del todo.
3.1.3. Resultados previstos de la actividad
1. Se prevé que las consultas celebradas en diferentes formatos (por ejemplo, talleres regionales o sesiones de reflexión para los Estados Partes en la CABT y los observadores) sobre temas que se están debatiendo en el Grupo de Trabajo sirvan de base y aporten información para los debates de fondo que tendrán lugar en el seno del Grupo de Trabajo y durante la Décima Conferencia de Examen.
2. Se espera de los expertos patrocinados que realicen contribuciones esenciales y enriquezcan las deliberaciones en el seno del Grupo de Trabajo gracias a sus conocimientos especializados.
3. Los diversos actos de «Ciencia para Diplomáticos» estarán encaminados a sensibilizar a los responsables de la elaboración de políticas respecto del modo en que los adelantos tecnológicos y científicos pueden redundar tanto en beneficio como en perjuicio de la Convención, además de mostrarles un enfoque científico sobre los temas que se están debatiendo en el Grupo de Trabajo y aumentar su comprensión de dicho enfoque. Asimismo, esos actos brindarán a la comunidad y al sector de la ciencia y la tecnología la oportunidad de contribuir a las iniciativas diplomáticas encaminadas a fortalecer la CABT y apoyar dichas iniciativas. Los actos se coordinarán estrechamente con el presidente del Grupo de Trabajo, los Amigos de la Presidencia y la Delegación de la UE en Ginebra, y les brindarán oportunidades adicionales para celebrar consultas informales con los Estados Partes, así como para recabar aportaciones y recibir comentarios de agentes muy diversos.
3.2. Actividad 2. Desarrollo de capacidades de los puntos de contacto nacionales de la CABT y apoyo a los debates entre períodos de sesiones sobre la aplicación nacional y las medidas sobre el fomento de la confianza y la transparencia
3.2.1. Finalidad de la actividad
Esta actividad tiene por finalidad aprovechar los logros de la Decisión (PESC) 2021/2072, con arreglo a la cual se elaboraron un curso de formación específico para los puntos de contacto nacionales de la CABT y herramientas de aprendizaje electrónico, y se impartieron seis cursos de formación regionales destinados a puntos de contacto nacionales (para los Estados de África, Asia y el Pacífico, Asia Central, Europa, América Latina y el Caribe, y Oriente Próximo y Norte de África).
Esto permitió designar un mayor número de puntos de contacto nacionales durante el período de aplicación de la Decisión (PESC) 2021/2072, alcanzar mayores niveles de interacción de la DAA de la CABT/UNODA con los puntos de contacto nacionales para la aplicación de la Convención a escala nacional e intensificar los intercambios de mejores prácticas entre los puntos de contacto nacionales de cada región y entre regiones. Los segmentos del curso de formación específico dedicados a la elaboración de informes sobre medidas destinadas a fomentar la confianza también contribuyeron a un aumento continuado de la cantidad de informes de ese tipo presentados desde 2021.
El objetivo de este proyecto es fortalecer la aplicación de la CABT continuando la capacitación específica de los puntos de contacto nacionales y promoviendo un mayor intercambio y una mayor cooperación entre ellos a escala regional e internacional.
3.2.2. Descripción de la actividad
La actividad propuesta incluye impartir un curso de formación al año a los puntos de contacto nacionales de la CABT designados recientemente. El curso se celebrará en la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra de manera que coincida con una reunión oficial de la CABT.
La actividad también tiene por objeto seguir creando oportunidades para el diálogo y el intercambio de información entre los puntos de contacto nacionales sobre la aplicación nacional de la CABT, así como en relación con las medidas sobre el fomento de la confianza y la transparencia, como el intercambio de mejores prácticas, mediante la organización de una reunión mundial a la que asistan todos los puntos de contacto nacionales de la CABT. La reunión mundial se celebrará en la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra, si es posible de manera que coincida con una reunión oficial de la CABT.
El curso anual y la reunión mundial anual de todos los puntos de contacto nacionales también se utilizarán para apoyar el programa entre períodos de sesiones, ya que ofrecerán muy buenas oportunidades para que el presidente del Grupo de Trabajo y los Amigos de la Presidencia aborden temas específicos sometidos a debate, en particular en los ámbitos del fomento de la confianza y la transparencia, y la aplicación nacional de la Convención. Se prestará especial atención a determinar los retos regionales de la aplicación, por ejemplo, aquellos a los que se enfrentan los Estados Partes de África, y a capacitar a las delegaciones de estas regiones para que participen más activamente en las reuniones de la CABT. El curso de formación permitirá al presidente y a los Amigos de la Presidencia recabar las opiniones de los puntos de contacto nacionales, así como los enfoques y las perspectivas que estos proponen y, a continuación, incorporarlos a las deliberaciones del Grupo de Trabajo.
3.2.3. Resultados previstos de la actividad
1. Una de las consecuencias positivas de este curso es que, previsiblemente, más Estados Partes designarán puntos de contacto nacionales, gracias a la disponibilidad permanente de oportunidades de formación específica para nuevos puntos de contacto nacionales.
