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Documento DOUE-L-2025-80287

Decisión (PESC) 2025/336 del Consejo, de 18 de febrero de 2025, que modifica la Decisión (PESC) 2016/1693 por la que se adoptan medidas restrictivas contra el EIIL (Daesh) y Al-Qaida y personas, grupos, empresas y entidades asociadas con los mismos.

Publicado en:
«DOUE» núm. 336, de 19 de febrero de 2025, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2025-80287

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 20 de septiembre de 2016, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2016/1693 (1).

(2) El 9 de diciembre de 2022, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU) aprobó la Resolución 2664 (2022). En dicha Resolución, el CSNU decidió que se permitirían y no constituirían una violación de las medidas de congelación de activos impuestas por él o sus Comités de Sanciones el suministro, el procesamiento o el pago de fondos y otros activos financieros o recursos económicos y la provisión de bienes y servicios que fuesen necesarios para asegurar la entrega oportuna de asistencia humanitaria o apoyar la realización de otras actividades destinadas a atender las necesidades humanas básicas. En la Resolución 2664 (2022), el CSNU también decidió que la exención humanitaria se aplicaría al régimen de sanciones contra el EILL (Daesh) y Al-Qaida por un período de dos años a partir de la fecha de aprobación de dicha Resolución.

(3) El 31 de marzo de 2023, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2023/726 (2) por la que se modificó la Decisión (PESC) 2016/1693 con el fin de introducir la exención humanitaria establecida por el CSNU en su Resolución 2664 (2022), la cual se aplicaría hasta el 9 de diciembre de 2024, a menos que el CSNU decidiera prorrogar su aplicación más allá de esa fecha.

(4) El 6 de diciembre de 2024, el CSNU aprobó la Resolución 2761 (2024) y decidió que la exención humanitaria introducida por la Resolución 2664 (2022) debía seguir aplicándose al régimen de sanciones contra el EIIL (Daesh) y Al-Qaida.

(5) Por lo tanto, procede modificar la Decisión (PESC) 2016/1693 en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el artículo 6 de la Decisión (PESC) 2016/1693 se suprime el apartado 2.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 18 de febrero de 2025.

Por el Consejo

El Presidente

A. DOMAŃSKI

 

(1)  Decisión (PESC) 2016/1693 del Consejo, de 20 de septiembre de 2016, por la que se adoptan medidas restrictivas contra el EIIL (Daesh) y Al-Qaida y personas, grupos, empresas y entidades asociadas con los mismos, y por la que se deroga la Posición Común 2002/402/PESC (DO L 255 de 21.9.2016, p. 25, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2016/1693/oj).

(2)  Decisión (PESC) 2023/726 del Consejo, de 31 de marzo de 2023, por la que se modifican determinadas decisiones del Consejo relativas a medidas restrictivas con el fin de incluir disposiciones sobre una exención humanitaria (DO L 94 de 3.4.2023, p. 48, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2023/726/oj).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 6 de la Decisión 2016/1693, de 20 de septiembre (Ref. DOUE-L-2016-81672).
Materias
  • Cooperación internacional
  • Delincuencia organizada
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones
  • Terrorismo

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