LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas (1), y en particular su artículo 49,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 10 de junio de 2021, el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/978 de la Comisión (2) concedió una autorización de la Unión, con el número de autorización EU-0023860-0000, al titular de la autorización Schülke & Mayr GmbH para la comercialización y el uso de la misma familia de biocidas «Lyso IPA Surface Disinfection», de conformidad con el artículo 44, apartado 5, del Reglamento (UE) n.o 528/2012. |
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(2) |
El 23 de enero de 2024, Schülke & Mayr GmbH presentó una solicitud de cancelación de esta autorización de la Unión a la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas («la Agencia»), de conformidad con el artículo 49 del Reglamento (UE) n.o 528/2012. La solicitud se registró con el número de caso BC-GQ091762-19 en el Registro de Biocidas. |
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(3) |
El 12 de febrero de 2024, la Agencia solicitó a Schülke & Mayr GmbH que justificara la solicitud y, el 13 de febrero de 2024, Schülke & Mayr GmbH respondió que la solicitud se realizó por motivos comerciales. La Agencia remitió la solicitud a la Comisión ese mismo día. |
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(4) |
Procede, por tanto, cancelar la autorización de la Unión para la familia de biocidas «Lyso IPA Surface Disinfection» a petición del titular de la autorización y, en consecuencia, derogar el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/978. |
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(5) |
Procede asimismo conceder un período de transición para la comercialización y la utilización de las existencias actuales de conformidad con el artículo 52 del Reglamento (UE) n.o 528/2012. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Queda cancelada la autorización de la Unión para la familia de biocidas «Lyso IPA Surface Disinfection» concedida por el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/978 a Schülke & Mayr GmbH con el número de autorización EU-0023860-0000.
Queda derogado el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/978.
Los biocidas de la familia de biocidas «Lyso IPA Surface Disinfection» deberán dejar de comercializarse desde el 26 de enero de 2025 y las existencias actuales de dichos biocidas deberán dejar de usarse desde el 25 de julio de 2025.
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 9 de julio de 2024.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 167 de 27.6.2012, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2012/528/oj.
(2) Reglamento de Ejecución (UE) 2021/978 de la Comisión, de 10 de junio de 2021, por el que se concede una autorización de la Unión para la familia de biocidas «Lyso IPA Surface Disinfection» (DO L 216 de 18.6.2021, p. 65, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2021/978/oj).
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