LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Unión y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE del Consejo (1), y en particular su artículo 3 quater, apartado 5,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El artículo 3 quater de la Directiva 2003/87/CE establece la metodología de cálculo de la cantidad total de derechos de emisión asignada a los operadores de aeronaves para el año 2024 para los vuelos dentro del Espacio Económico Europeo y con destino a Suiza y al Reino Unido, como complemento de la cantidad de derechos de emisión de 1 386 051 745 determinada en la Decisión (UE) 2023/1575 de la Comisión (2). |
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(2) |
La cantidad total de derechos de emisión para toda la Unión asignada a los operadores de aeronaves en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE para 2024, calculada sobre la base de los datos disponibles, está publicada en la Decisión (UE) 2023/2440 de la Comisión (3). En vista de la información más reciente sobre las exclusiones de operadores de aeronaves, es necesario actualizar esa cantidad de derechos de emisión. |
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(3) |
La Directiva (UE) 2023/958 del Parlamento Europeo y del Consejo (4) modificó la Directiva 2003/87/CE para basar la cantidad total de derechos de emisión que se asignaba a los operadores de aeronaves para el año 2024 en la asignación total de derechos de emisión respecto de los operadores de aeronaves que realizaban actividades de aviación enumeradas en el anexo I de la Directiva 2003/87/CE en el año 2023. Por consiguiente, los operadores de aeronaves excluidos para el año 2023 no deben tenerse en cuenta en el cálculo, ya que en 2023 no realizaban ninguna actividad de aviación enumerada en el anexo I de la Directiva 2003/87/CE. Las emisiones de 2023, notificadas hasta la fecha límite del 31 de marzo de 2024, proporcionaron los datos definitivos sobre exclusiones en 2023. Teniendo esto en cuenta, la asignación total de derechos de emisión respecto de los operadores de aeronaves que realizaban actividades de aviación enumeradas en el anexo I de la Directiva 2003/87/CE en el año 2023 asciende a 28 893 755 derechos de emisión. |
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(4) |
El artículo 10 bis, apartado 8, párrafo tercero, de la Directiva 2003/87/CE exige que los derechos de emisión que no se hayan expedido a los operadores de aeronaves debido al cese de sus operaciones y que no sean necesarios para cubrir cualquier insuficiencia en las entregas por parte de dichos operadores se utilicen como apoyo a la innovación a través del Fondo de Innovación a que se refiere el artículo 10 bis, apartado 8, párrafo primero, de dicha Directiva. De conformidad con el artículo 10 bis, apartado 8, párrafo octavo, el Fondo de Innovación también puede apoyar la electrificación y las medidas para reducir el impacto global de la aviación. Teniendo en cuenta los operadores de aeronaves que han cesado su actividad hasta el 31 de diciembre de 2023, esto asciende a 1 988 951 derechos de emisión. |
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(5) |
De conformidad con el artículo 9 de la Directiva 2003/87/CE, el factor de reducción lineal es del 4,3 % para los años 2024 a 2027 y del 4,4 % a partir de 2028. Para aplicar la reducción del 4,3 % en 2024, en comparación con los niveles de 2023, el factor de reducción lineal se ha calculado sobre la base de la asignación del año 2020 y asciende a 1 330 226 derechos de emisión para cada año del período de 2024 a 2026. La aplicación de este factor de reducción lineal da lugar a 27 563 529 derechos de emisión para el año 2024. |
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(6) |
Para que la asignación gratuita a los operadores de aeronaves se calcule de conformidad con el artículo 3 quinquies, apartado 1, de la Directiva 2003/87/CE, el artículo 3 quater, apartado 5, de dicha Directiva exige a la Comisión que publique también la cantidad de derechos de emisión asignados de forma gratuita que habría habido en 2024 con arreglo a las normas para la asignación gratuita en vigor antes de las modificaciones introducidas por la Directiva (UE) 2023/958. Esta cantidad constituye el 85 % del total de derechos de emisión que se asignará a los operadores de aeronaves o para complementar el apoyo a la innovación a través del Fondo de Innovación establecido en el artículo 10 bis, apartado 8, de la Directiva 2003/87/CE. |
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(7) |
Procede, por tanto, modificar la Decisión (UE) 2023/2440 en consecuencia, |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
La Decisión (UE) 2023/2440 se modifica como sigue:
1) los artículos 1 y 2 se sustituyen por el texto siguiente:
«Artículo 1
La cantidad total de derechos de emisión que se asignará a los operadores de aeronaves para 2024 a que se refiere el artículo 3 quater, apartado 5, de la Directiva 2003/87/CE asciende a 27 563 529.
Artículo 2
La cantidad de derechos de emisión asignados de forma gratuita que habría habido en 2024 con arreglo a las normas para la asignación gratuita en vigor antes de las modificaciones introducidas por la Directiva (UE) 2023/958 asciende a 23 429 000.»;
2) se inserta el artículo 2 bis siguiente:
«Artículo 2 bis
Teniendo en cuenta los operadores de aeronaves que han cesado su actividad hasta el 31 de diciembre de 2023, se transferirán 1 988 951 derechos de emisión al Fondo de Innovación establecido por el artículo 10 bis, apartado 8, de la Directiva 2003/87/CE.».
La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 27 de junio de 2024.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 275 de 25.10.2003, p. 32, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2003/87/oj.
(2) Decisión (UE) 2023/1575 de la Comisión, de 27 de julio de 2023, relativa a la cantidad de derechos de emisión que deben expedirse para el conjunto de la Unión en 2024 de conformidad con el régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (DO L 192 de 31.7.2023, p. 30, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2023/1575/oj).
(3) Decisión (UE) 2023/2440 de la Comisión, de 27 de octubre de 2023, relativa a la cantidad total de derechos de emisión para toda la Unión que se asignará a los operadores de aeronaves en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE para 2024 (DO L, 2023/2440, 31.10.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2023/2440/oj).
(4) Directiva (UE) 2023/958 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de mayo de 2023, por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE en lo que respecta a la contribución de la aviación al objetivo de la Unión de reducir las emisiones en el conjunto de la economía y a la adecuada aplicación de una medida de mercado mundial (DO L 130 de 16.5.2023, p. 115, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2023/958/oj).
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