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Documento DOUE-L-2024-80381

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2019/818 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2019, relativo al establecimiento de un marco para la interoperabilidad entre los sistemas de información de la UE en el ámbito de la cooperación policial y judicial, el asilo y la migración y por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2018/1726, (UE) 2018/1862 y (UE) 2019/816.

Publicado en:
«DOUE» núm. 90189, de 15 de marzo de 2024, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2024-80381

TEXTO ORIGINAL

 

1) En la página 102, artículo 13, apartado 1, letra b):

donde dice:

«b) los datos a que se refieren el artículo 5, apartados 1, letra b), y 2 del Reglamento (UE) 2019/816.»,

debe decir:

«b) los datos a que se refieren el artículo 5, apartado 1, letra b), y apartado 3, del Reglamento (UE) 2019/816.».

2) En la página 104, artículo 18, apartado 1:

donde dice:

«1.   El RCDI almacenará, separados de un modo lógico, los siguientes datos, según el sistema de información del que provengan: los datos a que se refiere el artículo 5, apartados 1, letra b), y 2, y los siguientes datos enumerados en el artículo 5, apartado 1, letra a) del Reglamento (UE) 2019/816: apellido(s); nombre(s) (de pila), fecha de nacimiento; lugar de nacimiento (localidad y país); nacionalidad o nacionalidades; género y, cuando proceda, nombre(s) anterior(es), seudónimo(s) y/o alias, e información sobre los documentos de viaje, si está disponible.»,

debe decir:

«1.   El RCDI almacenará, separados de un modo lógico, los siguientes datos, según el sistema de información del que provengan: los datos a que se refiere el artículo 5, apartado 1, letra b), y apartado 3, del Reglamento (UE) 2019/816, y los siguientes datos enumerados en el artículo 5, apartado 1, letra a), de dicho Reglamento: apellido(s); nombre(s) (de pila), fecha de nacimiento; lugar de nacimiento (localidad y país); nacionalidad o nacionalidades; género y, cuando proceda, nombre(s) anterior(es), seudónimo(s) y/o alias, e información sobre los documentos de viaje, si está disponible.».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2019/818, de 20 de mayo (Ref. DOUE-L-2019-80853).
Materias
  • Cooperación judicial internacional
  • Derecho de asilo
  • Ficheros con datos personales
  • Fronteras
  • Inmigración
  • Libre circulación de personas
  • Redes de telecomunicación
  • Visados

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