EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1, y su artículo 41, apartado 2,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) El 1 de diciembre de 2022, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2022/2354 (1), que establece una medida de asistencia, con un importe de referencia financiera de 20 000 000 EUR, destinada a apoyar el mantenimiento del despliegue de unidades de las Fuerzas Ruandesas de Defensa en la provincia septentrional de Cabo Delgado (Mozambique) al objeto de ampliar, preservar y mantener las conquistas territoriales y ventajas tácticas que estas han logrado hasta la fecha. Con ello se pretende garantizar la seguridad y la protección de la población civil en las provincias septentrionales de Mozambique y facilitar el regreso de las fuerzas y cuerpos de seguridad y de otras estructuras estatales responsables que prestan servicios en favor de la población.
(2) Dicho importe de referencia financiera ha permitido a la Unión contribuir a apoyar el despliegue de las Fuerzas Ruandesas de Defensa en Mozambique durante un período de doce meses.
(3) El 11 de septiembre de 2023, el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad recibió una solicitud de la República de Ruanda para que la Unión siguiera apoyando el despliegue de las Fuerzas Ruandesas de Defensa en Mozambique.
(4) Para atender dicha solicitud, el importe de referencia financiera debe incrementarse en 20 000 000 EUR y la duración de la medida de asistencia, en dieciséis meses.
(5) Procede modificar en consecuencia el anexo de la Decisión (PESC) 2022/2354.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Modificaciones de la Decisión (PESC) 2022/2354
La Decisión (PESC) 2022/2354 se modifica como sigue:
1) En el artículo 1, el apartado 4 se sustituye por el texto siguiente:
La duración de la medida de asistencia será de treinta y seis meses a partir de la fecha de celebración del contrato entre el administrador de las medidas de asistencia en su calidad de ordenador y la entidad a que se refiere el artículo 4, apartado 2, de la presente Decisión, de conformidad con el artículo 32, apartado 2, letra a), de la Decisión (PESC) 2021/509.».
2) En el artículo 2, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
«1. El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con la medida de asistencia será de 40 000 000 EUR.».
3) En el artículo 3 se suprimen la letra g) del apartado 2 y el apartado 4.
Entrada en vigor
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 18 de noviembre de 2024.
Por el Consejo
El Presidente
J. BORRELL FONTELLES
(1) Decisión (PESC) 2022/2354 del Consejo, de 1 de diciembre de 2022, relativa a una medida de asistencia con cargo al Fondo Europeo de Apoyo a la Paz para apoyar el despliegue de las fuerzas ruandesas de defensa en Mozambique (DO L 311 de 2.12.2022, p. 153, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2022/2354/oj).
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