LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2021/696 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de abril de 2021, por el que se crean el Programa Espacial de la Unión y la Agencia de la Unión Europea para el Programa Espacial y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.o 912/2010, (UE) n.o 1285/2013 y (UE) n.o 377/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE (1), y en particular su artículo 67, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El artículo 67, apartado 1, del Reglamento (UE) 2021/696 establece que el segmento terrestre de Govsatcom, el componente de comunicación gubernamental por satélite de la Unión Europea en el marco del Programa Espacial de la Unión, debe incluir las infraestructuras necesarias para permitir la prestación de servicios (2) a los usuarios de Govsatcom, en particular al centro de Govsatcom. |
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(2) |
El centro de Govsatcom será el principal elemento del segmento terrestre e incorporará todas las funciones centrales de organización y gestión de la oferta y la demanda. El centro debe conectar de manera segura a los usuarios de Govsatcom con los proveedores de capacidades y servicios de Govsatcom. A fin de reducir los riesgos para la continuidad del servicio, debe instalarse un centro de Govsatcom en varios lugares físicos. |
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(3) |
Para atraer las mejores ofertas posibles, la selección de la ubicación del centro de Govsatcom se sometió a un proceso abierto y transparente. A tal fin, la Comisión envió a todos los Estados miembros una convocatoria de manifestaciones de interés para acoger el centro en su territorio. Siguiendo los procedimientos establecidos en el Reglamento Financiero de la Unión (3), un comité formado por representantes de la Comisión y de la Agencia de la Unión Europea para el Programa Espacial («el Comité») ha evaluado las propuestas atendiendo a criterios operativos y financieros relativos a los requisitos técnicos de los centros de Govsatcom, la seguridad [incluidos los requisitos generales de seguridad a que se refiere el artículo 34, apartado 2, del Reglamento (UE) 2021/696 y establecidos en la Decisión de Ejecución C(2023) 3204 de la Comisión], los riesgos, el calendario de despliegue y los costes. El objetivo de esta evaluación era conseguir la relación calidad-precio más ventajosa. |
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(4) |
Alemania, Grecia e Italia propusieron instalar el centro de Govsatcom en Colonia, Agios Ioannis y Fucino, respectivamente. Tras la evaluación de las propuestas y la retirada de la propuesta italiana, el Comité recomendó instalar los centros en Agios Ioannis y Colonia. |
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(5) |
La presente Decisión debe entrar en vigor el día siguiente al de su publicación, a fin de garantizar la correcta ejecución del Programa. Se debe notificar a los Estados miembros lo antes posible para garantizar el despliegue oportuno y operativo de la infraestructura del centro de Govsatcom, de modo que se encuentre operativo a tiempo para la capacidad operativa final de Govsatcom. |
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(6) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del comité del Programa, establecido por el artículo 107 del Reglamento (UE) 2021/696, en la formación de Govsatcom. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Los centros de Govsatcom se ubicarán en Agios Ioannis (Grecia) y Colonia (Alemania), siempre que la Comisión y cada uno de los Estados miembros implicados que acojan un centro de Govsatcom hayan celebrado un convenio de acogida en forma de acuerdo administrativo.
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 18 de diciembre de 2024.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 170 de 12.5.2021, p. 69, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2021/696/oj.
(2) La Decisión de Ejecución (UE) 2023/1054 de la Comisión establece la cartera de servicios de Govsatcom.
(3) Reglamento (UE, Euratom) 2024/2509 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión (DO L, 2024/2509, 26.9.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/2509/oj).
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