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EL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 38, párrafo tercero,
Vista la Acción Común 2004/570/PESC del Consejo, de 12 de julio de 2004, sobre la Operación Militar de la Unión Europea en Bosnia y Herzegovina (1),
Considerando lo siguiente:
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(1) |
En virtud del artículo 11, apartado 2, de la Acción Común 2004/570/PESC, el Consejo autorizó al Comité Político y de Seguridad a adoptar, previa recomendación del Comandante de la Operación de la UE y del Comité Militar de la UE (CMUE), las decisiones pertinentes en materia de aceptación de las contribuciones propuestas por terceros Estados a la Operación Militar de la Unión Europea en Bosnia y Herzegovina. |
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(2) |
Atendiendo a las recomendaciones del Comandante de la Operación de la UE y del CMUE sobre una contribución de la República de Moldavia, procede aceptar la contribución de este país y considerarla significativa. |
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(3) |
Los días 12 y 13 de diciembre de 2002, el Consejo Europeo de Copenhague adoptó una declaración en la que se indica que los acuerdos «Berlín plus» y su ejecución solo se aplicarán a los Estados miembros de la Unión que también sean bien miembros de la OTAN o bien miembros del Programa de la «Asociación para la Paz» y que hayan celebrado los consiguientes acuerdos bilaterales de seguridad con la OTAN. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
1. Se acepta y considera significativa la contribución de la República de Moldavia a la Operación Militar de la Unión Europea en Bosnia y Herzegovina (Operación ALTHEA).
2. La República de Moldavia queda exenta de contribuciones financieras al presupuesto de la Operación ALTHEA.
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 16 de abril de 2024.
Por el Comité Político y de Seguridad
La Presidenta
D. PRONK
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