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EL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 38, párrafo tercero,
Vista la Decisión 2010/96/PESC del Consejo, de 15 de febrero de 2010, relativa a una misión militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la formación de las fuerzas de seguridad somalíes (1),
Considerando lo siguiente:
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(1) |
De conformidad con el artículo 8, apartado 2, de la Decisión 2010/96/PESC, el Consejo autorizó al Comité Político y de Seguridad a adoptar las decisiones apropiadas en materia de aceptación de las contribuciones propuestas por terceros Estados a la misión militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la formación de las fuerzas de seguridad somalíes (EUTM Somalia). |
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(2) |
De conformidad con la recomendación del comandante de la misión EUTM Somalia sobre la propuesta de una contribución de la República de Moldavia, y con el asesoramiento recibido del Comité Militar de la Unión Europea sobre este tema, procede aceptar la contribución de este país y considerarla significativa. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
1. Se acepta y considera significativa la contribución de la República de Moldavia a la EUTM Somalia.
2. La República de Moldavia queda exenta de contribuciones financieras al presupuesto de la EUTM Somalia.
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 13 de febrero de 2024.
Por el Comité Político y de Seguridad
La Presidenta
D. PRONK
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