2. También se espera que la formación impartida siga teniendo como resultado la presentación de un mayor número de informes anuales sobre medidas destinadas a fomentar la confianza, y que estos sean de mayor calidad, lo que a su vez proporcionará información adicional sobre la situación de la aplicación de la Convención a escala mundial.
3. Además, se espera que esta actividad facilite el intercambio de información y mejores prácticas entre los puntos de contacto nacionales, así como que sirva de base para los debates en curso en el seno del Grupo de Trabajo.
4. Los comentarios de los puntos de contacto nacionales serán útiles en los debates del Grupo de Trabajo de la CABT sobre temas como la aplicación nacional, el fomento de la confianza y la transparencia.
3.3. Actividad 3. Apoyo a la preparación de la Décima Conferencia de Examen
3.3.1. Finalidad de la actividad
Sobre la base de las actividades 1 y 2, esta actividad se centra en movilizar a los Estados Partes en la CABT para que participen activamente en la Décima Conferencia de Examen, de 2027, mediante la organización de cinco talleres regionales y la oferta de oportunidades para la reflexión y el debate sobre temas clave del programa entre períodos de sesiones 2023-2026 con miras a fomentar ámbitos de consenso.
3.3.2. Descripción de la actividad
En el período previo a la Décima Conferencia de Examen, y gracias a la experiencia adquirida en virtud de la Decisión (PESC) 2019/97 en la organización de talleres, se organizarán cinco talleres regionales para los Estados Partes de África, América Latina y el Caribe, Asia y el Pacífico, Oriente Próximo y Norte de África, y Europa y otros Estados occidentales. En ellos, los Estados Partes y los titulares de cargos de la CABT, como la persona que presida la Décima Conferencia de Examen, tendrán oportunidades para reflexionar y debatir sobre temas clave en preparación de la Conferencia de Examen, así como de apoyar la búsqueda de ámbitos de interés y de entendimiento comunes.
3.3.3. Resultados previstos de la actividad
1. Con esta actividad se prevé reforzar la comprensión de la CABT y la Décima Conferencia de Examen, de 2027, así como de la importancia de esta conferencia para la futura evolución de la CABT.
2. Los talleres regionales facilitarán un diálogo global e interregional sobre las cuestiones que se estudiarán en la Décima Conferencia de Examen.
4. CUESTIONES DE DOTACIÓN DE PERSONAL
La aplicación de la presente Decisión del Consejo exigirá la presencia de personal en Ginebra para velar por la ejecución coordinada y ágil de todas las actividades que se realicen con arreglo a ella. Por consiguiente, se sugiere contar con un oficial de asuntos políticos de la categoría P3 y un auxiliar administrativo de la categoría GS4 en la sede de la UNODA en Ginebra.
La Decisión del Consejo se aplicará en estrecha coordinación con la Decisión (PESC) 2024/349 del Consejo y la DAA de la CABT, y bajo la orientación general y la responsabilidad del jefe de la DAA de la CABT.
5. INFORMES
La DAA de la CABT/UNODA presentará al Alto Representante informes de situación anuales sobre la ejecución de las actividades.
6. DURACIÓN
La duración total prevista de la ejecución del proyecto será de treinta y seis meses.
7. PROYECCIÓN PÚBLICA DE LA UE
La DAA de la CABT/UNODA adoptará todas las medidas adecuadas para dar a conocer al público que las actividades realizadas han sido financiadas por la UE. Estas medidas se adoptarán de conformidad con el manual de comunicación y visibilidad de la Unión Europea en la acción exterior, elaborado y publicado por la Comisión Europea. Así pues, la DAA de la CABT/UNODA garantizará la proyección pública de la contribución de la UE con la imagen de marca y la publicidad adecuadas, subrayará el papel de la UE, garantizará la transparencia de su actuación y dará a conocer las razones de la presente Decisión, el apoyo de la UE a la presente Decisión y los resultados de ese apoyo. Los materiales elaborados en el marco de los proyectos exhibirán la bandera de la UE de conformidad con las directrices de la UE relativas a la utilización y reproducción precisas de la bandera.
8. BENEFICIARIOS
Los beneficiarios de la actividad 1, encaminada a brindar apoyo al programa entre períodos de sesiones de la CABT mediante la facilitación de consultas y la integración de una perspectiva científica en los temas objeto de debate, son funcionarios, científicos, miembros del mundo académico y representantes de la industria de los Estados Partes en la CABT y los observadores.
Los beneficiarios de la actividad 2, relativa al desarrollo de las capacidades de los puntos de contacto nacionales de la CABT, son los Estados Partes en la CABT, en especial los funcionarios designados como puntos de contacto nacionales.
Los beneficiarios de la actividad 3, encaminada a brindar apoyo a la preparación de la Décima Conferencia de Examen, son los representantes de los Estados Partes en la CABT.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid