EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
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El 31 de marzo de 2020, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2020/472 (1), que establecía una operación militar de la Unión Europea en el Mediterráneo (EUNAVFOR MED IRINI).
El 20 de marzo de 2023, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2023/653 (2), que prorrogaba EUNAVFOR MED IRINI hasta el 31 de marzo de 2025.
En el contexto de una revisión estratégica de la operación, el Comité Político y de Seguridad acordó que se debe prorrogar EUNAVFOR MED IRINI hasta el 31 de marzo de 2027. |
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Además, el Comité Político y de Seguridad acordó que se debe añadir al mandato de EUNAVFOR MED IRINI una nueva tarea para mejorar la conciencia situacional marítima en la zona de operaciones y en la zona de operaciones conjuntas de la operación mediante la recopilación de información sobre actividades potencialmente ilegales que no estén ya incluidas en el mandato actual, y de información útil para la protección de infraestructuras marítimas críticas y para la planificación de contingencia. |
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Asimismo, el Comité Político y de Seguridad acordó que se debe ampliar el desarrollo de capacidades y la formación, además de a la guardia costera y la armada libias, a instituciones libias competentes responsables de las tareas policiales en el mar y de la búsqueda y salvamento en el mar.
Por lo tanto, procede modificar la Decisión (PESC) 2020/472 en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
La Decisión (PESC) 2020/472 se modifica como sigue:
1) Se inserta el artículo siguiente:
«Artículo 3 bis
Contribución al conocimiento de la situación marítima acerca de otras actividades ilícitas
1. Como tarea secundaria, y en la medida de sus medios y capacidades, EUNAVFOR MED IRINI llevará a cabo actividades de vigilancia y seguimiento y recopilará información sobre actividades ilícitas distintas del tráfico de armas y material conexo y sobre las exportaciones ilícitas de petróleo de Libia, así como información útil para la protección de las infraestructuras marítimas críticas y la planificación de contingencia, con lo que se aumentará la contribución al conocimiento de la situación marítima en la zona de operaciones y en la zona de operaciones conjuntas.
2. La información recopilada en este contexto podrá almacenarse y comunicarse a las autoridades policiales correspondientes de los Estados miembros y a los organismos competentes de la Unión.».
2) En el artículo 4, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
«1. También como tarea secundaria, EUNAVFOR MED IRINI prestará asistencia a las instituciones libias competentes responsables de las tareas policiales en el mar y de búsqueda y salvamento en el mar, en particular la guardia costera y la armada libias, en el desarrollo de capacidades y en la formación en materia de actividades policiales en el mar, en especial para luchar contra el tráfico ilícito y la trata de personas.».
3) En el artículo 13, se añade el apartado siguiente:
«5. Para el período comprendido entre el 1 de abril de 2025 y el 31 de marzo de 2027, el importe de referencia de los costes comunes de EUNAVFOR MED IRINI será de 16 350 000 EUR. El porcentaje del importe de referencia a que se refiere el artículo 51, apartado 2, de la Decisión (PESC) 2021/509, será del 10 % en compromisos y del 5 % para pagos.».
4) En el artículo 15, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente:
«2. EUNAVFOR MED IRINI terminará el 31 de marzo de 2027.».
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 11 de marzo de 2025.
Por el Consejo
El Presidente
A. DOMAŃSKI
(1) Decisión (PESC) 2020/472 del Consejo, de 31 de marzo de 2020, relativa a una operación militar de la Unión Europea en el Mediterráneo (EUNAVFOR MED IRINI) (DO L 101 de 1.4.2020, p. 4, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2020/472/oj).
(2) Decisión (PESC) 2023/653 del Consejo, de 20 de marzo de 2023, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2020/472 relativa a una operación militar de la Unión Europea en el Mediterráneo (EUNAVFOR MED IRINI) (DO L 81 de 21.3.2023, p. 27, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2023/653/oj).
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