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Documento DOUE-L-2024-81067

Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1894 de la Comisión, de 3 de julio de 2024, por el que se inscribe un nombre en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [Tertziellouthkia (IGP)].

Publicado en:
«DOUE» núm. 1894, de 10 de julio de 2024, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2024-81067

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (1), y en particular su artículo 52, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 90, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), que derogó el Reglamento (UE) n.o 1151/2012, este sigue aplicándose a las solicitudes de inscripción en el registro de indicaciones geográficas recibidas por la Comisión y publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea, a efectos del procedimiento de oposición, antes del 13 de mayo de 2024.

(2)

De conformidad con el artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, la solicitud de registro del nombre «Τερτζιελλούθκια/Tertziellouthkia» como indicación geográfica protegida, presentada por Chipre, ha sido publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea (3).

(3)

Al no haberse notificado a la Comisión ninguna declaración de oposición de conformidad con el artículo 51 del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, procede registrar el nombre citado.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda registrado el nombre «Τερτζιελλούθκια/Tertziellouthkia» (IGP).

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 3 de julio de 2024.

Por la Comisión,

en nombre de la Presidenta,

Janusz WOJCIECHOWSKI

Miembro de la Comisión

 

(1)   DO L 343 de 14.12.2012, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2012/1151/oj.

(2)  Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para productos agrícolas, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1308/2013, (UE) 2019/787 y (UE) 2019/1753, y se deroga el Reglamento (UE) n.o 1151/2012 (DO L, 2024/1143, 23.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1143/oj).

(3)   DO C, C/2024/1599, 15.2.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/1599/oj.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
Materias
  • Chipre
  • Denominaciones de origen
  • Pastas alimenticias

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