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Documento DOUE-L-2023-81787

Decisión de Ejecución (UE) 2023/2752 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2023, por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2023/941 en lo que respecta a las normas armonizadas para los equipos de alpinismo y escalada, los cascos para actividades ecuestres y los guantes elaboradas en apoyo del Reglamento (UE) 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 2752, de 11 de diciembre de 2023, páginas 1 a 3 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2023-81787

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1025/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre la normalización europea, por el que se modifican las Directivas 89/686/CEE y 93/15/CEE del Consejo y las Directivas 94/9/CE, 94/25/CE, 95/16/CE, 97/23/CE, 98/34/CE, 2004/22/CE, 2007/23/CE, 2009/23/CE y 2009/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se deroga la Decisión 87/95/CEE del Consejo y la Decisión n.o 1673/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (1), y en particular su artículo 10, apartado 6,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 14 del Reglamento (UE) 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), se presupone que los equipos de protección individual conformes con normas armonizadas o partes de estas, cuyas referencias se han publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea son conformes con los requisitos esenciales de salud y seguridad establecidos en el anexo II de dicho Reglamento y regulados por dichas normas o partes de ellas.

(2)

Mediante su Decisión de Ejecución C(2020) 7924 (3), la Comisión solicitó al Comité Europeo de Normalización (CEN) y al Comité Europeo de Normalización Electrotécnica (Cenelec) que revisara y completara los trabajos sobre las normas armonizadas en apoyo del Reglamento (UE) 2016/425 para garantizar que siguiesen reflejando el estado de la técnica generalmente reconocido, de modo que se cumpliesen los requisitos esenciales de salud y seguridad establecidos en el anexo II de dicho Reglamento.

(3)

Sobre la base de la solicitud formulada en la Decisión de Ejecución C(2020) 7924, el CEN redactó las siguientes normas armonizadas: EN 892:2012+A3:2023 sobre cuerdas dinámicas de los equipos de alpinismo y escalada, EN 1384:2023 sobre cascos para actividades ecuestres y EN 13089:2011+A3:2023 sobre piolets para equipos de alpinismo y escalada.

(4)

Sobre la base de la solicitud formulada en la Decisión de Ejecución C(2020) 7924, el CEN revisó la norma armonizada EN ISO 10819:2013, modificada por EN ISO 10819:2013/A1:2019, sobre vibraciones mecánicas y choques, cuya referencia se publicó mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2023/941 de la Comisión (4). La revisión se llevó a cabo con objeto de adaptar esta norma al marco jurídico del Reglamento (UE) 2016/425 y aumentar la seguridad jurídica y la claridad al incluir información más precisa en el anexo ZA de esa norma y poner la fecha en la referencia normativa. En consecuencia, el CEN adoptó la modificación EN ISO 10819: 2013/A2: 2022.

(5)

La Comisión, junto con el CEN, ha evaluado si las normas armonizadas EN 892:2012+A3:2023, EN 1384:2023, EN ISO 10819:2013/A2:2022 y EN 13089:2011+A3:2023 se ajustan a la solicitud formulada en la Decisión de Ejecución C(2020) 7924.

(6)

Las normas armonizadas EN 892:2012+A3:2023, EN 1384:2023, EN ISO 10819:2013/A2:2022 y EN 13089:2011+A3:2023 cumplen los requisitos esenciales de salud y seguridad que pretenden cubrir y que se establecen en el Reglamento (UE) 2016/425. Procede, por tanto, publicar las referencias de esas normas armonizadas en el Diario Oficial de la Unión Europea.

(7)

En el anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2023/941 figuran las referencias de las normas armonizadas que confieren presunción de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/425. A fin de garantizar que todas las referencias de las normas armonizadas elaboradas en apoyo del Reglamento (UE) 2016/425 figuren en un único acto, deben incluirse en dicho anexo las referencias de las normas armonizadas 892:2012+A3:2023, EN 1384:2023, EN ISO 10819:2013/A2:2022 y EN 13089:2011+A3:2023.

(8)

Es necesario retirar la referencia de la norma armonizada EN ISO 10819:2013, modificada por EN ISO 10819:2013/A1:2019, del Diario Oficial de la Unión Europea, dado que dicha norma ha sido revisada. Por tanto, se debe eliminar dicha referencia del anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2023/941.

 

(9)

 

(10)

Procede, por tanto, modificar la Decisión de Ejecución (UE) 2023/941 en consecuencia.

 

A fin de que los fabricantes dispongan de tiempo suficiente para preparar para la aplicación de la norma revisada, es necesario aplazar la retirada de la referencia de la norma armonizada EN ISO 10819:2013, modificada por EN ISO 10819:2013/A1:2019.

(11)

El cumplimiento de una norma armonizada confiere la presunción de conformidad con los requisitos esenciales correspondientes establecidos en la legislación de armonización de la Unión a partir de la fecha de publicación de la referencia de dicha norma en el Diario Oficial de la Unión Europea. La presente Decisión debe entrar en vigor el día de su publicación.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2023/941 se modifica de conformidad con el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El punto 3 del anexo se aplicará a partir del 11 de junio de 2025.

Hecho en Bruselas, el 7 de diciembre de 2023.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

 

(1)   DO L 316 de 14.11.2012, p. 12.

(2)  Reglamento (UE) 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a los equipos de protección individual y por el que se deroga la Directiva 89/686/CEE del Consejo (DO L 81 de 31.3.2016, p. 51).

(3)  Decisión de Ejecución C(2020) 7924 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2020, relativa a una solicitud de normalización dirigida al Comité Europeo de Normalización y al Comité Europeo de Normalización Electrotécnica en relación con los equipos de protección individual en apoyo del Reglamento (UE) 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo.

(4)  Decisión de Ejecución (UE) 2023/941 de la Comisión, de 2 de mayo de 2023, relativa a las normas armonizadas para los equipos de protección individual elaboradas en apoyo del Reglamento (UE) 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 125 de 11.5.2023, p. 37).

ANEXO

El anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2023/941 se modifica como sigue:

 

1) se añade la siguiente entrada 63 bis:

 

«63 bis.

PNE-EN 892:2012+A3:2023

Equipos de alpinismo y escalada. Cuerdas dinámicas. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo»;

 

2) se añade la siguiente entrada 77 bis

 

«77 bis.

UNE-EN 1384:2023

Cascos para actividades ecuestres»;

3) se suprime la entrada 84

 

4) se añade la siguiente entrada 84 bis:

 

«84 bis.

UNE-EN ISO 10819:2013

Vibraciones mecánicas y choques. Vibraciones transmitidas a la mano. Medición y evaluación de la transmisibilidad de la vibración por los guantes a la palma de la mano (ISO 10819:2013).

UNE-EN ISO 10819:2013/A1:2019

UNE-EN ISO 10819:2013/A2:2022»;

 

5) se añade la siguiente entrada 112 bis:

 

«112 bis.

UNE-EN 13089:2011+A3:2023

Equipos de alpinismo y escalada. Piolets. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo».

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 07/12/2023
  • Fecha de publicación: 11/12/2023
  • Fecha de entrada en vigor: 11/12/2023
  • Aplicable el punto 3 del anexo desde el 11 de junio de 2025.
  • Permalink ELI EUR-Lex: https://data.europa.eu/eli/dec_impl/2023/2752/spa
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I de la Decisión 2023/941, de 2 de mayo (Ref. DOUE-L-2023-80638).
Materias
  • Comercialización
  • Deporte
  • Equipos de protección individual
  • Marca de conformidad CE
  • Normalización
  • Seguridad e higiene en el trabajo

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