En el anexo I, Parte C, en la página 48:
donde dice: |
«Nota 3: En situaciones excepcionales debidas a circunstancias locales específicas, podrá tenerse en cuenta la retención natural de nitrógeno en los Estados miembros en los que la retención natural de nitrógeno se haya tenido en cuenta para el cálculo del porcentaje mínimo de reducción de nitrógeno que figura en el anexo I, cuadro 2, de la Directiva 91/271/CEE y en los que se demuestre que parte del nitrógeno procedente de aguas residuales urbanas puede eliminarse en las aguas receptoras hasta el 31 de diciembre de 2037 en el cálculo del porcentaje mínimo de reducción de nitrógeno establecido en el presente anexo, cuadro 2, si se cumplen todas las condiciones siguientes:», |
debe decir: |
«Nota 3: En situaciones excepcionales debidas a circunstancias locales específicas, podrá tenerse en cuenta la retención natural de nitrógeno en los Estados miembros en los que la retención natural de nitrógeno se haya tenido en cuenta para el cálculo del porcentaje mínimo de reducción de nitrógeno que figura en el anexo I, cuadro 2, de la Directiva 91/271/CEE y en los que se demuestre que parte del nitrógeno procedente de aguas residuales urbanas puede eliminarse en las aguas receptoras hasta el 31 de diciembre de 2045 en el cálculo del porcentaje mínimo de reducción de nitrógeno establecido en el presente anexo, cuadro 2, si se cumplen todas las condiciones siguientes:». |
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