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LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 1306/2013 (1), y en particular su artículo 14, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2021/128 de la Comisión (2) establece el saldo neto disponible para los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA), así como los importes puestos a disposición del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) para los ejercicios presupuestarios de 2021 a 2027. |
(2) |
De conformidad con el artículo 14, apartado 1, del Reglamento (UE) 2021/2116, el límite máximo anual de los gastos del FEAGA debe estar constituido por los importes máximos del sublímite máximo de los gastos relacionados con el mercado y los pagos directos establecidos en el anexo I del Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093 del Consejo (3). |
(3) |
Tras la revisión intermedia del marco financiero plurianual (MFP) para el período 2021-2027 establecida en el Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093, el sublímite máximo para los gastos en concepto de ayudas relacionadas con el mercado y pagos directos para los años 2025 a 2027 se ha modificado según lo establecido en el Reglamento (UE, Euratom) 2024/765 del Consejo (4). |
(4)
(5) |
Por consiguiente, es necesario ajustar el saldo neto disponible para los gastos del FEAGA para los años 2025 a 2027 fijado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/128.
Procede, por tanto, modificar el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/128 en consecuencia. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
El anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/128 se sustituye por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.
El presente Reglamento entrará en vigor a los siete días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 7 de mayo de 2024.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 435 de 6.12.2021, p. 187, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2021/2116/oj.
(2) Reglamento de Ejecución (UE) 2021/128 de la Comisión, de 3 de febrero de 2021, por el que se establece el saldo neto disponible para los gastos del FEAGA (DO L 40 de 4.2.2021, p. 8, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2021/128/oj).
(3) Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093 del Consejo, de 17 de diciembre de 2020, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2021-2027 (DO L 433 I de 22.12.2020, p. 11, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2020/2093/oj).
(4) Reglamento (UE, Euratom) 2024/765 del Consejo, de 29 de febrero de 2024, por el que se modifica el Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093 por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2021-2027 (DO L, 2024/765, 29.2.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/765/oj).
«ANEXO
Saldo neto disponible para los gastos del FEAGA
(en millones EUR) | |||||
Ejercicio presupuestario | Importes puestos a disposición del Feader | Importes transferidos del Feader | Modificación tras la revisión intermedia del MFP según lo establecido en el Reglamento (UE, Euratom) 2024/765 | Saldo neto disponible para los gastos del FEAGA | |
Artículo 14, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1307/2013 | Artículo 7, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 1307/2013 | Artículo 14, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 1307/2013 | |||
2021 | 1 099,539 | 58,165 | 600,658 |
| 40 367,954 |
2022 | 1 086,292 | 57,919 | 525,400 |
| 40 638,189 |
2023 | 1 277,253 | 55,858 | 507,322 |
| 40 692,211 |
| Artículo 103, apartado 1, letra a), y artículo 103, apartado 2, del Reglamento (UE) 2021/2115 | Artículo 17, apartado 5, del Reglamento (UE) 2021/2115 | Artículo 103, apartado 1, letra b), y artículo 103, apartado 3, del Reglamento (UE) 2021/2115 |
|
|
2024 | 1 632,136 | 5,000 | 590,214 |
| 40 602,078 |
2025 | 1 702,286 | 5,000 | 590,214 | – 136,000 | 40 528,928 |
2026 | 1 807,987 | 5,000 | 590,214 | – 149,000 | 40 541,227 |
2027 | 1 981,419 | 5,000 | 590,214 | – 155,000 | 40 495,795 |
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